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a)Acústicas
b)Luminosas
c) acústicas+luminosas
d) ninguna?
e) las que le de la gana???
Gracias y perdón por mi ignorancia !!!
Moderador: Moderadores Zonales
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scanderown escribió:Ok, es que el otro dia circulaba con mi vehículo particular por una calle con mucho tráfico y se saltó un semáforo una ambulancia solo con la luminosa a las 11:00 am y no la vi, puesto que yo giraba hacia el otro lado y casi me choca , y encima tiene la mujer la cara de decirme que porque no he parado y le contesté que no se la veía (cierto puesto que los de detrás mio me pitaron al ver que frenaba en seco) y que debia llevar las acústicas, ante lo cual no respondió, aceleró y se fué.
En caso de haber colisionado de quien sería la culpa ????
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SMZ escribió:No es obligatorio llevar acústicos.
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Juanete escribió:SMZ escribió:No es obligatorio llevar acústicos.
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación
Artículo 112. Advertencias de los vehículos de servicios de urgencia.
Los conductores de vehículos de los servicios de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, y asistencia sanitaria, pública o privada, cuando circulen en servicio urgente, advertirán su presencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68.2.
Artículo 68. Facultades de los conductores de los vehículos prioritarios.
2. Tendrán el carácter de prioritarios los vehículos de los servicios de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, y de asistencia sanitaria, pública o privada, que circulen en servicio urgente y cuyos conductores adviertan de su presencia mediante la utilización simultánea de la señal luminosa, a que se refiere el artículo 173, y del aparato emisor de señales acústicas especiales, al que se refieren las normas reguladoras de los vehículos.
Las normas están para cumplirlas.
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