Seguridad en discotecas ¿es obligatorio personal habilitado?

Foro sobre Seguridad Privada

Moderador: Moderadores Zonales

Reglas del Foro
Este foro está CERRADO, visita y participa en nuestro nuevo foro en: https://www.foropolicia.es.

Por decisión de la administración en este foro ya no se podrán escribir temas ni mensajes nuevos y solo permanecerá abierto a efectos de consulta. Si quieres saber los motivos de este cambio pincha aquí.

Para cualquier información, pregunta o duda puedes enviarnos un e-mail a info@foropolicia.es

Seguridad en discotecas ¿es obligatorio personal habilitado?

Notapor alfajuliet » Dom Mar 25, 2007 9:31 am


HEKLER & KOCH P30-FX

Sistema de entrenamiento fx
uspsuministros.com
Hola a tod@s. He tenido un problema con un puerta de discoteca. El tio no me dejaba entrar en un garito, porque llevaba botas de montaña (no eran de montaña, eran de caña media normales). Como en la entrada tenian el cartelito de que no se podia entrar con ese tipo de indumentaria le pedi que si nos podia dejar entrar y el me pidio ¡que me bajara la chaqueta, para ver lo que tenia debajo! Se lo enseñé, y tenia una camisa de cuello alto. Pero aun asi me dijo que no.

Cuando iba a intentar dialogar con el mongolo este diciendole que no iba a hacer nada malo, salio una amiga, diciendole al puerta: "pero dejale pasar, que es nacional" (en tono de buen rollo) a lo que él respondio: "pues ahora si que no entra".

Le dije que si no me iban a dejar entrar, ya tomaria medidas, por lo que me alejé con mis amigos varios metros de la puerta.

Despues de un rato volví a la puerta y le dije que si nos iba a dejar entrar, a lo que este me responde que "NO, y menos despues de las malas formas que has tenido".

Despues una amiga, entra tan normal y al rato sale para comentarnos una cosa. Cuando intenta entrar le dicen que no puede entrar alegando que "no les da la gana".

Les pedí el numero de carnet profesional o que si son vigilantes habilitados, sabiendo que no lo estan y me dicen que no necesitan serlo para estar en la puerta.

Tambien les dije que si podia hablar con el jefe de seguridad o con un responsable y me dijeron que no.

Mi pregunta es:

1º ¿Es excusa eso de "No son formas las que has tenido", para no dejarme entrar, (ya que yo No estaba en estado de embriagez, y no estaba armando ningún escandalo, simplemente le dije que si no me dejaba entrar tomaria las medidas legales oportunas) Porque por lo que tengo entendido el derecho de admision solo sirve para personas que esten embriagadas o que esten violentas, etc...

2º ¿Y eso de que no dejen entrar a mi amiga porque textualmente "No les da la gana".

3º Al llamar al 091 el compañero de sala me dijo que tenia los Z ocupados, por lo que me mandaba un Z de PL. Estos vinieron y tomaron filiacion de porteros mi amiga y yo. No nos supieron decir si era mejor la via administrativa o denunciar por via penal. Haber si podeis asesorarme un poco sobre que puedo hacer contra esta gentuza.

4º ¿Este tipo de garitos tienen la obligacion de tener un minimo de personal de seguridad titulado y uniformado, ya que este sitio es el tipico que se cierra a las 7:30 y es grande.

5º ¿Pueden prohibirme a mi la entrada por no cumplir un requisito estupido y subjetivo (las botas) mientras entran grupos de gente con deportivas?

6º Es legal que te pidan que te desabroches la chaqueta para ver que tipo de ropa llevas debajo.

7º Me he sentido bastante mal. Ya que no me han dejado entrar por el mero hecho de ser policia. Asi que haber que me decis. Gracias a tod@s.
Última edición por alfajuliet el Mar Mar 27, 2007 12:27 am, editado 1 vez en total
SOMOS TAN BUENOS EN NUESTRO TRABAJO QUE SOMOS INCAPACES DE HACER UNA HUELGA EN CONDICIONES.

