Protección Civil Agentes de la Autoridad?

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Protección Civil Agentes de la Autoridad?

Notapor carfrapi » Vie Abr 19, 2013 10:07 pm



foropolicia.es
Se ha producido un accidente en Vigo, lo raro es que no los haya, pero eso es otro tema. Pasan Dos vehículos de la Policía Local, una UVI y un vehículo de Protección Civil, a toda pastilla haciendo uso de los lanza destellos naranja y la sirena.
Más tarde paso por el lugar del accidente, ya que curiosamente vivo cerca, y veo el vehículo de Protección Civil cortando el tráfico en un acceso a la rotonda donde se produjo el accidente, a varios miembros de P. Civil pululando por allí, y regulando el tráfico, una dotación de Atestados y NADIE DE LA P. LOCAL controlando la circulación (exceptuando Atestados).

Me pregunto si Protección Civil puede actuar como una Fuerza de Seguridad, de orden público, dentro del ámbito de las atribuciones de un cuerpo Local de Seguridad...? Son Agentes de la Autoridad, pueden actuar como policías o suplantar sus funciones?

Exactamente para que funciones está habilitado este "cuerpo"?
"La mujer del César no sólo ha de serlo, además ha de parecerlo"
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carfrapi
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Re: Protección Civil Agentes de la Autoridad?

Notapor Geminis091 » Sab Abr 20, 2013 12:29 am


Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
A falta de una respuesta más completa y con más conocimiento que la mía, te resumo brevemente.

Protección civil está intregada por ciudadanos voluntarios.
Esto quiere se traducen en que no cobran y que no tienen carácter de Agente de la Autoridad.

Se dedican a ayudar en cualquier situación de emergencia, desde una catástrofe hasta prestar apoyo en una cabalgata de Reyes.

Para que amplíes información y te enteres bien de todo, con permiso de los moderadores, te pongo este link:
http://www.proteccioncivil.org/home
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Re: Protección Civil Agentes de la Autoridad?

Notapor Geminis091 » Sab Abr 20, 2013 12:38 am


Con respecto al caso del accidente que mencionas, tal y como lo cuentas, es perfectamente posible y CORRECTO.
Me explico:
- Protección Civil colabora para regular el tráfico y que no se formen atascos ni se produzcan más accidentes.
Piensa que incluso tú mismo, si tienes un accidente, puedes hacer gestos y regular el tráfico señalizando si crees que así
podrás evitar un mal mayor (hasta que lleguen personas más competentes).
Obviamente, los compañeros de Protección Civil, tienen más formación y experiencia en estos casos que un ciudadano "normal".

- Policía Local, dices que se encarga de la elaboración del Atestado.
Por supuesto, P.Local sí tiene carácter de Agente de la Autoridad. Protección Civil NO podría elaborarlos.
A parte, P.Local hace muchas más cosas que elaborar ese Atestado (que ya de por sí está muy bien hecho).

Ten en cuenta que tú juzgas sólo por lo que ves en un instante, sin tener la información completa sobre lo que ha sucedido.
Incluso tal y como lo relatas, la actuación está perfectamente llevada a cabo (lo digo porque me parece entender que a ti te
pareció mal lo que viste).

Se reparten funciones, se intenta solucionar el problema de la mejor manera posible y por supuesto... Cada uno a lo que sabe y a
sus competencias.
Serán los Policías Locales los que instruyan atestado, hagan pruebas de alcoholemia, detengan (si procede), se enfrenten a los
conductores borrachos y agresivos, ... ya que SÍ tienen carácter de Agente de Autoridad.
Los compañeros de Protección Civil colaborarán como mejor puedan y en aquello a lo que sí estén facultados legalmente.

Espero haberte ayudado.
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Re: Protección Civil Agentes de la Autoridad?

Notapor munere venator » Sab Abr 20, 2013 1:43 pm


el codigo de circulacion en su art. 143 lo deja clarinete
Artículo 143. Señales con el brazo y otras.

1. Los agentes de la autoridad responsable del tráfico que estén regulando la circulación lo harán de forma que sean fácilmente reconocibles como tales a distancia, tanto de día como de noche, y sus señales, que han de ser visibles, y sus órdenes deben ser inmediatamente obedecidas por los usuarios de la vía.

