SEGUNDA ARMA

Foro sobre los cuerpos de Policia Local y Municipal

Moderador: Moderadores Zonales

Reglas del Foro
Este foro está CERRADO, visita y participa en nuestro nuevo foro en: https://www.foropolicia.es.

Por decisión de la administración en este foro ya no se podrán escribir temas ni mensajes nuevos y solo permanecerá abierto a efectos de consulta. Si quieres saber los motivos de este cambio pincha aquí.

Para cualquier información, pregunta o duda puedes enviarnos un e-mail a info@foropolicia.es

SEGUNDA ARMA

Notapor compañero » Dom May 14, 2006 12:26 pm


Psicotécnicos Joyfepol FERES

joyfepolferes.es
hola compañeros, mi pregunta es si la segunda arma a la que tenemos opcion como miembros de las f.c.s. la podemos portar por toda españa.......... imagino que si, pero tengo esa duda.
un saludo.
compañero
 

Notapor Jose » Vie May 19, 2006 12:47 pm


Edición 175 Aniversario Gc

45
gafaspolicia.com
Si que puedes si perteneces a la GC o al CNP sino NO la puedes sacar mas haya de tu ambito de jurisdiccion (municipal o local)
Jose
 

Notapor tobiPL » Vie May 19, 2006 12:54 pm



foropolicia.es
estas equivocado. si que la podemos sacar donde queramos, no solo fuera de la provincia donde realices tus funciones, sino por todo el territorio español. quien te ha dicho a ti que no. la p.l. es igual que la g.c. o p.n.. informate bien que estas equivocado. o es que el carne de otro miembro de las f.c.s. y su placa emblema es mas que la de un p.l.
un saludo.
Avatar de Usuario
tobiPL
Nivel: Alto -Inspector de Policía-
Nivel: Alto -Inspector de Policía-
 
Mensajes: 1129
Registrado: Mié May 17, 2006 5:28 pm

Notapor Jose » Vie May 19, 2006 1:08 pm


Cartera Porta Placa Ertzaintza

Fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
No estoy equivocado porque es lo que dice la ley, ahora no te la puedo buscar que me tengo que ir pero luego por la noche te la dejo puesta para que lo veas tu mismo.
P.D yo no he entrado en quien es mas y quien menos, solo te estoy diciendo la legislacion vigente y por tanto la que se aplica. Esta noche te lo dejo puesto aqui, Un saludo
Jose
 

Notapor tobiPL » Vie May 19, 2006 1:16 pm


lo mismo que te he dicho antes jose, te lo agradeceria, pero ten en cuenta que es la segunda arma, no la reglamentaria, ok.
si yo tbn la tengo por aqui, voy a buscarla ahora mismo que tiempo si tengo de sobra, que estoy con la baja, y ademas lo pregunte en el cuartel.
un saludo.
Avatar de Usuario
tobiPL
Nivel: Alto -Inspector de Policía-
Nivel: Alto -Inspector de Policía-
 
Mensajes: 1129
Registrado: Mié May 17, 2006 5:28 pm

Notapor Invitado » Sab May 20, 2006 10:29 pm


UN PL o un autonómico puede portar su arma PARTICULAR por todo el territorio nacional, otra cosa es la oficial, que solo puede portarla en su demarcación, a diferencia del CNP o GC que el arma oficial puede portarla por todo el territorio nacional
Invitado
 

Notapor tobiPL » Mar May 23, 2006 1:36 pm


Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Anonymous escribió:UN PL o un autonómico puede portar su arma PARTICULAR por todo el territorio nacional, otra cosa es la oficial, que solo puede portarla en su demarcación, a diferencia del CNP o GC que el arma oficial puede portarla por todo el territorio nacional


si señor, exactamente es así.
gracias y un saludo.
Avatar de Usuario
tobiPL
Nivel: Alto -Inspector de Policía-
Nivel: Alto -Inspector de Policía-
 
Mensajes: 1129
Registrado: Mié May 17, 2006 5:28 pm

Notapor Invitado » Mar May 23, 2006 2:09 pm


Guante Corte-trauma

Excelente oferta solo **25?**
materialpolicial.com
yo he portado por toda españa, toda mi arma particular y a veces la oficial y ningun problema, tengo licencia A y guia del arma, problemas=0
Invitado
 

Uso arma

Notapor David » Mar May 30, 2006 5:59 pm



intervencionpolicial.com
Hola a todos.