091....POLICIA...... Digame..... 062.... Guardia Civil... Digame.....
Imagen ¡Unificación ya!
Avatar de Usuario
alfajuliet
Nivel:Profesional -Comisario Principal-
Nivel:Profesional -Comisario Principal-
 
Mensajes: 3584
Registrado: Dom Oct 08, 2006 5:59 pm
Ubicación: Aqui.

Notapor Capitan negro » Dom Mar 25, 2007 10:49 am


Navaja Tactica Rui

militariapiel.es
Hola alfajuliet, hace poco lo vi en uno de esos lugares perdidos de internet, y no solo los porteros de diccoteca tienen que ser aptos sino que creo recordar que tenian que hacer un cursillo de no se cuantas horas para ver que lo son realmente.
Eso casi nunca se cumple, y lo que hacen muchos es poer una mula de tio en la puerta y ya esta.
Lo que hiciste tu es lo que esta bien(llamar a la policia), porque esos tios pueden llegar a tener mala leche.
Lo de no dejarte entrar poruqe no les da la gana, depende, si ese "no me da la gana" fue porque ibas mal vestido pues nada, pero si fue porque le caiste mal.............
Yo tengo una discoteca al lado de mi casa y cumple con todas las normativas y los porteros me han dicho que son gente preparada, y creeme que se nota, ya solo les ves hablar y ves que son seres pensantes.

En esas ocasiones te aconsejaria marcharte a otra o pasar directamente del tema.

Saludos

PD: Aunque si les puedes fastidiar por via legal ¡¡¡¡HAZLO!!!! :wink: :wink: :wink:
Avatar de Usuario
Capitan negro
Nivel: Medio-Alto -Subinspector-
Nivel: Medio-Alto -Subinspector-
 
Mensajes: 719
Registrado: Dom Mar 04, 2007 2:25 pm

Notapor gk » Dom Mar 25, 2007 12:44 pm


¿Quieres ser Policía Nacional?

Prepárate con los mejores
joyfepolferes.es
Como no tengo muy claro dónde quieres que se te conteste, te pego aquí lo que te acabo de poner en el otro hilo en el que pusiste este post.


alfajulietfernandez escribió:1º ¿Es excusa eso de "No son formas las que has tenido", para no dejarme entrar


Salvo que tales formas se produjesen no. Las condiciones de admisión, tanto las generales (reglamento) como las específicas (propias del establecimiento y debidamente diligenciadas por quien concede la licencia de apertura) deben ser concretas y no dejar margen para la arbitrariedad o la discriminación. En caso de ambigüedad prevalece siempre el derecho del cliente a acceder. En caso de que aun así el establecimiento decida no permitir el acceso, puede estar incurriendo en una infracción administrativa que precisa de su trámite, el cual empieza con la cumplimentación por tu parte de una hoja de reclamaciones.

alfajulietfernandez escribió:2º ¿Y eso de que no dejen entrar a mi amiga porque textualmente "No les da la gana".


Más de lo mismo.

alfajulietfernandez escribió:3º Al llamar al 091 el compañero de sala me dijo que tenia los Z ocupados, por lo que me mandaba un Z de PL. Estos vinieron y tomaron filiacion de porteros mi amiga y yo. No nos supieron decir si era mejor la via administrativa o denunciar por via penal. Haber si podeis asesorarme un poco sobre que puedo hacer contra esta gentuza.


Mi opinión personal es que lo que procede en este caso es la vía administrativa por un presunto ejercicio arbitrario del derecho admisión, que en función de la Comunidad Autónoma en la que se diese esta circunstancia, será perseguible por la normativa de consumo, o en su defecto por la de espectáculos o el reglamento específico sobre el derecho de admisión en caso de que exista. Si no rellenaste la hoja de reclamaciones "in situ", que es lo más oportuno, puede interponer la reclamación correspondiente con posterioridad y allí donde corresponda en tu Comunidad Autónoma.

alfajulietfernandez escribió:4º ¿Este tipo de garitos tienen la obligacion de tener un minimo de personal de seguridad titulado y uniformado, ya que este sitio es el tipico que se cierra a las 7:30 y es grande.


