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Una cuestión teórica (soy agente de policía local):
Se realiza una detención.
Se llama al centro sanitario establecido en el protocolo para avisar de la existencia de un detenido y de la subida en breve al centro sanitario del detenido para la correspondiente revisión médica.
El médico de guardia comunica que hay un tiempo de espera aproximado de 3 horas debido a las urgencias recibidas y que están en espera.
Al cabo de 3 horas suben al detenido y el médico vuelve a decir que al menos 2 horas más de espera.
Después de 5 horas de espera se pide hablar directamente con el médico de guardia. El médico manifiesta que hay mucha surgencias y no se atenderá al detenido hasta que sea posible.
Los agentes informan al médico que debe tener en cuenta de que el detenido se encuentra privado de libertad. Y que esta circunstancia debería ser también prioritaria.
El médico se reitera.
Los agentes piden al médico que se identifique con el número de colegiado, para informar al juez.
El médico se niega, varias veces (de forma bastante "despreciativa").
Finalmente el médico le dice al ATS, que en breves minutos el finaliza la guardia y que el médico que lo relava sea el que atienda al detenido.
Efectivamente, el médico que releva al primero se ocupa de la revisión médica del detenido.
Total una espera de 5 o 6 horas.
Cuestiones:
Si el médico que justifica el retraso finalmente le dice al ATS que sea otro médico el que atienda al detenido y éste (el médico entrante) así lo hace se da por hecho que las urgencias no son el motivo del retraso ¿no? al menos a mí me lo parece.
De esto ya se ha informado al jefe y éste tiene pendiente una conversación con el director del hospital (recuerdo que ya existe un protocolo ayuntamiento-hospital sobre la atención a detenidos).
El tema es el siguiente:
De este retraso se puede informar al juez, pero ¿existe algún tipo de sanción que un juez pueda aplicar a un médico que retrase, sin justificación, la revisión médica a un detenido (no herido) y con ello se alargue sustancialmente el tiempo de la privación de libertad?
Entre los compañeros (esto ya ha pasado otras veces) siempre se ha comentado que se informará al juez y este lo llamará, o lo amonestará,... pero ninguno sabemos nada concreto.
El juez puede llamar al médico y pedirle explicaciones, y entonces ¿qué?
¿amonestar? ¿qué es amonestar? ¿le regaña...? ¿le tira de la sorejas...?
Si un juez le llama la atención a alguien será porque en algún sitio se dirá que lo que ha hecho no lo puede hacer ¿no? y si lo hace debería de haber alguna sanción ¿no?
Bueno, no sé si algún compañero sabe de estos temas.
Un saludo muy cordial a todos.