Leer en esta dir. un archivo de acrobat reader de sentencias del TS sobre el uso del arma por parte de Policías.

http://www.indret.com/pdf/014_es.pdf

Merece la pena leerlo.

Un saludo.
Avatar de Usuario
David
Nivel: Medio -Oficial de Policía-
Nivel: Medio -Oficial de Policía-
 
Mensajes: 465
Registrado: Lun May 29, 2006 9:00 pm

Notapor GC » Vie Jun 02, 2006 9:51 pm


Academia Acceso CNP

sector115.es
Las licencias de armas tienen validez para TODO EL TERRITORIO ESPAÑOL, por lo que no tienes ningún problema en portar el arma, tuya o del Cuerpo.
La licencia de armas tipo A surte los efectos de la B (cortas para particulares), D (Largas rayadas para caza mayor) y E (largas rayadas cal. 5´6 -"22"-, escopetas y asimiladas)
Otra cosa es si puedes actuar o no como policía fuera de tu demarcación. En caso negativo, llevas el arma como un particular (tipo B), y te atienes a lo estipulado para el caso. Sin mas.
GC
 

Notapor tobiPL » Sab Jun 03, 2006 12:00 pm


Compañero de la G.C., lo de actual fuera de la demarcacion nuestra y fuera de servicio, ante cualquier acto delictivo, pues igual que tu o que un p.n., segun la ley. Que se haga o no se haga, eso ya no te digo nada. El arma reglamentaria no debemos portarla fuera de servicio, NO SE DEBE, se pueden tener problemas, la particular, donde uno quiera por todo el territorio español y usarla siempre que las circunstancias asi lo aconsejen, como cualquier miembro de las f.c.s., ni mas ni menos. Ojala no fuera asi.

Un saludo.
Avatar de Usuario
tobiPL
Nivel: Alto -Inspector de Policía-
Nivel: Alto -Inspector de Policía-
 
Mensajes: 1129
Registrado: Mié May 17, 2006 5:28 pm

Notapor GC » Sab Jun 03, 2006 1:19 pm


Acceso al cuerpo de policía autonómica del País Vasco

nola2hurtu.eus
¿me puedes decir porque no se debe?, si tu seguridad está en peligro por que te amenaza un grupo de delincuentes debido a tu profesión ¿tienes que comprarte un arma? ¿no puedes utilizar la que recibes en dotación por la administración correspondiente? ¿que diferencia existe entre un arma propiedad tuya y otra IGUAL propiedad del ayuntamiento?
¡A que va a ser verdad que aún existen clases de policías!
GC
 

Notapor tobiPL » Sab Jun 03, 2006 7:11 pm


La verdad es que no viene en ningun lado reflejado, yo lo decia por experiencias de otros compañeros, concretamente uno la perdio y le abrieron un expediente y estuvo suspendido de empleo y sueldo 15 dias. Dijo que se la robaron de su domicilio pero de nada le sirvio. Si fuese una particular, como no le hubiese abierto el expediente el de la armeria que se la vendió.....

Un saludo.
Avatar de Usuario
tobiPL
Nivel: Alto -Inspector de Policía-
Nivel: Alto -Inspector de Policía-
 
Mensajes: 1129
Registrado: Mié May 17, 2006 5:28 pm

Notapor Invitado » Sab Jun 03, 2006 7:38 pm


www.Desenfunda.com - Descuento!

desenfunda.com
el arma oficial la llevas donde te parezca. en madrid, en el reglamento, pone que "podremos dejarlas en los armeros", no siendo obligatorio. lo que esta claro es que si la llevas, has de tener mucho cuidado, y si la pierdes, tendras lios.

gc a lo mejor nos saca de dudas, pero como en las armas de caza, las negligencias con la pistola particular tambien se sancionan, igual no a nivel interno, pero si con el regimen sancionador del RA.

si la llevas ten muuuucho cuidado ocn ella, lo que pase y lo que la pase.
Invitado
 

Notapor Invitado » Jue Jun 15, 2006 9:11 pm


Gafas Balisticas Wiley-X

Oferta 99 euros
uspsuministros.com
como va a ser solo paratu municipio!!!!
es igual que la gc y la cpn!!!
Invitado
 

Siguiente

Volver a Policia Local y Municipal

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 0 invitados