El Reglamento General de Policía de Espectáculos establece la obligatoriedad de disponer de personal encargado de vigilancia a los espectáculos o actividades con concentraciones superiores a cien personas. Ese "personal encargado de vigilancia", que no es el mismo al que se refiere el artículo 60, sí que debe estar formado por vigilantes de seguridad privada debidamente integrados en empresas, según interpretación del Reglamento que sobre este particular efectuó el Ministerio del Interior, y en consecuencia deben estar uniformados.

Este personal tiene como finalidad asegurar el buen desarrollo del espectáculo y se entiende que presta su servicio en el interior, aunque puede hacerlo también en los accesos. No obstante el personal de la entrada (porteros o empleados) no tienen por qué ser vigilantes de seguridad, ya que el Reglamento no impone esa obligación.

En cualquier caso, la exigencia de personal de seguridad privada y su número, queda condicionada a lo que diga la Subdelegación / Delegación del Gobierno que podrá determinar la necesidad de seguridad en recintos con aforo menor o autorizar que no exista en otros con aforo superior. Todo eso sin perjuicio de lo que diga la Ley de tu Comunidad Autónoma que es la de aplicación directa para estos casos.

alfajulietfernandez escribió:5º ¿Pueden prohibirme a mi la entrada por no cumplir un requisito estupido y subjetivo (las botas) mientras entran grupos de gente con deportivas?


El requisito que te impongan debe estar publicitado en la entrada con los correspondiente carteles y previamente autorizado por la autoridad competente (delegación / subdelegación o normalmente el Ayuntamiento que otorgó la licencia o permiso). Cumpliendo esos dos requisitos, por muy estúpido que sea, te pueden impedir el acceso. Faltando uno o ambos no deberían porque entonces se da la circunstancia de la pregunta 1

alfajulietfernandez escribió:6º Es legal que te pidan que te desabroches la chaqueta para ver que tipo de ropa llevas debajo.


Igual que antes. Si sus condiciones específicas de admisión establecen determinadas normas de indumentaria / etiqueta o como quiera llamárseles, el personal de los accesos está precisamente para asegurarse de que estas se cumplen. El cliente tendrá dos opciones: acreditar que las cumple o en su defecto darse la vuelta y marcharse a otro local.

Un saludo!
gk
Nivel:Master I -Jefe Superior-
Nivel:Master I -Jefe Superior-
 
Mensajes: 5359
Registrado: Jue Oct 05, 2006 7:06 pm
Ubicación: En breve por estos lares

Notapor alazan15 » Dom Mar 25, 2007 12:48 pm


CNP Modelo Squad

gafaspolicia.com
Hola. En el momento que no te deja entrar tendrías que haber solicitado una hoja para hacer una reclamación mediante la exhibición de tu DNI, están obligados a dártela, si la escusa que te esgrimieron a ti fue la de la indumentaria y encima estaba puesto en el Cartel del derecho de admisión están en su derecho, pero lo de tu amiga no tiene precio, están saltándose todas las normas. Ahí tendrías que haber echo una buena reclamación:
1º porque la discriminan por razón de sexo
2º porque recibe un trato vejatorio
3º porque seguramente no tengan titulación, esta la cursas en la oficina del consmidor como las demás y en trabajo para clavarsela bien.

Por lo menos te quedas a gusto.


Saludos.


Pd: Viva España!!!!
Avatar de Usuario
alazan15
Nivel: Medio-Alto -Subinspector-
Nivel: Medio-Alto -Subinspector-
 
Mensajes: 716
Registrado: Vie Feb 09, 2007 10:29 pm
Ubicación: Galicia

Notapor cenepe » Dom Mar 25, 2007 2:50 pm



foropolicia.es
Mmmm y llamar a los compis y trabajarte el garito legalmente no sería una opción....?