Tanto los agentes de la autoridad que regulen la circulación como la Policía Militar, el personal de obras y el de acompañamiento de los vehículos en régimen de transporte especial, que regulen el paso de vehículos y, en su caso, las patrullas escolares, el personal de protección civil y el de organizaciones de actividades deportivas o de cualquier otro acto, habilitado a los efectos contemplados en el apartado 4 de este artículo, deberán utilizar prendas de colores llamativos y dispositivos o elementos retrorreflectantes que permitan a los conductores y demás usuarios de la vía que se aproximen distinguirlos a una distancia mínima de 150 metros.

.
4. En ausencia de agentes de la circulación o para auxiliar a éstos, y en las circunstancias y condiciones establecidas en este Reglamento, la Policía Militar podrá regular la circulación, y el personal de obras en la vía y el de acompañamiento de los vehículos en régimen de transporte especial podrá regular el paso de vehículos mediante el empleo de las señales verticales R-2 y R-400 incorporadas a una paleta, y, por este mismo medio, las patrullas escolares invitar a los usuarios de la vía a que detengan su marcha. Cuando la autoridad competente autorice la celebración de actividades deportivas o actos que aconsejen establecer limitaciones a la circulación en vías urbanas o interurbanas, la autoridad responsable del tráfico podrá habilitar al personal de protección civil o de la organización responsable para impedir el acceso de vehículos o peatones a la zona o itinerario afectados, en los términos del anexo II.
Nosotros pocos,felices pocos,nosotros,grupo de hermanos;
Pues el que hoy vierta conmigo su sangre sera mi hermano

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Re: Protección Civil Agentes de la Autoridad?

Notapor prodigo » Sab Abr 20, 2013 5:57 pm


Curso Acceso Guardia Civil

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de-pol.es
Hola, por partes, no todos los componentes de protección civil son "voluntarios", hay algunos que cobran. Segundo, el código de circulación esta derogado, así que no podemos aplicarlo.
Para el resto, pues protección civil puede ser del ayuntamiento, o como asociación. Pero tienen su propia ley. Así que.... no hay una respuesta de SI O NO, sino que depende.
Poco mas puedo aportar.
Un salu2
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Re: Protección Civil Agentes de la Autoridad?

Notapor hjthzz » Dom Abr 21, 2013 1:55 am



Materiales de alta calidad
materialpolicial.com
Como voluntario de una agrupación, le puedo decir que funciones de ese tipo (regular tráfico, cortar vías, etc.), lo hacemos en ciertas ocasiones, como por ejemplo en el caso que usted cita.

Según mi "jefe", SÍ somos agentes de la autoridad en el ejercicio de nuestras funciones. Si bien es cierto, por más que he buscado en legislación variada, no he encontrado nada al respecto. Por otra parte, hay alguna sentencia por ahí en la que se reconoce a alguna agrupación de PC como agentes de la autoridad, según he podido buscar en internet.

Luego y como se comenta por aquí, depende del municipio, ciudad, pueblo, etc. Y efectivamente, hay componentes que cobran, aunque si no me equivoco la gran mayoría son voluntarios.
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Re: Protección Civil Agentes de la Autoridad?

Notapor emerito7 » Dom Abr 21, 2013 1:54 pm



intervencionpolicial.com
hjthzz escribió:Como voluntario de una agrupación, le puedo decir que funciones de ese tipo (regular tráfico, cortar vías, etc.), lo hacemos en ciertas ocasiones, como por ejemplo en el caso que usted cita.

Según mi "jefe", SÍ somos agentes de la autoridad en el ejercicio de nuestras funciones. Si bien es cierto, por más que he buscado en legislación variada, no he encontrado nada al respecto. Por otra parte, hay alguna sentencia por ahí en la que se reconoce a alguna agrupación de PC como agentes de la autoridad, según he podido buscar en internet.

Luego y como se comenta por aquí, depende del municipio, ciudad, pueblo, etc. Y efectivamente, hay componentes que cobran, aunque si no me equivoco la gran mayoría son voluntarios.

