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Si el vehículo presenta síntomas de forzacimiento entiendo que cabe en todo caso detención , estamos de acuerdo. Bueno a ver que opiniones hay al respecto un saludo
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entrecoti escribió:Buenas compis , pues como siempre , y para ver las distintas opiniones y formas de proceder pregunto....un vehículo circulando , se le da el alto y se observa que el mismo presenta un puente...el vehiculo no presenta síntomas de forzamiento y desconocemos la cuatía del mismo , forma de proceder??
Si el vehículo presenta síntomas de forzacimiento entiendo que cabe en todo caso detención , estamos de acuerdo. Bueno a ver que opiniones hay al respecto un saludo
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Cuervoo escribió:Discrepo de ti Oposittorr... por faltas no se puede detener, vale que hay por ahí sentencias muy bonitas que dice que delincuente engloba a quien realiza delitos y faltas etc... pero por esa regla de tres cuando se pilla a alguien in fraganti cometiendo una falta de hurto se le detiene???
En cuanto a lo del valor del vehículo hay que mirar el valor que tiene hoy y no el de compra... Vale que en coches puede ser difícil un valor inferior a 400€, pero imagina un ciclomotor con varios años y medio destrozado... El agente no puede (ni es su cometido) valorar la cuantía, pero si el bastante probable que el valor sea inferior a 400€ (a ojos de cualquiera), en mi opinión la mejor actuación sería no detenerlo e imputarle el delito (no la falta), explicarlo en el atestado y ya que el juez haga lo que quiera...
Saludos.. y a ver más opiniones..
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