Procedimiento incoado, pero no notificado

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Procedimiento incoado, pero no notificado

Notapor Pincho » Dom Ago 26, 2007 12:38 pm


A una persona con procedimiento de expulsión incoado hace un mes, pero no notificado (no sé el motivo), ¿se le puede detener?.
Pincho
 

Notapor COLT52 » Dom Ago 26, 2007 8:44 pm


Si su sitación es irregular, se puede detener en cualquier momento.-

Medida cautelar del Art. 61, PERO ojo, detención previa a la solicitud de internamiento.-

Por otro parte, es muy extraño lo que dices respecto a "incoado hace un mes, pero no notificado" , en el mismo instante en que se incoa se ha de notificar el Acuerdo.-
No conozco ningú motivo que sea diferente.-
Sólo conozco 2 cosas infinitas, el universo y la estupidez humana, aunque de lo primero no estoy muy seguro.
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Notapor Pincho » Lun Ago 27, 2007 2:39 pm


Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Ya recopilaré datos exactos y te comento. En principio en lo que sacamos de los archivos concretos (ya me imagino que sabes a cuales me refiero) ponia fecha de incoación, pero no habia fecha en la notificación. Ya te dare datos concretos. Gracias.
Pincho
 

Notapor COLT52 » Lun Ago 27, 2007 5:14 pm



60?
materialpolicial.com
Hay plantillas que solo ponen en "esos archivos" la incoación y pasan de la notificación a pesar de haberla hecho.-
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Notapor Pincho » Mié Ago 29, 2007 1:38 pm



intervencionpolicial.com
El procedimiento estaba incoado y notificado, pero como tu decias Colt52 no habían anotado la notificación.
Aunque el procedimiento esté en fase de alegaciones y no haya resolución entiendo que se podría detener siempre y cuando se solicitase a la vez internamiento?.-
Gracias.-
Pincho
 

Notapor serggy » Sab Sep 29, 2007 9:46 pm


Academia Acceso CNP

sector115.es
yo te comento mi experiencia, si nos venia un extranjero con una incoación(se supone notificada) se anotaba en el Libro Azul, por regla general
si por ejemplo interesa por cualquier razón ingresarlo en el C.I.E se le incoa y al C.I.E pero no es lo habitual.
Ten en cuenta que al incoarlo se pide plaza en C.I.E, como casi siempre te la deniegan( solo ingresan gente con decreto en vigor y prohibiones de entrada, repito por regla general) se dejaba en libertad a la espera que salga el Decreto.

si estoy equivocado que alguien me corrija, hablo desde mi experiencia en Madrid
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Notapor serggy » Sab Sep 29, 2007 9:48 pm


PD: cuidado con esas detenciones, porque hay jueces que se creen que si un extranjero tiene N.I.E esta legal en España
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Notapor Humberto » Jue Oct 04, 2007 5:30 pm


Curso Oposición a la Ertzaintza

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nola2hurtu.eus
HOLA:
Como la extranjería es mi “asignatura pendiente”, vamos que sé lo justito, os voy a preguntar lo siguiente:

Y qué ocurre si ese mismo extranjero tiene incoado y notificado un expediente de expulsión, pero está encartado (detenido por ejemplo “robo de vehículo”) en un Atestado policial, entiendo (desde mi ignorancia de preguntón) que en diligencias haríamos constar ésa notificación, así como su situación en España pero que quedaría de algún modo “en suspenso” hasta la vista del juicio (o decisión del Juez), o, por el contrario, ¿Seguiríamos con el procedimiento para su expulsión vía internamiento CIE ?.
Lo pregunto porque aunque nunca me ha pasado, si me ocurre, no tendría muy claro el procedimiento.

Gracias de antemano, sois los mejores, en especial COLT 52.

UN SALUDO
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Notapor COLT52 » Jue Oct 04, 2007 11:27 pm


Humberto escribió:HOLA:
Como la extranjería es mi “asignatura pendiente”, vamos que sé lo justito, os voy a preguntar lo siguiente:

Y qué ocurre si ese mismo extranjero tiene incoado y notificado un expediente de expulsión, pero está encartado (detenido por ejemplo “robo de vehículo”) en un Atestado policial, entiendo (desde mi ignorancia de preguntón) que en diligencias haríamos constar ésa notificación, así como su situación en España pero que quedaría de algún modo “en suspenso” hasta la vista del juicio (o decisión del Juez), o, por el contrario, ¿Seguiríamos con el procedimiento para su expulsión vía internamiento CIE ?.
Lo pregunto porque aunque nunca me ha pasado, si me ocurre, no tendría muy claro el procedimiento.

Gracias de antemano, sois los mejores, en especial COLT 52.

