RESEÑA DE UN DETENIDO POR EXTRANJERIA

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Re: RESEÑA DE UN DETENIDO POR EXTRANJERIA

Notapor flix » Jue Feb 12, 2009 5:52 pm


No entiendo darle tantas vueltas a algo tan sencillo. Como ya he indicado, policia cientifica hara lo que tu expongas en la "hoja amarilla", ni mas ni menos, cada grupo su delito, y el que firma esa hojita es el responsable y quien pide esa reseña y por ese motivo.

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Re: RESEÑA DE UN DETENIDO POR EXTRANJERIA

Notapor rikart » Jue Feb 12, 2009 10:47 pm


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Efectivamente que cada uno se responsabilize de lo suyo, y que grabe el de Cientifica lo que le pongan, o lo que deba, pero que tengamos claro que la reseña por estancia irregular se le hace cuando se le detiene por ese motivo, igual que la lectura de derechos, eso es lo que quería dejar claro, que no tiene sentido yo hacerle otra reseña , cuando el motivo de la detención es otro.
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Re: RESEÑA DE UN DETENIDO POR EXTRANJERIA

Notapor SOFIMAZUL » Dom Feb 15, 2009 11:49 pm


Vamos a ver si se explicar el caso: un grupo, el que sea, ha detenido por un delito cualquiera ,a un extranjero y le lee sus derechos por el delito en cuestion, seguidamente en el atestado tiene que realizar una diligencia de la situacion administrativa en que se encuentra, con la respuesta que le ha dado el goe o brigada de extranjeria, añadiendo que si esta irregular se le realizara el correspondiente expediente de expulsion por parte del goe, y en el transcurso del atestado, el goe le realizara el correspondiente expediente de expulsion con su respectiva lectura de derechos y su toque de piano, asi que es cierto que Policia Cientifica necesita dos hojitas amarillas, una por el grupo que realiza la detencion y otra por el goe.
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Re: RESEÑA DE UN DETENIDO POR EXTRANJERIA

Notapor flix » Lun Feb 16, 2009 5:35 pm


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Mas claro y sencillo, la hoja amarilla debera contener los delitos por los que esta detenido si quieres que quede grabajo, incluido el tema de extranjería.
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Re: RESEÑA DE UN DETENIDO POR EXTRANJERIA

Notapor EL OLVIDAO » Sab May 09, 2009 12:19 am


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MURGUINSON escribió:
Teniente escribió:Vamos a ver, con cada detenido extranjero que se haga, o bien la ODAC o bien el Grupo correspondiente (Estupefacientes, Atracos, el que sea) uno de los trámites que ha de realizar es informar al Grupo de extranjería de que se ha detenido a ese individuo por determinado delito (el que sea) esto se hace mediante un oficio. Automáticamente Extranjería comprueba su situación en España, y si ésta es irregular actúa en consecuencia y tramita el correspondiente expediente. Además la patrulla o Grupo que realiza la detención no saben exactamente cual es la situación real de ese individuo en nuestro país, ha de ser el Grupo especializado (Extranjería) el que determine si procede o no actuar contra él. Simplemente imagínate que ese individuo ya tiene un expediente de expulsión en trámite y no lleva encima los papeles que así lo atestigüen. ¿Cómo va a leerle el compañero que realiza la detención los Derechos por un delito de extranjería si no sabe a ciencia cierta si verdaderamente se halla en situación irregular? Hay que tener en cuenta que en el caso de infracciones a la Ley de Extranjería los que detienen son los del Grupo de Extranjería tras hacer las oportunas comprobaciones. Los demás lo que hacemos es simplemente presentárselos. Así es como funciona. Un saludo.



Lo que dice "teniente" es correcto.

Saludos



Cualquier extranjero detenido por delito en el atestado tiene que ponerse la diligencia de situación administrativa del extranjero y para eso hay que consultarlo con el grupo de extranjería.
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