PROSEGUR

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Re: PROSEGUR

Notapor Vigileta » Lun Ene 27, 2014 10:32 pm



Increibles precios
materialpolicial.com
Dicen que es una estrategia de negociacion esto del despido y descuelgue, pa que firmen los sindicatos lo q quiera "La Patro".

Dicen q es ilegal un descuelgue, y q si se lleva a cabo, se denuncia y recuperamos nuestro dinero tras ganar el juicio.

Dicen q si hay vigilantes haciendo horas extra, cualquier despido colectivo tipo ere es ilegal, puesto q esto significa q el personal escasea. Dicen q si vas a juicio, el despido seria improcedente.

Dicen q si la amenaza se lleva a cabo iriamos todos a una huelga nacional sin servicios minimos.


Pero tambien dicen q para hacer todo esto tenemos q estar unidos, y q en este sector eso no existe. Dicen q cada uno mira por lo suyo, y q cada uno pelotea como puede para mantener su puesto (incluso hay gente q pagaria por trabajar).

Así que, señoras y señores, viendo todo esto que "dicen", yo solo puedo decir:

"En nuestras manos está el futuro de este sector. Obtendremos aquello por lo que estemos dispuestos a luchar.
Si no estamos dispuestos luego no vayamos llorando lo que pudo haber sido y no fue"
Vigileta
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Re: PROSEGUR

Notapor toxxo » Mar Ene 28, 2014 10:57 am



intervencionpolicial.com
Justicar escribió:Cryber, puedes gritar cuanto quieras.



Gritar en los foros son las mayúsculas :lol: :lol:
Art. 32 Para cualquier cuestión relativa a la moderación, póngase en contacto vía MP con el moderador o con los webmasters. http://www.foropolicia.es/foros/normativa-de-foropolicia-t43653.html Nemo patriam quia magna est amat, sed quia sua. Seneca
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Re: PROSEGUR

Notapor Justicar » Mar Ene 28, 2014 11:18 am



sector115.es
toxxo escribió:
Justicar escribió:Cryber, puedes gritar cuanto quieras.



Gritar en los foros son las mayúsculas :lol: :lol:


Esto, en mi opinión, también es gritar. Aquí tenéis una versión muy light de la netiqueta, entonces.

Para resaltar algo, sobra con aplicar negrita al texto.

Si no pongo todo en mayúsculas pero incremento el tamaño, el efecto es prácticamente el mismo. Será cosa mía, que tengo otra perspectiva del asunto.

Un saludo.
Justicar
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Re: PROSEGUR

Notapor toxxo » Mar Ene 28, 2014 11:22 am


Justicar escribió:
toxxo escribió:
Justicar escribió:Cryber, puedes gritar cuanto quieras.



Gritar en los foros son las mayúsculas :lol: :lol:


Esto, en mi opinión, también es gritar. Aquí tenéis una versión muy light de la netiqueta, entonces.

Para resaltar algo, sobra con aplicar negrita al texto.

Si no pongo todo en mayúsculas pero incremento el tamaño, el efecto es prácticamente el mismo. Será cosa mía, que tengo otra perspectiva del asunto.

Un saludo.


Si, es cosa tuya, en todos los foros gritar es cuando se escribe con mayúsculas.
Art. 32 Para cualquier cuestión relativa a la moderación, póngase en contacto vía MP con el moderador o con los webmasters. http://www.foropolicia.es/foros/normativa-de-foropolicia-t43653.html Nemo patriam quia magna est amat, sed quia sua. Seneca
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Re: PROSEGUR

Notapor Justicar » Mar Ene 28, 2014 11:29 am


Conviértete En Ertzaina

Todo online
nola2hurtu.eus
Pues nada, entonces empezaré a colgar los extractos de legislación que cite a tamaño 4000. Como la gente siempre pasa de leerlos cuando hago algún apunte y toman la parte (que les interesa) por el todo, a lo mejor así lo tienen más difícil para no ignorarlos de forma deliberada.

Una pregunta, para los que trabajáis en Prosegur.

¿Os han explicado los sindicatos a los que estáis afiliados, o el propio comité de empresa, la regla del 90 + ERE + 90?

Por ahora, pregunto.

Un saludo.
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Re: PROSEGUR

Notapor Heaven » Mar Ene 28, 2014 11:38 am


Justicar escribió:Una pregunta, para los que trabajáis en Prosegur.

¿Os han explicado los sindicatos a los que estáis afiliados, o el propio comité de empresa, la regla del 90 + ERE + 90?



¿ Sindicatos ? :enfermo:
¿ 90 + ERE + 90 ?