Me refiero:

- Ajustarnos a la normativa de espectaculos, realizando las comprobaciones necesarias, licencias, ruidos, horarios, aforo...

- Solicitar identificación del personal de seguridad y su TIP o depende de la comunidad si tiene el cusillito ese, la homologación del mismo, número, fecha..citarles para que lo presenten...

Y ya puestos, si se estila la cosa, redada de drogas y menudeo, no vaya a se rque permitan el consumo en su local y haya que sancionarlos.

?¿?¿
Firma editada por la administración. Las páginas web de este tipo las podéis poner en vuestros perfiles para que aparezca el enlace web, pero no como firmas dado que constituye SPAM.

Mahonei.
cenepe
Nivel: Alto -Inspector de Policía-
Nivel: Alto -Inspector de Policía-
 
Mensajes: 1088
Registrado: Mié Oct 18, 2006 12:40 pm

Notapor alazan15 » Dom Mar 25, 2007 3:35 pm


Cartera Mossos D`esquadra

Realizada en piel
enpieldeubrique.com
Hombre esa sería muy buena opción pero puedes disponer tú de los compis de esa manera? tendrían que estar libres de intervenciones y además ponerlo en conocimiento del jefe para montar tal dispositivo.
Lo mejor dejarlo pasar y un finde que haya currele ya sabes donde hacer un buen control.

Saludos


Pd: Viva España!!!!!
Avatar de Usuario
alazan15
Nivel: Medio-Alto -Subinspector-
Nivel: Medio-Alto -Subinspector-
 
Mensajes: 716
Registrado: Vie Feb 09, 2007 10:29 pm
Ubicación: Galicia

Notapor puertocop » Dom Mar 25, 2007 4:03 pm


La verdad es un temilla peculiar pero yo lo único que haría es joderlos en cuanto tuviera la más minima.
Horario de cierre, menores, consumo de drogas, permisos de trabajo si hay vigilantes extranjeros etc... Es decir leña al mono hasta que hable ingles. :lol:
:policiaporra:
Avatar de Usuario
puertocop
Nivel: Medio-Alto -Subinspector-
Nivel: Medio-Alto -Subinspector-
 
Mensajes: 850
Registrado: Lun Mar 12, 2007 11:17 am
Ubicación: En un lugar de la Mancha.....

Notapor El intocable » Dom Mar 25, 2007 4:30 pm


alazan15 escribió:Hombre esa sería muy buena opción pero puedes disponer tú de los compis de esa manera? tendrían que estar libres de intervenciones y además ponerlo en conocimiento del jefe para montar tal dispositivo.
Lo mejor dejarlo pasar y un finde que haya currele ya sabes donde hacer un buen control.

Saludos


Pd: Viva España!!!!!


Sería muy buena opción, seguro que cuando te vieran "los gorilas" de :uip: se quedarían :shock: , entonces crees que por "SER NACIONAL", ¿TE PROHIBIRÍAN LA ENTRADA? :silbando: que bueno sería ver con la cara que se quedarían, y para más inri, si estuvieran en situación "irregular", verías qué comportamiento tendrían, parecerían corderitos, desaparecerían esos malos modales y chulería que en su día tuvieron, y ya el dueño del local...ni te digo......

UN SALUDO
Siempre tendrás alguien por encima tuya, trata de superarlo.
Avatar de Usuario
El intocable
Nivel: Experto -Comisario-
Nivel: Experto -Comisario-
 
Mensajes: 2987
Registrado: Vie Ene 26, 2007 3:26 pm
Ubicación: Territorio Español

Notapor lince » Dom Mar 25, 2007 4:51 pm


DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
gk escribió:No obstante el personal de la entrada (porteros o empleados) no tienen por qué ser vigilantes de seguridad, ya que el Reglamento no impone esa obligación.


