Diario de Navarra escribió:Aprobado el dictamen para la modificación de la Ley de Policías de Navarra
La iniciativa socialista introduce actualizaciones en relación a la denominación del empleo, los principios de selección o la articulación de la carrera profesional
Entre las novedades, se encuentra la creación de un Consejo de las Policías de Navarra que, por primera vez, instaura un ámbito de actuación de carácter técnico para la Policía Foral y las Policías Locales
La comisión de Presidencia, Justicia e Interior ha aprobado este miércoles el dictamen en relación con la Proposición de Ley de modificación de la Ley Foral 8/2007 de Policías de Navarra, presentada por el PSN. La proposición tiene por objeto "modificar, concretar y desarrollar algunos aspectos" contenidos en la LF 8/2007, a partir de la "experiencia" acumulada en los dos años largos de vigencia de la norma cuya reforma postula, según ha informado en un comunicado el Parlamento de Navarra.
Para ello, y en aras a "planificar" debidamente la respuesta policial, incluida la necesaria "complementariedad, cooperación y colaboración" entre las Policías de Navarra y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, se propone avanzar en la "especialización" de los equipos de trabajo, "siempre desde la lealtad institucional y el respeto recíproco".
Entre otros, la iniciativa socialista introduce actualizaciones en cuestiones ya contempladas, caso de las relativas a denominación de los empleos, simplificación de los principios de selección, articulación de la carrera profesional, o desarrollo en detalle de la situación administrativa de segunda actividad.
En el transcurso del debate efectuado en comisión, se han discutido 64 enmiendas, 37 (6 in voce) presentadas por UPN, 21 por NaBai, y 6 por el PSN (2 in voce). De todas ellas, se han aprobado 43, 35 de UPN, 3 de NaBai y 5 del PSN.
Entre las novedades, se encuentra la creación de un Consejo de las Policías de Navarra que, por primera vez, instaura un ámbito de actuación de carácter técnico para la Policía Foral y las Policías Locales. La constitución de este órgano colegiado, que ha contado con el respaldo de todos los grupos presentes salvo NaBai, está prevista en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente Ley.
Otra de las aportaciones recogidas vía enmienda a instancias de UPN es la que, de cara a "garantizar la implantación del servicio público policial en todas las localidades que se considere necesario", faculta a los municipios con una población de derecho "igual o superior a 5.000 habitantes" a crear sus propios Cuerpos de Policía Local.
Además, con la oposición de NaBai, se otorga a las entidades locales la posibilidad de "convenir" con el Gobierno de Navarra la "prestación" del servicio de Policía Local por parte de la Policía Foral.
A su vez, se reconoce a las entidades locales con Cuerpo de Policía la opción de acordar con el Gobierno de Navarra la "integración" de los miembros de su Policía Local en la Policía Foral, asumiendo esta última el servicio de policía. La financiación de la integración resultante correrá a cargo de la entidad local.
Asimismo, UPN, con la abstención de NaBai, ha determinado que las entidades locales con población "igual o superior a 3.000 habitantes, que dispongan de agentes municipales y tengan previsto crear un cuerpo de Policía Local en el plazo de cinco años" puedan ser "autorizadas" por el Gobierno foral a la "contratación temporal de auxiliares de Policía Local".
ÁMBITO SELECTIVO
Por otro lado, a propuesta de NaBai, se ha acordado por unanimidad que, con el fin de garantizar la "uniformidad de criterio", las pruebas psicotécnicas sean realizadas "por el mismo equipo a todos los aspirantes".
Del mismo modo, también a iniciativa de NaBai, se ha resuelto introducir, con una "moratoria de dos años", el requisito de titulación acorde al nivel C al que se adscriben los policías (Bachiller).
Igualmente, a propuesta de UPN, se ha rebajado de 35 a 30 años a edad máxima para ser admitido a las pruebas selectivas de ingreso como funcionario a los Cuerpos de Policía de Navarra, si bien "durante los dos primeros años" de vigencia de esta Ley el requisito "se mantendrá en 35 años".
Además, para participar en los concursos de méritos y traslados se van a exigir "15 años de servicio dentro del cuerpo o tener cumplidos los 50 años de edad", incrementándose así, a iniciativa de UPN y con las abstenciones de CDN y NaBai, 5 años lo estipulado para ambos supuestos en la proposición inicial de Ley. La valoración de los méritos, según lo acordado, correrá a cargo de un solo organismo, la Escuela de Seguridad.
En lo concerniente a la situación administrativa de segunda actividad, a regular reglamentariamente en el plazo de un año, se precisa que será "con destino", ya que lo contrario "supondría mandar a los funcionarios con el sueldo a casa a partir de una edad y permaneciendo en activo". A la matización del G.P. UPN sólo se ha opuesto el G.P. Nabai.
Entre otras consideraciones aportadas vía enmienda se hallan las que, con carácter general, suprimen la obligación de residencia, reconocen la asistencia letrada, así como la subordinación de los calendarios laborales a las "necesidades de seguridad pública, emergencias y protección civil".
Además, se observa la posibilidad de afiliarse y constituir organizaciones sindicales o de otra índole "en los términos establecidos para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado".
En el capítulo sancionador, se mantiene el régimen disciplinario y se precisa que las faltas leves prescribirán a los tres meses, las graves a los dos años y las muy graves a los tres años.
Por otra parte, se prevé que en el plazo de un año el Ejecutivo Foral apruebe un reglamento de retribuciones que "aminore las diferencias" existentes en el Cuerpo de Policía Foral, "sin que ello suponga un incremento del gasto en materia de personal".
También referido a personal, se apunta que el Gobierno de Navarra, mediante decreto foral, podrá "modificar" el número de efectivos por Cuerpo "para asegurar una mejor organización" de los recursos humanos.
Por último, se contempla que en el plazo de tres meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, el Gobierno de Navarra presentará al Parlamento el Plan General de Seguridad Ciudadana de Navarra, "para su conocimiento por la Comisión de Presidencia, Justicia e Interior en sesión de trabajo a puerta cerrada".