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Cuando se produzca un accidente en que estén "implicados" varios vehículos......ya os lo diré....
...cuando saquen el "parte amistoso"....
Por lo pronto....los "implicados" se van "a dar una de ostias....."
Ahora en serio...
Creo que se debe de distinguir entre los muelles y las vias de circulación (que si son de uso público) que se encuentran afectadas por el Dominio Público Portuario...es decir...las zonas acotadas, restringidas, o prohibidas, en lo referente a la circulación general de vehículos, de aquellas otras zonas por las que los vehículos no tienen más remedio que circular, para dirigirse, por ej. a comprar los billetes, a estacionar en el parking de preembarque, etc, etc.
Entonces, y a partir de ahora...¿Deberíamos informar a aquellos que acceden al recinto portuario con sus vehículos, que "su seguro no les cubre..." y que tengan mucho "
cuidadínnn"?
Otro reglamento que creará sus polémicas y controversias....
Saludos.