julme67 escribió:GRACIAS COLT52.
me has aclarado mis dudas.
Yo cuando he actuado de Instructor, lo que se hace es solicitar CIE, antes de la toma de declaración, para ir ganando tiempo y después de la misma, ponerle en libertad si te han denegado el CIE.
Que es lo que me ha ocurrido alguna vez, que te reservan plaza en el CIE y, le tomas declaración y te das cuenta de lo que te dice, que si tiene arraigo en España e incluso que tiene un hijo recien nacido con un Español, por lo que me ha tocado hablar con los compis del CIE para anularlo y todo el rollo.
En la fase de Instrucción del Expediente, ¿cuando crees que es el momento adecuado para solicitar CIE?, teniendo en cuenta que desde que lo solicitas hasta que te contestan pasa el tiempo y lo que quieres es, que esté detenido el mínimo posible.
UN SALUDO
El problema que se encuentran en algunas unidades, es que no respetan el orden que deben llevar los trámites en el procedimiento.
No puedes solicitar plaza en el CIE antes de tomarle declaración y notificarle la incoación de expediente. Volvemos otra vez al artículo 61.
En Madrid se nos dan bastantes casos con las comisarías de distrito, en las que se le incoa un expediente de expulsión a un extranjero por estancia irregular y despues de grabar el trámite en ADEXTTRA, se dan cuenta de que tiene un Decreto de Expulsión en vigor. No consultaron antes en la aplicación y ahora el mismo individuo tiene dos NIEs diferentes, cada uno con un trámite.
Ahora ponte a llamar a la Brigada para que te lo solucionen, porque la comisaría puede grabar el trámite, pero no puede borrarlo.