Por cierto soy de Prosegur.
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Re: PROSEGUR

Notapor zildijan » Mar Ene 28, 2014 12:39 pm


Guantes Anticorte Policiales

Nivel 5 - modelos desde 38?!
desenfunda.com
Ahora los quieren altos,guapos,jóvenes y con idiomas.

Van a ir a por los absentismos,bajas de larga duración,cualquier excusa para sancionar,mala imágen etc.. se va comentando por compañeros de Prosegur.
Nadie lo entiende,pero engancha.
zildijan
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Re: PROSEGUR

Notapor Vigileta » Mar Ene 28, 2014 5:34 pm


Sioen Ballistic Protection

Proteccion balistica anticorte y punzon
uspsuministros.com
Pues yo opino que no los quieren ni altos, ni guapos, ni con idiomas, sino todo lo contrario.

Gente que "se deje llevar por la corriente" hasta algún pequeño rincón al que llamar "trabajo", mendigando un mendrugo de pan en el trayecto, para poder tener algo que llevarse a la boca hacia la mitad de la jornada. Gente sin aspiraciones, que se conforme con ese pequeño reducto para pasar el resto de su vida viendo como se congela su sueldo año tras año.
Eso es lo que quieren

Si eres inteligente corres peligro.
Si no lo eres no.

El ere será para los inteligentes, para los que hayan demostrado que conocen sus derechos y que no se conforman con unas migajas.
Para aquellos que no se dejaron manipular.

Si alguna vez te has quejado, has rechazado algun servicio que no te parecía lo suficientemente "digno" o no has contestado a tu teléfono (transformado misteriosamente en móvil de guardia) en tus días libres... caerás.
El resto, no tiene de qué preocuparse. Tendrá ese agujero para siempre.

Vigilantes-zombie, el nuevo escuadrón Prosegur. Dispuestos a lo que haga falta.
Buenos, bonitos y baratos. Ofertón.

Un saludo
Vigileta
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Re: PROSEGUR

Notapor Justicar » Mar Ene 28, 2014 6:58 pm


Navaja Tactica Rui

militariapiel.es
Heaven escribió:¿ Sindicatos ? :enfermo:
¿ 90 + ERE + 90 ?


Esta noche, o mañana, te dejo aquí mismo algo más de info relacionada con esto.

Un saludo.
Justicar
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Re: PROSEGUR

Notapor cryber » Mar Ene 28, 2014 8:53 pm


¿Quieres ser Policía Nacional?

Prepárate con los mejores
joyfepolferes.es
Justicar escribió:Cryber, puedes gritar cuanto quieras.

Cuando digo que una baja, por sí sola, no sirve como motivo válido de despido, es precisamente porque para evitar que un despido se cimente en la misma sobra con romper el límite impuesto por la Dilatación Anal (aka, Reforma Laboral).

Tan simple como eso.

Y bajo circunstancias MUY concretas, se puede buscar y lograr el nulo. Porque las empresas son como son y suelen cometer determinados errores, y hay cosas que se salen de ese artículo.

Lo peor es que han pensado ya en el combo para impedir que el trabajador pueda romper ese límite, y esté de baja el tiempo justo para que puedan despedirle. Cuando pueda comprobar si han cambiado otro texto jurídico, dejaré caer por aquí qué pretenden hacer exactamente.

Un saludo.


No sé como es posible interpretar el articulo 52 de forma distinta a lo que pone o mis palabras. Ausencias, aún justificadas, es motivo de despido, y en éstas se incluyen las bajas laborales. Así que sí, te pueden despedir por baja laboral. Y no, no es necesario que en la misma carta te pongan que es por la baja laboral, sólo por ausencias justificadas, ya que están amparadas por la ley.



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Re: PROSEGUR

Notapor Justicar » Mar Ene 28, 2014 9:11 pm


Edición 175 Aniversario Gc

gafaspolicia.com
Roto el "límite", rota la regla.

Y por sí solas (las ausencias, digo), no sirven. Han de ajustarse a los límites especificados por la ley, para hallarse enmarcadas en un marco jurídico apropiado para cimentar un despido procedente. Lo que quiero decir es que no es algo automático, aunque hay una forma de (casi) convertirlo en algo de esa naturaleza. No entro en detalles relacionados con esto último porque me niego a darles ideas a las empresa.

Espero que haya quedado un poco más claro ahora.

Un saludo.
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Re: PROSEGUR

Notapor emerito7 » Mar Ene 28, 2014 11:20 pm



foropolicia.es
Prosegur no se ha descolgado como tal del convenio, solo va a inaplicar lo que no le conviene para que los despidos que va a realizar sean más baratos.
CASESA ni una cosa ni la otra, como se venía diciendo.
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Re: PROSEGUR

Notapor Vigileta » Mié Ene 29, 2014 8:32 am


Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Cryber, creo que te equivocas al decir que en el articulo 52 pone que te despiden por cualquier baja.

