Curso Oposición a la Ertzaintza |
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"Reglamentos locales: La Ley de Bases del Régimen Local distingue el Reglamento Orgánico de cada entidad, por el que cada Ente Local se autoorganiza (con subordinación a las normas estatales, pero con superioridad jerárquica respecto de la correspondiente ley autonómica de régimen local, que actúa supletoriamente), de las Ordenanzas Locales, que son normas de eficacia externa, competencia del Pleno de la Entidad, y de los Bandos, que el Alcalde puede dictar en materias de su competencia."
Mi duda es, ¿qué quiere decir con "ley autonómica de régimen local"?
Porque no entiendo como un Reglamento Orgánico al estar subordinado por las normas estatales pueda estar en superioridad jerárquica a una ley autonómica. Si en teoría la jerarquía normativa es: Ley estatal, autonómica y local. Pero claro ese concepto de "ley autonómica de régimen local" me desconcierta y no sé si se trata de una ley autonómica que rige al régimen local o a qué se refiere.
Espero haberme explicado lo mejor posible, muchas gracias y un saludo.