UN SALUDO


"Humberto" GRACIAS por tu consideración, gente como tu son los que hacen grande este Cuerpo.-

Sin más tonterias (anem per feina), en todo Atestado existe una diligencia que se llama DILIGENCA DE SITUACIÓN ADMINISTRATIVA, en esta, efectivamente se hace constar que el imputado se encuentra irregular en España, que tiene una resolución de expulsión PENDIENTE DE EJECUTAR, así como que es posible su expulsión.

No es necesario que sea juzgado, si la pena es inferior a 6 años, puede ser sustituida por la expulsión, previa audiencia del Ministerio Fiscal.

El Juez puede hacer un monton de cosas, entre otras, ordenar directamente el ingreso en CIE para su expulsión, ordenar su ingreso en prisión y a su vez ordenar a la UCRIF que se realicen gestiones para su expulsión o su puesta en libertad.

El hecho de que tenga una o cuarente causas judiciales pendiente no es ningún problema para ejecutar la expulsión, se solicita Autorización de todas ellas y pa su put. país
Última edición por COLT52 el Sab Abr 05, 2008 2:46 pm, editado 1 vez en total
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no asunto

Notapor zujh » Sab Abr 05, 2008 12:16 am


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Lo de que la incoación te figure grabada en adextra pero no la notificación de la misma puede pasar porque por ejemplo: tú detienes al extranjero el día catorce de mayo por la tarde noche, grabas la fecha de incoación pero no la de notificación, porque como se lo vas a notificar el día quince, el programa no te deja...y si al día siguiente, cuando se lo notificas....no te acuerdas de grabar la fecha de notificación...claro...luego no aparece.........
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Notapor COLT52 » Sab Abr 05, 2008 2:48 pm


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"zujh"

Yo el mismo día que grabo la incoación GRABO la notificación de la misma.-
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Procedimiento incoado, pero no notificado

Notapor rikart » Dom Abr 06, 2008 1:43 pm


Navaja Tactica Rui

militariapiel.es
Colt y que ocurre con el extranjero que despues de pasar a disposición judicial por un delito (pena inferior a 6 años) el juez en vez de juzgarlo por ese delito, decide que se expulse, lo ingresa en prision mientras la UCRIF realiza las gestiones pertinentes para su expulsion, PERO al final no se puede expulsar (por ejemplo no tiene pasaporte y el consul no lo documenta, o es de un país inexpulsable). ¿Que se hace con este extranjero? Se pone en Libertad sin más, o pasa de nuevo a disposición judicial para que decida el Juez si ingresa de nuevo en prisión o quede en Libertad hasta la celebración del Juicio como ocurre con el resto de detenidos.
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Re: Procedimiento incoado, pero no notificado

Notapor COLT52 » Dom Abr 06, 2008 7:47 pm


Curso Online ascenso a Oficial

joyfepolferes.es
rikart escribió:Colt y que ocurre con el extranjero que despues de pasar a disposición judicial por un delito (pena inferior a 6 años) el juez en vez de juzgarlo por ese delito, decide que se expulse, lo ingresa en prision mientras la UCRIF realiza las gestiones pertinentes para su expulsion, PERO al final no se puede expulsar (por ejemplo no tiene pasaporte y el consul no lo documenta, o es de un país inexpulsable). ¿Que se hace con este extranjero? Se pone en Libertad sin más, o pasa de nuevo a disposición judicial para que decida el Juez si ingresa de nuevo en prisión o quede en Libertad hasta la celebración del Juicio como ocurre con el resto de detenidos.


Si como dices, "el juez en vez de juzgarlo por ese delito, decide que se expulse, lo ingresa en prision mientras la UCRIF realiza las gestiones pertinentes para su expulsion", cuando quede clara la imposibilidad de documentar, se comunica al Juez que no se puede ejecutar la expulsión y que este haga lo que quiera, ese extranjero SIEMPRE ESTA A DISPOSICIÓN JUDICIAL, el que se este intentando de expulsar en aplicación del Art 89 del C.P., no quita que pueda continuar preventivamente en prisión como cualquier otro recluso.
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para Colt52

Notapor zujh » Jue Abr 10, 2008 8:49 pm


CNP Modelo Squad

gafaspolicia.com
Pues será que en nuestro Grupo somos todos unos inútiles y no lo grabamos.
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Re: para Colt52

Notapor COLT52 » Jue Abr 10, 2008 10:06 pm



foropolicia.es
zujh escribió:Pues será que en nuestro Grupo somos todos unos inútiles y no lo grabamos.



Perdona, yo no digo en ningún momento que tu o tu Grupo hagais nada mal, solo explico de la forma que lo hacemos en el mio.

Y en ningún momento te e faltado al respeto, ni a ti ni a tu Grupo.-
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