Pues dile a tu jefe que está equivocado, y que en ningún caso lo sois (aunque a mí me parecería bien que lo fuerais, por ejemplo, cuando os veais obligados a regular el tráfico, pues de hecho, los ciudadanos deberían verse obligados a seguir vuestras indicaciones en cuanto a la circulación respecta en ese momento). Aparte de esto, un juez, a criterio propio, puede interpretar y aplicar que como estais realizando "funciones públicas" en ese momento os reconoce como agentes de la autoridad, lo cual no me parece mal; pero por el momento no sois agentes de la autoridad en ningún caso. Esto se considera de este modo por que cuando estais realizando las funciones que estamos comentando, siempre debe haber con vosotros profesionales con mas atribuciones, que puedan auxiliaros cuando algo se torciera.
Teneis vuestra propia ley, y ahí es donde debería venir recogido lo que respecta a este tema.

Un saludo.
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Re: Protección Civil Agentes de la Autoridad?

Notapor SEBASTIÁN » Dom Abr 21, 2013 7:56 pm


Academia Acceso Cnp

sector115.es
El personal de Protección Civil en sentido estricto ( ya que en sentido amplio todos somos Protección Civil incluidos los policías, militares y guardias civiles ) no tiene la condición de agentes de la autoridad . Hay alguna sentencia que incluso incluye a Protección Civil como integrantes de las fuerzas de seguridad . Pueden regular el tráfico según establece al art. 143-4 del reglamento General de Circulación.
Eso no quita para que algún Juez de manera puntual considere a un miembro de dicho cuerpo como ejerciente de las funciones de agente de la autoridad.
PASO CORTO , VISTA LARGA Y MUCHA MUCHA MALA IDEA.
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Re: Protección Civil Agentes de la Autoridad?

Notapor zildijan » Dom Abr 21, 2013 9:22 pm


Yo la verdad más o menos tenía claro desde siempre para que servían los miembros de protección civil,hasta que veo cosas como que se portan (en algún os casos) grilletes,defensas,sprays...y entonces ya me lío y no entender ya
Nadie lo entiende,pero engancha.
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Re: Protección Civil Agentes de la Autoridad?

Notapor hjthzz » Lun Abr 22, 2013 10:44 pm


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nola2hurtu.eus
emerito7 escribió:
hjthzz escribió:Como voluntario de una agrupación, le puedo decir que funciones de ese tipo (regular tráfico, cortar vías, etc.), lo hacemos en ciertas ocasiones, como por ejemplo en el caso que usted cita.

Según mi "jefe", SÍ somos agentes de la autoridad en el ejercicio de nuestras funciones. Si bien es cierto, por más que he buscado en legislación variada, no he encontrado nada al respecto. Por otra parte, hay alguna sentencia por ahí en la que se reconoce a alguna agrupación de PC como agentes de la autoridad, según he podido buscar en internet.

Luego y como se comenta por aquí, depende del municipio, ciudad, pueblo, etc. Y efectivamente, hay componentes que cobran, aunque si no me equivoco la gran mayoría son voluntarios.

Pues dile a tu jefe que está equivocado, y que en ningún caso lo sois (aunque a mí me parecería bien que lo fuerais, por ejemplo, cuando os veais obligados a regular el tráfico, pues de hecho, los ciudadanos deberían verse obligados a seguir vuestras indicaciones en cuanto a la circulación respecta en ese momento). Aparte de esto, un juez, a criterio propio, puede interpretar y aplicar que como estais realizando "funciones públicas" en ese momento os reconoce como agentes de la autoridad, lo cual no me parece mal; pero por el momento no sois agentes de la autoridad en ningún caso. Esto se considera de este modo por que cuando estais realizando las funciones que estamos comentando, siempre debe haber con vosotros profesionales con mas atribuciones, que puedan auxiliaros cuando algo se torciera.
Teneis vuestra propia ley, y ahí es donde debería venir recogido lo que respecta a este tema.

Un saludo.


