Gc Edicion 175 Aniversario |
gafaspolicia.com |
pau escribió:
Vale no te digo que no haya a lo mejor algun compañero un poco exagerado, pero de ay a que tengamos que saber la ley penitenciaria... y personalmente yo me encontre tambien con algun funcionario...Ya por no decir los que andan por hay con una placa que pone `Policia Judicial como un dia me paso a mi estando en un control y le veo la placa al tio!!!!!!!Si de esto ay en todos los lados
Pau... creo que estás equivocado.
Artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Constituirán la Policía judicial y serán auxiliares de los Jueces y Tribunales competentes en materia penal y del Ministerio fiscal, quedando obligados a seguir las instrucciones que de aquellas autoridades reciban a efectos de la investigación de los delitos y persecución de los delincuentes:
1. Las autoridades administrativas encargadas de la seguridad pública y de la persecución de todos los delitos o de algunos especiales.
2. Los empleados o subalternos de la policía de seguridad, cualquiera que sea su denominación.
3. Los Alcaldes, Tenientes de Alcalde y Alcaldes de Barrio.
4. Los Jefes, Oficiales e individuos de la Guardia Civil o de cualquier otra fuerza destinada a la persecución de malhechores.
5. Los Serenos, Celadores y cualesquiera otros agentes municipales de policía urbana o rural.
6. Los Guardas de montes, campos y sembrados, jurados o confirmados por la Administración.
7. Los funcionarios del Cuerpo especial de prisiones.
8. Los Agentes judiciales y los subalternos de los Tribunales y Juzgados.
9. El personal dependiente de la Jefatura Central de Tráfico, encargado de la investigación técnica de los accidentes.
Esto es lo que hay y así lo dice una ley. No seré yo quién la discuta. No se por qué a veces se pone en duda este aspecto cuando, en cambio, no se pone en duda que un policía que trabaja en oficinas es tan policía como el que está a pie de calle. Entre los funcionarios de prisiones los hay en oficinas, pero también los hay en Departamentos Especiales o Sancionados revolcándose casi a diario, cacheos de celdas o internos, realizando intervenciones de entradas en celda, para lo cuál existe una formación continua sobre el uso y equipamiento del material de intervención (chalecos antitrauma, defensas, grilletes, etc...), y otros menesteres que son más policiales que el trabajo de oficinas de los profesionales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de los que nadie duda su labor policial. Evidentemente hablo de Cataluña, ya que parece que dicha formación no la facilita IIPP o no está muy por la labor.
Si un funcionario de prisiones junto a su carnet profesional quiere llevar la placa de Policía Judicial o el escudo de su equipo de fútbol favorito no veo yo que esté diciendo nada que no sea. En el ejercicio de sus funciones, es policía, y no veo yo porque no puede acompañar su carnet profesional junto a la placa que el art. 283 de la Lecrim le define como tal. Nosotros ejecutamos un mandato judicial y nos debemos y respondemos ante tal, y por lo tanto somos "policía judicial".... la policía de la Administración de Justicia (precisamente en Cataluña dependemos de Justicia, no de Interior), tal como la Policía Judicial de la Guardia Civil que responde ante el Juez Instructor sobre las investigaciones que éste estime oportunas. Labores policiales ejecutadas por orden judicial. Esta claro que no es la imagen "típica" del policía de barrio o SWAT, pero es que en esta labor no todo es blanco o negro..... hay una variedad de tonos muy amplia.
Otra cosa diferente, y en la que te daría la razón, es la actitud de aquel que vaya tirando de placa por "chulear" de ella, entrar al fútbol o discotecas y demás payasadas..... pero no estamos hablando de esto, puesto que tu comentas que "le viste" la placa, no que él te la mostrara.
Aprovecho asimismo para presentarme, aunque ya hace meses que conozco el foro y lo sigo no me había "lanzado" a intervenir . Soy funcionario de prisiones de Cataluña desde no hace mucho. Soy de las nuevas promociones que han realizado las pruebas físicas para entrar (las mismas que los Mossos pero con otros baremos) y realizamos el curso en la Escola de Policia de los Mossos, hoy llamado "Institut de Seguretat de Catalunya". Por lo que he podido ver, existe un "antes" y un "después" con las últimas promociones, porque los métodos de acceso han cambiado, y lo mejor de todo es que los nuevos aprendemos de los veteranos y ellos con nosotros aprenden de lo "nuevo". Observo que en este aspecto, en el del personal laboral, hay una gran diferencia con nuestros compañeros de IIPP.
Saludos a todos.