Sobre denuncia a estacion de servicio

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Sobre denuncia a estacion de servicio

Notapor MARTE » Jue Nov 02, 2006 11:18 pm



foropolicia.es
Creo que es el foro correcto y espero un poco de ayuda, respecto a un hecho:
Una gasolinera, con cámaras de seguridad, se produce un delito en las inmediaciones y tras identificarme como agente de autoridad le pido al encargado las cintas para visionarlas en un tramo horario concreto.
El encargado me dice, que no me da nada si no es con un escrito solicitandolo, yo estoy lejos de mi base y en una gasolinera en mitad de la nada, tras discutir, paso, y acepto lo del escrito.
Pero antes de irme le digo que salvaguarde la cinta que me interesa y que volveré mañana con el escrito, me dice, que no, que cuando le toque a la cinta volver a ponerse se pondrá en el grabador, por segunda vez y con tono más autoritario le digo que la cinta la aparte del resto y la guarde, contestandome que él no tiene que obedecerme y que el circuito de vigilancia de las cámaras es privado, me la daran (la cinta) si quieren, por tercera vez le digo que la guarde y no la regrabe, y creo que mi tono de voz era claro, energico y .... por qué no decirlo, amenazador......... me contesta el tipo que consultara con su empresa que es a la única que obedece......
Mi compañero y yo no nos quedaba otra cosa que tomar medidas muy drasticas, pero preferimos irnos y volver con el escrito, que creo que esto si es lógico.
Lo que yo quisiera denunciar, si es posible, es la conducta de desobediencia que tiene el tipo, el menosprecio que nos tuvo, todo eso lo haré por la 1/92.....mi pregunta ¿hay algo en la ley de seguridad privada o reglamento que obligue a guardar las cintas y entregarlas a las FFCC de Seguridad.....
Gracias anticipadas por vuestra lectura y espero que me echeis una mano.
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MARTE
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Notapor El Vigilante de Seguridad » Vie Nov 03, 2006 2:06 am


Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
esto no tiene que ver mucho con seguridad privada, pon esta pregunta en el foro de la policia, si fuera un Vigilante el que te contesta asi entonces si que tendria que ver, segun creo solo los Vigilantes pueden usar un CCTV, de todas formas como ya te comente pregunta en foro de la policia.
Así conocerán vuestras mercedes el modo en que el nombre de mi patria era respetado, temido y odiado. Y cómo, para crear el infierno en el mar o en la tierra, no eran menester más que un español y el filo de una espada
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Notapor El Vigilante de Seguridad » Vie Nov 03, 2006 2:09 am


Tambien creo casi seguro, que si que tienen la obligacion en este caso, de por lo menos guardar la cinta hasta que llegue el escrito.
Así conocerán vuestras mercedes el modo en que el nombre de mi patria era respetado, temido y odiado. Y cómo, para crear el infierno en el mar o en la tierra, no eran menester más que un español y el filo de una espada
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Notapor metro123 » Vie Nov 03, 2006 10:41 am


Hay una cosa que no aclaras en tu escrito:

¿las cámaras estaban controladas por un VS o por un empleado de la gasolinera? porque hablas de un encargado

De todas formas, no hay una previsión tan específica en la Ley de Seguridad Privada y su Reglamento al respecto de las cámaras.

Sólo hay una circular del MIR respecto a que los CCTV deben estar supervisados por un VS y la previsión genérica de Ley y Reglamento de colaboración con las FFCCSE en cuanto afecte a la seguridad de la empresa a nosotros asignada, como auxiliares que somos de las FFCCSE.

Lo normal, en cuanto a revisión de cintas, es que se dirija previamente a la empresa, por escrito o verbalmente, para solicitar su visionado. Tienen la obligación de ponerlas a disposición de cualquier investigación.

Pero en caso de un delito reciente, donde la rapidez es importante, lo lógico es que la empresa no pusiese pegas.

Aunque haya un VS, si el encargado dice que no las deja, el VS no puede hacer nada (salvo aconsejarle) pues no son propiedad suya las cintas.

Si solo hubiese estado el VS lo lógico es que os dijera que si, se visionase, y si hubiese algo útil, quedasen en reserva para poder recuperar luego las imágenes, tras solicitar la cinta por la policia al propietario (o una copia).
Última edición por metro123 el Dom Nov 05, 2006 2:21 pm, editado 1 vez en total
Si aceptas el sacrificio, el esfuerzo con constancia, la rectitud sin medida, perdonar con gallardía, exigir con humildad, ayudar sin interés, enseñar con agrado, atesorando honradez, lealtad, audacia, paciencia y sabiduría, serás VIGILANTE
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Notapor Maxb » Sab Nov 04, 2006 10:00 am


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de-pol.es
A mi entender, lo primero es identificar al encargado de la gasolinera por si de aqui se desprende un delito de desobediencia y el resultado es de colaboracion con los delincuentes al interponerse en la investigacion, ocultando pruebas a las FOP.
Yo creo que lo siguiente es un comunicado a la sala por si procede solicitar al juzgado de guardia un mandamiento para incautarse de la cinta.
Si el encargado es tan simpatico se merece un paquete de los buenos.
Maxb
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Notapor DISCREPANTE » Sab Nov 04, 2006 8:13 pm



