Sobre permiso de moto nuevo y antiguo A

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Sobre permiso de moto nuevo y antiguo A

Notapor borjia » Vie May 03, 2013 9:43 am



intervencionpolicial.com
De cara a opositar si te sacas el permiso A antiguo por ejemplo en abril de 2009 y tienes una oposicion en la cual los requisitos son en enero de 2011 en el cual piden el carnet A cumplirias el requisito de tener el A al haberle conseguido por la normativa anterior y no poner nada en las bases de 2 años de antigüedad no¿?
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Re: Sobre permiso de moto nuevo y antiguo A

Notapor sattelite » Vie May 03, 2013 10:22 am


Oposiciones Cnp 2013

sector115.es
Lo siento, no se entiende muy bien lo que quieres decir. Intento deducir que te refieres a que a fecha de presentación de Instancias, esto es, enero de 2011, tú ya estabas en posesión del permiso A que autoriza a conducir motocicletas y triciclos de motor, con la salvedad de que la edad mínima para obtenerlo será de veinte años cumplidos pero hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW y que en las bases de esa oposición NO pone que debas tener un mínimo de 2 años de antigüedad para poder optar a la plaza, ¿Es así?

Sí es así, blanco y en botella; Puedes presentarte perfectamente ya que las bases no especifica restricción alguna.
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Re: Sobre permiso de moto nuevo y antiguo A

Notapor borjia » Vie May 03, 2013 10:53 am


Yo la edad la daba lo cumplia de sobra
Instancias enero 2011
Fecha mia de obtencion de carnet de moto mayo 2009
Cuando entraron los nuevos carnet el a2 a a1 am fue en diciembre de 2009
Ellos en las bases solo hacen refencia al carnet A no dicen nada mas
Por lo tanto mi pregunta ese ke yo cumplo el requisito al haberle obtenido con la normativa antigua ya ke a mi no se me aplicaria el plazo ese de 2 años del a2 para el a que es con la nueva.
Yo me examine del A no se me puede degradar con la nueva ley al no tener efecto retroactivo.
yo creo ke le cumplo ademas me parece ke hay una sentencia a este respecto ke le daba la razon a un opositor
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Re: Sobre permiso de moto nuevo y antiguo A

Notapor borjia » Vie May 03, 2013 11:44 am


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Disposición transitoria primera Equivalencia de permisos y licencias de conducción expedidos con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores

1. Los permisos y las licencias de conducción expedidos conforme al modelo regulado en la normativa anterior al Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, continuarán siendo válidos en las mismas condiciones que fueron expedidos hasta que expire su período de vigencia, sin necesidad de ser sustituidos por los modelos regulados en el presente reglamento. La sustitución no se realizará hasta que, con ocasión de su prórroga de vigencia o de cualquier otro trámite reglamentario, proceda expedir el permiso o la licencia de conducción en el nuevo modelo.
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Re: Sobre permiso de moto nuevo y antiguo A

Notapor sattelite » Vie May 03, 2013 5:09 pm


sattelite escribió:Lo siento, no se entiende muy bien lo que quieres decir. Intento deducir que te refieres a que a fecha de presentación de Instancias, esto es, enero de 2011, tú ya estabas en posesión del permiso A que autoriza a conducir motocicletas y triciclos de motor, con la salvedad de que la edad mínima para obtenerlo será de veinte años cumplidos pero hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW y que en las bases de esa oposición NO pone que debas tener un mínimo de 2 años de antigüedad para poder optar a la plaza, ¿Es así?

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Re: Sobre permiso de moto nuevo y antiguo A

Notapor borjia » Vie May 03, 2013 8:49 pm


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pone A, B (Btp) o sus equivalentes
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Re: Sobre permiso de moto nuevo y antiguo A

Notapor borjia » Vie May 03, 2013 9:26 pm


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Disposición transitoria segunda Equivalencia de permisos y licencias de conducción expedidos conforme a uno de los modelos previstos en el Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo

1. Los permisos y las licencias de conducción expedidos conforme a uno de los modelos previstos en el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, continuarán siendo válidos en las mismas condiciones que fueron expedidos hasta que finalice su período de vigencia, sin necesidad de ser sustituidos por el modelo de permiso o de licencia de conducción regulado en el presente reglamento.

La sustitución no se realizará hasta que, con ocasión de su prórroga de vigencia o de cualquier otro trámite reglamentario, proceda expedir el permiso o la licencia de conducción en el nuevo modelo.