Ya se lo comenté yo, y a algunos componentes de la agrupación también. No hay legislación que afirme eso, y por lo tanto, no somos agentes de la autoridad. Pero bueno, cada uno que piense lo que quiera, otra cosa es la realidad. Buena respuesta emerito7!
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Re: Protección Civil Agentes de la Autoridad?

Notapor hjthzz » Lun Abr 22, 2013 10:50 pm


zildijan escribió:Yo la verdad más o menos tenía claro desde siempre para que servían los miembros de protección civil,hasta que veo cosas como que se portan (en algún os casos) grilletes,defensas,sprays...y entonces ya me lío y no entender ya


Bueno, lo de la defensa sí lo he visto (el sujeto en cuestión argumentó que era V.S., y que podía portar una defensa extensible de... ¿plástico? creo que dijo). ¿Sprays? Bueno, si son homologados, no veo problema alguno, pues cualquier civil puede portarlos, ¿no? Hablo desde el desconocimiento. Los grilletes sobran... pero bueno, hay de todo en la viña del señor... y esto que comentas, también se ha dicho de los Agentes de Movilidad. En fin, que ves a cada uno que tela...

P.D.: Perdonad por responder dos veces seguidas, pero no sé cómo hacer cita de dos mensajes para responder en uno solo.
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Re: Protección Civil Agentes de la Autoridad?

Notapor kase » Vie Abr 26, 2013 9:54 pm



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Pues no, no puede portar defensa extensible, y solo puede portar la defensa reglamentaria y con las medidas estipuladas cuando este de servicio y uniformado, en las funciones que tenga asignadas y no como voluntario de Protección Civil.
¡¡¡UN SALUDO COMPAÑEROS!!!

¡¡¡EQUIPARACIÓN SALARIAL YA!!!

¡¡¡UNIFICACIÓN DE LA GUARDIA CIVIL CON EL CNP YA!!!
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Re: Protección Civil Agentes de la Autoridad?

Notapor hjthzz » Vie Abr 26, 2013 10:52 pm


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kase escribió:Pues no, no puede portar defensa extensible, y solo puede portar la defensa reglamentaria y con las medidas estipuladas cuando este de servicio y uniformado, en las funciones que tenga asignadas y no como voluntario de Protección Civil.


Gracias por la aclaración! eso es precisamente lo que pensaba.
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Re: Protección Civil Agentes de la Autoridad?

Notapor Nervo » Mar Oct 22, 2013 9:29 am


Chaleco Tactico Policia

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Soy vigilante de seguridad así como voluntario de Protección Civil y Bombero Voluntario. Efectivamente el vigilante de seguridad, no sólo que pueda sino que está obligado a llevar grilletes y defensa reglamentaria mientras ejerce de vigilante de seguridad debidamente identificado y uniformado como tal, no puede llevar defensa como Protección Civil aunque este cuerpo también este autorizado para control de masas, en ningún caso está autorizado a portar defensa, si puede detener en la misma medida que cualquier ciudadano de la calle por un delito flagrante. Si además es Vigilante conoce la ley y sabe que no puede portar esa defensa.
Nervo
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Re: Protección Civil Agentes de la Autoridad?

Notapor megalodon » Mar Oct 22, 2013 10:36 am


Temario Escala Básica

90 euros. Hacemos envíos a toda España.
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Mi no entender o alguno cagalera mental en la cabeza tener.
Tipical espanish y burrdas que se dicen y hacen:

Bomberos: como son personal de seguridad ciudadana acuden a manifestaciones a proteger a ciudadanos de la policía (se ha visto) 1ª paja mental :confuso:
Auxiliar de seguridad: no me quedan muy claras sus funciones pa mi una forma mas de intrusismo en una profesión. :confuso:
Auxiliar de Movilidad Urbana: gente con uniformes similares a Policía local que portan defensas y grilletes no se para qué, para regular el tráfico a garrotazos me imagino :confuso:
Protección Civil: voluntarios vestidos tal cual militares con uniforme naranja portando defensas y grilletes y diciendo que son agentes de la autoridad :confuso: :confuso: :confuso:

En este país somos la leche, todos sabemos y entendemos de todo.
megalodon
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