En este artículo se expone lo que no se considera ausencia laboral (a efectos de despido). Bajas médicas de màs de 20 días, enfermedades graves y accidente laboral, entre otras, no se consideran ausencia laboral.

Las que si se consideran ausencias son las intermitentes que superen un tanto por ciento de la jornada, es decir:
-Hoy me pongo de baja pq me duele la cabeza. Mañana voy a trabajar.
-Ahora me duele un pie, oye que no voy, cojo la baja. Ya voy en 2 días.
- Oye, que ahora he pillado catarro, ya voy mañana.
Estas bajas "Intermitentes" son las que entran en la posibilidad de despido, no las anteriores.

Lo pone en el artículo. No me lo invento.

Y le veo un poco de sentido a esto. Hoy vas a trabajar, mañana no, pasado sí... Aquí algo no cuadra. No le puede pasar todo siempre al mismo.

Lo que se puede hacer (en caso de querer echarle morro) en caso de bajas cortas e intermitentes para no ser despedido, es juntarlas todas en una sóla que dure más de 20 días, que esta pone que no se considera causa de despido (o ausencia laboral).

Un saludo
Vigileta
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Re: PROSEGUR

Notapor cryber » Mié Ene 29, 2014 9:02 am


Vigileta escribió:Cryber, creo que te equivocas al decir que en el articulo 52 pone que te despiden por cualquier baja.

En este artículo se expone lo que no se considera ausencia laboral (a efectos de despido). Bajas médicas de màs de 20 días, enfermedades graves y accidente laboral, entre otras, no se consideran ausencia laboral.

Las que si se consideran ausencias son las intermitentes que superen un tanto por ciento de la jornada, es decir:
-Hoy me pongo de baja pq me duele la cabeza. Mañana voy a trabajar.
-Ahora me duele un pie, oye que no voy, cojo la baja. Ya voy en 2 días.
- Oye, que ahora he pillado catarro, ya voy mañana.
Estas bajas "Intermitentes" son las que entran en la posibilidad de despido, no las anteriores.

Lo pone en el artículo. No me lo invento.

Y le veo un poco de sentido a esto. Hoy vas a trabajar, mañana no, pasado sí... Aquí algo no cuadra. No le puede pasar todo siempre al mismo.

Lo que se puede hacer (en caso de querer echarle morro) en caso de bajas cortas e intermitentes para no ser despedido, es juntarlas todas en una sóla que dure más de 20 días, que esta pone que no se considera causa de despido (o ausencia laboral).

Un saludo



Efectivamente y las excepciones las he subrayado y remarcado en negrita como podrás comprobar(además siempre que se cumplan los porcentajes que marca la ley)

cryber escribió:Señor VS, tenga usted la carta de despido por casuas objetivas, atendiendo a sus faltas justificadas al trabajo, con su correspondiente indemnización de 20 días por año hasta un máximo de 12 mensualidades:

Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

Artículo 52 Extinción del contrato por causas objetivas

El contrato podrá extinguirse:
d) Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.

No se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del párrafo anterior, las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de Salud, según proceda.

Tampoco se computarán las ausencias que obedezcan a un tratamiento médico de cáncer o enfermedad grave.
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Re: PROSEGUR

Notapor cryber » Mié Ene 29, 2014 9:06 am


Exteriores adjudica a Prosegur la seguridad del ministerio por 2 millones de euros
29/01/2014 | elconfidencialdigital.com
Dos días antes de conseguir el contrato, la compañía de vigilancia privada comunicó a la plantilla el despido de trabajadores en todos sus centros de España

El Ministerio de Asuntos Exteriores sale al rescate de Prosegur. Dos días después de comunicar un ERE a la plantilla, el departamento que dirige José Manuel García-Margallo le ha contratado para que se haga cargo del servicio de vigilancia y seguridad del ministerio.

Según ha sabido El Confidencial Digital de fuentes oficiales, la Junta de Contratación del ministerio ha adjudicado el contrato a la empresa líder de la seguridad privada en España.

Prosegur se encargará de prestar el servicio de vigilancia en las dependencias de Exteriores por casi 2 millones de euros. El contrato entre ambas partes se formalizó el pasado 19 de diciembre.

La adjudicación de este contrato se produce al mismo tiempo que la compañía ha anunciado “la intención de iniciar el procedimiento de Despido Colectivo”, aunque sin especificar cuántos de sus empleados en España abandonarán la empresa.

Otra gigante del sector, Securitas, también acaba de anunciar recientemente la apertura del proceso para descolgarse del convenio, lo que se traducirá en una reducción de las condiciones laborales y salariales de sus empleados.

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