Cuando la sustitución tenga lugar con ocasión de su prórroga de vigencia se sustituirá el permiso o licencia de conducción por el nuevo modelo y su plazo de vigencia será el que corresponda de acuerdo con lo dispuesto en este reglamento. Cuando la sustitución tenga lugar por cualquier trámite que no sea la prórroga de su vigencia, se expedirá el permiso o licencia de conducción en el nuevo modelo si bien conservará el período de vigencia que tuviera asignado.

2. Los permisos y las licencias de conducción a que se refiere el apartado 1 anterior, equivaldrán:

a) El permiso de la clase A1, al de la clase A1, si bien autorizará a conducir motocicletas sin sidecar de hasta 125 cm³, potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso no superior a 0,11 kW/kg.
b) El permiso de la clase A limitado a la conducción de motocicletas con una potencia de hasta 25 kW o una relación potencia/peso de hasta 0,16 kW/kg, o motocicletas con sidecar con una relación potencia/peso de hasta 0,16 kW/kg, al de la clase A, si bien no autorizará la conducción de motocicletas superiores a las indicadas hasta que tenga una antigüedad de dos años desde que aquél fuera expedido.c) La autorización a que se refería el artículo 7.3, al de la clase BTP.
d) La licencia de conducción de ciclomotores, al permiso de la clase AM.
e) La licencia que autoriza a conducir vehículos para personas de movilidad reducida, a la licencia que autoriza a conducir vehículos para personas de movilidad reducida.
f) La licencia para conducir vehículos especiales agrícolas autopropulsados y sus conjuntos, a la licencia para conducir vehículos especiales agrícolas autopropulsados y sus conjuntos, si bien autorizará su conducción aunque su velocidad máxima por construcción exceda de 45 km/h.
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Sobre permiso de moto nuevo y antiguo A

Notapor Usgo » Vie May 03, 2013 10:10 pm


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Tener el A, implica a su vez poseer el A1 y el A2..
Eso ocurre en todos y cada una de los permisos existentes.
Exigen para la convocatoria el A.
A mi entender, sí esta limitado si podrías presentarte.
En la GC para poder presentarse a las pruebas para la especialidad de tráfico modalidad motorista exigían el A, pero sino lo tenías limitado te daban más puntos de baremo.

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Re: Sobre permiso de moto nuevo y antiguo A

Notapor borjia » Vie May 03, 2013 10:18 pm


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Yo creo que lo ultimo ke e puesto es la solucion el permiso A limitado implica el A nuevo pero con condiciones de limitacion en las bases al solo poner A o sus equivalentes pues lo cumplo.
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Re: Sobre permiso de moto nuevo y antiguo A

Notapor Txaraina » Jue May 30, 2013 7:12 pm


Gc Edicion 175 Aniversario

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Perdonarme pero me surge una duda. Tu inquietud si no me equivoco no creo que te la solucione el reglamento general de conductores, sino , el tribunal que redactó las bases de la convocatoria. Si en las bases no aparece mas permiso que el "A" solo podrán cubrir esas plazas los aspirantes que en la fecha que también dispongan las bases lo puedan acreditar tenerlo. Si nos aclaras esos datos te podríamos indicar si lo posees o no.
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Re: Sobre permiso de moto nuevo y antiguo A

Notapor borjia » Vie Jun 14, 2013 2:13 pm



foropolicia.es
las bases son del 2010 del 10 marzo y me piden A,B y Btp o sus equivalentes.
Yo obtuve el permiso de moto A1 y A viejos el 1 de mayo del 2009
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Re: Sobre permiso de moto nuevo y antiguo A

Notapor JAVIBOXX » Mar Jun 25, 2013 8:23 am


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borjia escribió:las bases son del 2010 del 10 marzo y me piden A,B y Btp o sus equivalentes.
Yo obtuve el permiso de moto A1 y A viejos el 1 de mayo del 2009



Borjia yo estoy en un caso como el tuyo, has encontrado alguna sentencia o algo?Yo me lo saque en 2008 y los cachondos de tráfico ponen en las bases dgt A2 2008 y A 2010
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Re: Sobre permiso de moto nuevo y antiguo A

Notapor borjia » Jue Jun 27, 2013 1:21 pm


Si has obtenido el carnet de moto antes del 8 de diciembre del 2009 cumples el requisito ya ke por esa fecha no existia el carnet A2 ya ke le has obtenido por la normativa antigua por lo tanto estate trankilo ke aunque te recurran yo creo ke no les van a dar la razon ya ke dice el reglamento nuevo de conductores ke los permisos anteriores siguen siendo vigentes en las mismas condiciones en ke se expidieron
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Re: Sobre permiso de moto nuevo y antiguo A

Notapor borjia » Jue Jun 27, 2013 1:26 pm


te paso este recorte de prensa ke lo dice muy bien claro http://www.formacionya.com/aun-no-es-va ... local.html
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