Increibles precios
materialpolicial.com
Habría que escuchar a la otra parte, porque sólo tenemos una versión. En otros temas rápidamente se reclama la versión que falta y me parece que aquí sería muy bueno tenerla, porque, de entrada, me cuesta de creer (y no digo que nadie mienta, porque desde luego yo no estaba, para los despistados de siempre) que un emplado, al que sinceramente le trae al fresco que se lleven la cinta o no y que no tendría gran problema en llamar a su jefe y pedir instrucciones, se niegue de forma tan rotunda a ni tan siquiera, dejar a un lado esa cinta. Eso es extraño. Pero me resulta todavía más que ni tan siquiera llame a su superior para "quitarse el posible marrón". De ahí que me parece que la exigencia quizá fuera demasiado exigente, como el propio forista parece indicar. Y de ahí a avasallar puede mediar poco trecho, sobre todo cuando la respuesta es tan extrema por parte del empleado (habría que saber también el perfil de éste, para poder hacernos una remota idea de la situación)
Para que exista desobediencia la orden debe ser legítima, el sujeto pasivo debe tener la obligación de cumplirla, lo que exige su tipificación (si es un vigilante tiene el deber de colaborar fijado en la ley, pero ¿un paisano?, y las cláusulas jurídicas indeterminadas aquí poco pesan), no existir extralimitación alguna (el Supremo ha considerado que el simple hecho de gritar a una persona ya lo es, un insulto, etc.), ...
No niego que el empleado debe colaborar siempre que pueda con las fuerzas y cuerpos de seguridad y la justicia, pero a veces cuando llevamos razón, o creemos llevarla, la perdemos en las formas usadas.
Si además se está con el código y la 1/92 en la mano, como si de una defensa se tratara, pues hay quién no le tiene el miedo que parece que debe causar, porque la mayoría de la gente tiene la conciencia tranquila.
Y de eso a considerar colaboración con los delincuentes, hombre, ..........
Por último, yo no fui el atracador. Lo juro.
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Notapor j15 » Dom Nov 05, 2006 2:55 am



intervencionpolicial.com
Los establecimientos obligados a disponer de Cctv, como son los Bancos o las Gasolineras, están obligados a disponer 15 dias de las imagenes que graban y ponerlas a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad si estas lo solicitan. Esto esta regulado en una Orden Ministerial del año 97 sobre medidas de seguridad.

Un saludo
j15
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Notapor mi cabo » Dom Nov 05, 2006 5:48 pm


Academia Acceso CNP

sector115.es
Para empezar, diré que las Gasolineras solo están obligadas a disponer de una caja fuerte con dos cerraduras protegidas y una abertura para introducir el dinero de la recaudación. Artículo 130, Reglamento de Seguridad Privada.

No están obligadas a instalar cámaras de seguridad, pero si voluntariamente las instalan, tienen las mismas obligaciones que las entidades bancarias, es decir deberán conservar las imágenes grabadas durante quince días y estas estarán a disposición de las autoridades judiciales y F.C.S.E. siempre que se refieran a la comisión de hechos delictivos. Artículo 120.1.a) Real Decreto 2364/94 de 9 diciembre, (modificado parcialmente por Real Decreto 1123/01 de 19 de octubre).

Un saludo
mi cabo
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Notapor yquemásdá » Dom Nov 05, 2006 8:22 pm


DISCREPANTE escribió:Habría que escuchar a la otra parte, porque sólo tenemos una versión. En otros temas rápidamente se reclama la versión que falta y me parece que aquí sería muy bueno tenerla, porque, de entrada, me cuesta de creer (y no digo que nadie mienta, porque desde luego yo no estaba, para los despistados de siempre) que un emplado, al que sinceramente le trae al fresco que se lleven la cinta o no y que no tendría gran problema en llamar a su jefe y pedir instrucciones, se niegue de forma tan rotunda a ni tan siquiera, dejar a un lado esa cinta. Eso es extraño. Pero me resulta todavía más que ni tan siquiera llame a su superior para "quitarse el posible marrón". De ahí que me parece que la exigencia quizá fuera demasiado exigente, como el propio forista parece indicar. Y de ahí a avasallar puede mediar poco trecho, sobre todo cuando la respuesta es tan extrema por parte del empleado (habría que saber también el perfil de éste, para poder hacernos una remota idea de la situación)
Para que exista desobediencia la orden debe ser legítima, el sujeto pasivo debe tener la obligación de cumplirla, lo que exige su tipificación (si es un vigilante tiene el deber de colaborar fijado en la ley, pero ¿un paisano?, y las cláusulas jurídicas indeterminadas aquí poco pesan), no existir extralimitación alguna (el Supremo ha considerado que el simple hecho de gritar a una persona ya lo es, un insulto, etc.), ...
No niego que el empleado debe colaborar siempre que pueda con las fuerzas y cuerpos de seguridad y la justicia, pero a veces cuando llevamos razón, o creemos llevarla, la perdemos en las formas usadas.
Si además se está con el código y la 1/92 en la mano, como si de una defensa se tratara, pues hay quién no le tiene el miedo que parece que debe causar, porque la mayoría de la gente tiene la conciencia tranquila.
Y de eso a considerar colaboración con los delincuentes, hombre, ..........
Por último, yo no fui el atracador. Lo juro.


