T.S. obliga a readmitir a un alumno expulsado en 2006

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T.S. obliga a readmitir a un alumno expulsado en 2006

Notapor B.C.I. » Mié Dic 07, 2011 11:01 am


DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
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Diario de Navarra escribió:El Supremo obliga a admitir a un aspirante a policía foral suspendido

Otros casos similares de alumnos eliminados en la Escuela Navarra de Seguridad se encuentran a la espera de sentencia


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El Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia en la que obliga al Gobierno de Navarra a admitir en la Policía Foral a un aspirante al que el tribunal suspendió una de las últimas pruebas -la de su actitud en la Escuela Navarra de Seguridad-, con "total falta de motivación", sin justificar sus notas en hechos concretos como exige su propio reglamento. Además de reconocerle con carácter retroactivo su condición de policía foral, el Gobierno deberá abonarle las diferencias retributivas desde que tuvo que haber sido admitido, 2006. Su caso no es único, y en la actualidad hay varios recursos esperando a una resolución de los tribunales navarros por un motivo similar.

El del aspirante sobre el que se acaba de pronunciar el alto tribunal se refiere a la oposición de 2005, en la que se convocaron 111 plazas. El opositor superó todo el proceso selectivo eliminatorio (pruebas físicas, de cultura general, psicotécnicas y médicas) y pasó a la fase del Curso de Formación Básica en la Escuela de Seguridad de Navarra. Este curso se divide en ocho áreas, una de las cuales es de la de Actitud, en la que los examinadores ponían nota (de 0 a 100) al aspirante en función de la labor desarrollada a lo largo del curso. Para lograr la plaza había que aprobar las ocho partes, pero el alumnos suspendió el Área de Actitud (46,95 puntos cuando el mínimo eran 50) y quedó fuera del proceso selectivo. Fue el único de todos los aspirantes que lo suspendió.

No pudo defenderse

Defendido por Fernando Isasi y Marta Segura, de IORE Abogado, recurrió al Tribunal Superior de Justicia de Navarra porque a su entender el tribunal no había motivado sus puntuaciones, pero la justicia navarra rechazó su recurso. El Tribunal Supremo le acaba de dar la razón.

Por un lado, la sentencia afirma que los examinadores no tuvieron en cuenta su propio protocolo, en el que se dice que la entrevista mantenida con el aspirante deberá ser transcrita y formará parte del expediente. La entrevista del recurrente "no se transcribió", circunstancia que "le impide defenderse de la actuación administrativa".

Asimismo, el protocolo establece que la puntuación que otorguen al alumno en cuanto a su actitud ha de estar "justificadas brevemente, explicando los hechos concretos que le han llevado a poner una puntuación u otra". En seis de los diez puntos analizados (ver información superior), la calificación la (entre 0 y 100) no va acompañada "de hecho s o circunstancias concretas" (ver columna superior). En otro informe, le conceden 42,30 puntos sin que consten en el expediente los informes de los tutores. "De nuevo", apunta el Supremo, "nos encontramos con la falta de la debida motivación, ya que esas calificaciones, al igual que la final de este bloque no se sustentan, como requería el protocolo, en hecho concretos situados en el tiempo y descritos mínimamente".

Al suspender el Área de Actitud, el aspirante fue descalificado. No obstante, el tribunal había apuntado que, en caso de aprobar, había que restarle un 15% de la puntuación porque el opositor había sido denunciado ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer. La denuncia fue sobreseída y archivado un año y medio más tarde. El Supremo anula esta sanción porque, "nuevamente", la Escuela Navarra de Seguridad no motivó por qué se optó por la sanción más grave (restar el 15% de la puntuación) en lugar de otra más leve que contempla el reglamento.

CLAVES

El Supremo considera que estas seis puntuaciones (de 0 a 100) de la Escuela Navarra de Seguridad no fueron basadas en hechos, como exige el reglamento.

Responsabilidad (40 puntos). Justificación: "Se aprecia en el alumno una incapacidad por asumir su responsabilidad ante actos que interfieren en el desarrollo del curso".

Autocontrol (40 puntos). Justifiación: "Muestra un excesivo control de sus emociones, resultando parecer una persona fría y distante hacia los demás".

Adaptación a las normas (31,8 puntos). Justificación: "No se adapta al reglamento de la Escuela de Seguridad".

Adaptación al grupo (48 puntos). Justificación: "Se advierte en el alumno un marcado individualismo".

Habilidades sociales (43 puntos). Justificación: "Se observan capacidades para relacionarse con soltura escasas, poca fluidez verbal".

Tolerancia y flexibilidad (33,3 puntos). Justificación: "Mantiene firmemente sus criterios sin reconocer sus errores".
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Re: T.S. obliga a readmitir a un alumno expulsado en 2006

Notapor Flower Power » Mié Dic 07, 2011 11:21 am


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Excelente oferta solo **25?**
materialpolicial.com
pero se pueden hacer peor las cosas¡¡'?
alguien va a hacer algo d una vez con lo que hay metido en la academia?
eso de la responsabilidad solo va con los que estamos en la calle o que?
y los superpolis van a hacer algo o es que habiendo galones de por medio les da yuyu?

joder que .... banda de verdad :muycabreado: :muycabreado: :muycabreado: :muycabreado: :muycabreado: :muycabreado: :muycabreado:
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Flower Power
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