No tenía ni idea, yo pensaba que sí; es bueno saberlo...
Avatar de Usuario
lince
EXPULSADO
EXPULSADO
 
Mensajes: 2531
Registrado: Dom Oct 15, 2006 12:04 am
Ubicación: Madrid

Notapor El intocable » Dom Mar 25, 2007 5:58 pm


Fundas De Pernera

Para servicios en moto
materialpolicial.com
lince escribió:
gk escribió:No obstante el personal de la entrada (porteros o empleados) no tienen por qué ser vigilantes de seguridad, ya que el Reglamento no impone esa obligación.


No tenía ni idea, yo pensaba que sí; es bueno saberlo...


Hola Lince, puede ser el caso, de que este personal de la entrada, se dedique al cobro de entradas únicamente o supervisando que se cumplan los requisitos de la entrada ( vestimenta por ejemplo), es por eso que no necesitan la titulación, vamos creo yo que se debe a eso, parece lo más lógico. :wink:

UN SALUDO
Siempre tendrás alguien por encima tuya, trata de superarlo.
Avatar de Usuario
El intocable
Nivel: Experto -Comisario-
Nivel: Experto -Comisario-
 
Mensajes: 2987
Registrado: Vie Ene 26, 2007 3:26 pm
Ubicación: Territorio Español

Notapor Frankcme » Dom Mar 25, 2007 5:59 pm



intervencionpolicial.com
En el resto de España no sé como funciona, pero Cataluña se rije por la ley de espectaculos de Cataluña 10/1990 y por el reglamento general de policia de espectaculos i actividades recreativas, decreto estatal número 2816/82 de 27 de agosto, que tiene la misma aplicación que la ley 10/1990 y se complementan entre si.
La vigiláncia y control de accesos se rije por el decreto 205/2001 de 24 de julio.

El servicio de vigiláncia debe estar compuesto por:

1 VS por cada 150 pers de aforo autorizado.
2 VS por cada 450 pers de aforo autorizado.
3 VS por cada 750 pers de aforo autorizado.
4 VS por cada 1000 pers de aforo autorizado y un VS mas por cada 1000 pers mas de aforo.

Pero los locales que tengan personal de "control de accesos" ,regulados por el decreto 348/2004 de 20 de julio, pueden reducir el número de vigilantes, de acuerdo con las disposiciones adicionales primera a tercera de este decreto.

Funciones de los "controladores de acceso":

No permitir el acceso a las personas que no cumplan los requisitos establecidos.
Comprovar la edad de las personas que entran en el local.
Controlar en todo momento el aforo.
Prohibir el acceso del público a partir del límite de cierre del local.
Informar al personal de VS de los problemas de orden que se produjeran en los accesos del local.
En ningun caso el personal de control de accesos podrá asumir funciones de VS.

La habilitación del personal de control de acceso se debe obtener en la Dirección General del Juego y espectaculos, la cual se acreditará mediante la expedición de un carnet profesional.

Identificación del personal de control de acceso:

El personal debe estar identificado como tal, por ello de portar visible un distintivo con la leyenda "personal de acceso" y debajo el número profesional, el distintivo se llevará permanentemente en la parte superior izquierda de la pieza de ropa exterior y de manera visible.

Número de personal de acceso:

Por cada 150 personas de aforo un controlador de accesos.
Por cada 450 personas dos controladores de accesos.
Por cada 750 personas de aforo como mínimo 1 VS y dos personas de control de accesos.
Por cada 1000 personas 2 VS y 3 controladores de accesos.
Por cada 1000 en adelante 1 VS mas y 1 controlador de acceso mas.

Respecto a los horarios, los locales tipo: discotecas,salas de baile, cafés tatro y cafés conciertos, tendran el horario de las 17:00 horas hasta las 04:30 horas, pudiendo alargar los viernes,sabados y vigilias de festivos media hora mas su cierre.
A la hora de cerrar se deberá apagar la música y encender las luces y tendran 25 minutos para desalojar completamente el local.