Estoy de acuerdo con discrepante en que son necesarias las dos versiones e incluso hago un esfuerzo para intertar comprender, el por qué le resulta tan extraño que el probo ciudadano se niegue a colaborar.Y es ahí donde me veo obligado a exponer mi opinión.

Ni el ciudadano es tan sensato, ni coherente, ni predispuesto a colaborar...sino más bien todo lo contrario. Al menos es la conclusión a la que llegué basándome en mi experiencia.

Todo el mundo quiere una onmipotente policía con el don mágico de resolver "in situ" y de un plumazo los problemas que, generalmente, el mismo requirente se creó. Ahora eso sí, cuando les toca el turno, entonces te piden órdenes judiciales, oficios, que si usted atenta contra mi libertad deambulatoria, que si tengo cara de delincuente, que si tal y que si cual.

Con todo ello quiero llegar a la conclusión, que para mí el ciudadano, si bien nos debemos a ellos, suelen ser personas egoístas, con afán de superioridad, con un marcado instinto de supervivencia (sálveme yo y si alguien se tiene que joder que sea el guardia) y que ha visto demasiada tele; de los que muchas veces nos debemos de cuidar.

Por otro lado, no creo que haya legislación específica en cuanto a lo que cintas de video (o cámaras de seguridad) se refiere. Quiero decir, que si las cintas han podido filmar un hecho delictivo, deben ser puestas a disposición de la autoridad judicial (independientemente de quien sea su legítimo propietario). Creo, sobre la versión, que el empleado de la gasolinera entorpece la labor policial y la acción de la justicia, hasta el grado en el que , no sólo afirma no entregar la cinta a los policías, sino que manifiesta explícitamente que no hará nada para impedir su borrado o conservar la filmación original.

Otra cosa bien distinta, es el procedimiento por el cual debe efectuar la entrega de dicha filmación. Normalmente, el soporte físico que efectúa la grabación, que normalmente es digital, no se encuentra en las mismas dependencias sino en la central de seguridad y es allí, donde se encargan de remitirla por correo electrónico a las unidad policial encargada de la investigación, pues en caso contrario, se rompe la cadena de custodia. Corregidme si me equivoco.
Un saludo a todos!
yquemásdá
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Notapor j15 » Lun Nov 06, 2006 8:49 pm


Conviértete En Ertzaina

Todo online
nola2hurtu.eus
mi cabo, mira la Orden Ministerial de 23 de abril de 1997 sobre medidas de seguridad y ahí lo tienes, en el Reglamento de seguridad privada solo se recogen algunas de ellas, por cierto esa caja fuerte que mencionas es una caja anti-pesca.

Un saludo.
j15
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Notapor mi cabo » Lun Nov 06, 2006 10:11 pm


j15 escribió:mi cabo, mira la Orden Ministerial de 23 de abril de 1997 sobre medidas de seguridad y ahí lo tienes, en el Reglamento de seguridad privada solo se recogen algunas de ellas, por cierto esa caja fuerte que mencionas es una caja anti-pesca.

Un saludo.


j15, usted perdone, pero es el Reglamento de Seguridad Privada el que dispone las medidas de seguridad que deben instalar los establecimientos obligados, la Orden Ministerial de 23 de Abril de 1997, lo que hace es concretar y determinar los niveles de resisténcia de la referidas medidas.

Sobre lo que dices de la caja fuerte que deben instalar las gasolineras, solo puedo decirte que te leas despacio el artículo 130 del Reglamento de Seguridad Privada, (Real Decreto 2364/94 de 9 de diciembre).

Un saludo a todos.
mi cabo
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Notapor Maxb » Mar Nov 07, 2006 8:28 pm


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Bueno totalmente de acuerdo en lo de escuchar a la otra parte.
Precisamente por eso decia yo lo la colaboracion total del "gasolinero" con los delincuentes, pues me parece mas propio de alguien que tiene un interes directo en ocultar pruebas. Mu malo el colega muchismo malo ;-)

Por otro lado comentarte que en cuanto al tema de la colaboracion devida por parte de los vigilantes de seguridad, en este caso no seria de aplicacion pues no es en el centro de trabajo o en relacion con los bienes custodiados por los vigilantes que supuestamente estarian en la gasolinera y no en el lugar de la comision del delito. Sobre esto hay una explicacion en la pagina web del min que explica en que condiciones se deve la colaboracion por parte de los vigilantes como tales o como simples ciudadanos. Yo personalmente, desde luego moveria lo que hiciera falta para colaborar o facilitar el trabajo, ya que si sucedio como aqui lo describen esta claro, la cinta se le proporciona a los agentes y tu ni te pones una medalla ni te comes un marron. (contando claro esta con tus obligaciones de comunicacion anterior o posterior a proporcionar la cinta)
Maxb
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