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elprincipe23 escribió:Yo entiendo que la fuerza es para acceder al interior, y creo que no accede, lo entiendo como hurto
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osito creasy escribió:La fuerza se ejerce para acceder a la cosa, en este caso el combustible.
Para mi, robo con fuerza, y ante la duda, filiación completa, y comparecencia, y que el juzgado cite si estima oportuno.
intervencionpolicial.com |
CNP2008 escribió:osito creasy escribió:La fuerza se ejerce para acceder a la cosa, en este caso el combustible.
Para mi, robo con fuerza, y ante la duda, filiación completa, y comparecencia, y que el juzgado cite si estima oportuno.
Exacto. Robo con fuerza. Y por si hay dudas aquí hay una sentencia de unos hechos ocurridos el año pasado que lo aclara:
"- Un año de cárcel por extraer gasoil de un camión y echárselo a su coche
La sentencia considera que el acusado cometió un delito de robo con fuerza al forzar la cerradura del tanque para sacar el carburante
Ahorrarse unos euros en gasóleo le ha salido muy caro a un hombre que ha sido condenado a un año de cárcel por extraer gasoil del depósito de un camión y echárselo a su coche, que se había quedado parado por falta de combustible. La sentencia de la Audiencia de Málaga, no obstante, ha rebajado a la mitad, «por la escasa entidad del hecho perpetrado», la pena inicialmente impuesta por un juzgado de lo penal que había condenado al acusado a dos años de cárcel por un delito de robo con fuerza, pues forzó la cerradura del tapón del depósito para sacar el carburante, que fue valorado en 70 euros.
Los hechos ocurrieron en septiembre de 2011 en Alhaurín de la Torre. Según la resolución, el hombre, que se había quedado sin gasoil en su coche, se adentró de madrugada en una parcela del núcleo poblacional de Santa Amalia, propiedad de una empresa de excavaciones y transportes. Ya en el interior del recinto se dirigió hasta un camión que estaba estacionado y tras forzar el tapón del tanque de gasoil, que había sido cerrado con llave por su propietario, extrajo con una maguera el combustible y lo introdujo en una garrafa.
Parte del gasóleo lo echó en el depósito de su coche y el resto, 25 litros, se lo llevó en la garrafa. El hombre fue sorprendido cuando se marchaba conduciendo su vehículo. En total, el combustible sustraído y el que resultó derramado en la operación fue valorado en 70 euros.
En octubre del año pasado el hombre fue condenado a dos años de cárcel por un delito de robo con fuerza y a indemnizar a la propietaria del camión por los daños ocasionados en el tapón del depósito mediante el pago de casi 80 euros y de otros 35 por el combustible sustraído y no recuperado.
La sentencia del Juzgado de lo Penal número 7 fue recurrida ante la Audiencia de Málaga por el abogado del hombre al considerar desproporcionada la pena impuesta. Su defensa sostuvo, además, que el hombre cometió una falta de hurto y que incluso éste no llegó a consumarse puesto porque fue detenido cuando se llevaba el gasoil.
Sin embargo, la Audiencia de Málaga ha resuelto que el hombre cometió un delito de robo con fuerza, y no un hurto, pues forzó el tapón del tanque que estaba cerrado con llave. Además considera que el delito fue consumado y no se quedó en una tentativa pues en el momento de ser detenido el acusado llevaba la garrafa con combustible sustraído, sino que «dispuso de parte del botín», pues previamente había echado gasoil robado en su coche, lo que le permitió ponerlo en marcha y conducirlo hasta que fue arrestado.
El tribunal sí ha estimado, en cambio, la petición del abogado sobre la desproporcionada pena impuesta. La resolución considera que aunque el hombre tiene una «abultada» hoja histórico-penal, «ninguno de sus antecedentes están en vigor» por ser cancelables. Por ello, la sentencia afirma que debe atenderse a la «muy escasa entidad del hecho perpetrado», tanto en lo referente al objeto material del delito, como al valor de los daños producidos, por lo que está justificado la imposición de la pena mínima establecida en el Código Penal. Así mismo, la sala elimina el pago de la indemnización impuesta por el juez de instancia tanto por el gasóleo sustraído como los daños provocados por el tapón, al haber renunciado el perjudicado a la misma."
Fuente: http://www.diariosur.es/v/20120323/malaga/carcel-extraer-gasoil-camion-20120323.html
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navajero escribió:compañeros debemos de regirnos por el codigo penal y dejarnos de pensar en las interpretaciones de los jueces. si en el codigo penal es robo con fuerza cuando esta se usa para acceder a la cosa y en este caso es asi, pues se detiene y punto. Si luego el fiscal o juez lo califica en falta alla el, pero a mi no me pueden meter detencion ilegal. Al caso de esto, si hacemos caso de los jueces, cuando alguien nos pegue un tortazo no podemos detenerlo porque como para algunos es falta.
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navajero escribió:compañeros debemos de regirnos por el codigo penal y dejarnos de pensar en las interpretaciones de los jueces. si en el codigo penal es robo con fuerza cuando esta se usa para acceder a la cosa y en este caso es asi, pues se detiene y punto. Si luego el fiscal o juez lo califica en falta alla el, pero a mi no me pueden meter detencion ilegal. Al caso de esto, si hacemos caso de los jueces, cuando alguien nos pegue un tortazo no podemos detenerlo porque como para algunos es falta.
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