Espero haberos ayudado.
Para cualquier cuestión relativa a la moderación, póngase en contacto vía MP con el moderador o con los webmasters.
Avatar de Usuario
Frankcme
Nivel: Titan -Subdirector General-
Nivel: Titan -Subdirector General-
 
Mensajes: 10946
Registrado: Sab Nov 11, 2006 9:25 pm
Ubicación: Barcelona - España

Notapor bluecop » Dom Mar 25, 2007 8:28 pm


Oposiciones Cnp 2013

sector115.es
Veo que no es la primera vez que tienes problemas para acceder a un recinto privado http://www.policiajudicial.es/foros/vie ... ght=#37289

Si en la puerta del local, se exiben las causas por las que se puede restringir el acceso a su interior ,"derecho de admisión", y estas se ajustan a la legalidad, poco podrás hacer.

Incluso el problema se puede torcer y volverte hacia ti, lo se por experiencias, aunque no propias, de denuncia del propietario del local, por exibir tu carnet y placa, con intención de acceder al interior del local.
bluecop
Nivel: Experto -Comisario-
Nivel: Experto -Comisario-
 
Mensajes: 2688
Registrado: Lun Abr 17, 2006 4:28 pm
Ubicación: Algún lugar de España

Notapor metro123 » Dom Mar 25, 2007 9:07 pm


En Andalucia hay una norma similar a la que citas de Cataluña, y creo que también en Castilla y Leon.

En cuanto a los porteros, Cataluña creo que les impone también unas condiciones de formación (no se por qué).
Si aceptas el sacrificio, el esfuerzo con constancia, la rectitud sin medida, perdonar con gallardía, exigir con humildad, ayudar sin interés, enseñar con agrado, atesorando honradez, lealtad, audacia, paciencia y sabiduría, serás VIGILANTE
Avatar de Usuario
metro123
Nivel: Titan -Subdirector General-
Nivel: Titan -Subdirector General-
 
Mensajes: 11409
Registrado: Mié Sep 20, 2006 12:03 pm
Ubicación: Detrás tuya

Notapor alfajuliet » Dom Mar 25, 2007 10:54 pm


Conviértete En Ertzaina

Todo online
nola2hurtu.eus
Entonces entiendo que si tienen recogido lo de las botas en un cartel. Ese cartel debe estar sellado por la CCAA de madrid. Es decir, si es un cartel que han puesto ellos sin más, deja sin efecto las restricciones de indumentaria.

Por cierto desde mi comisaria al ir a formular la denuncia, han llamado los de la ODAC a la comisaria de la localidad donde ocurrieron los hechos, para que les enviasen por fax el parte de intervencion de PL, y resulta que estos, no dejaron constancia en comisaria. Y ahora que? Con que datos denuncio yo.
SOMOS TAN BUENOS EN NUESTRO TRABAJO QUE SOMOS INCAPACES DE HACER UNA HUELGA EN CONDICIONES.

091....POLICIA...... Digame..... 062.... Guardia Civil... Digame.....
Imagen ¡Unificación ya!
Avatar de Usuario
alfajuliet
Nivel:Profesional -Comisario Principal-
Nivel:Profesional -Comisario Principal-
 
Mensajes: 3584
Registrado: Dom Oct 08, 2006 5:59 pm
Ubicación: Aqui.

Notapor alfajuliet » Lun Mar 26, 2007 12:05 am


Ah, por cierto. ¿Deben estar contratados los gorilas, aunque solo sea como controladores de accesos? Si no tienen contrato, supongo que es como si no estuviera nadie en la puerta.
SOMOS TAN BUENOS EN NUESTRO TRABAJO QUE SOMOS INCAPACES DE HACER UNA HUELGA EN CONDICIONES.

091....POLICIA...... Digame..... 062.... Guardia Civil... Digame.....
Imagen ¡Unificación ya!
Avatar de Usuario
alfajuliet
Nivel:Profesional -Comisario Principal-
Nivel:Profesional -Comisario Principal-
 
Mensajes: 3584
Registrado: Dom Oct 08, 2006 5:59 pm
Ubicación: Aqui.

Siguiente

Volver a Seguridad Privada

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 2 invitados