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Source815 escribió:¿Y el día del Pilar de 2013 hasta cuando se puede coger?
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Source815 escribió:¿Y el día del Pilar de 2013 hasta cuando se puede coger?
foropolicia.es |
Nights escribió:Se que puede sonar a una tontería pero si lo he entendido bien nos corresponde un día más de asuntos particulares correspondientes al 2013?
Lo digo porque ya me habían comentado que para el año que viene disfrutaríamos de un día más pero de este año no me habían comentado nada.
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Hogueras con sidra escribió:Source815 escribió:¿Y el día del Pilar de 2013 hasta cuando se puede coger?
imagino que como el resto de los 3 días de asuntos particulares, la fecha tope será el 31 de enero del 2014, como muchos años antes.
Por cierto, como este festivo que cayó en sábado tenemos 2 más de ámbito nacional en el 2014, el 1 de noviembre y el 6 de diciembre, por lo que nos deberían otorgar otros 2 días de AP.
tiotuso escribió:Source815 escribió:¿Y el día del Pilar de 2013 hasta cuando se puede coger?
Hasta el 31 de enero de 2014.
«9.7 A lo largo del año los empleados públicos tendrán derecho a disfrutar hasta cuatro días por asuntos particulares, sin perjuicio de la concesión de los restantes permisos y licencias establecidas en la normativa vigente. Tales días no podrán acumularse a los períodos de vacaciones anuales. El personal podrá distribuir dichos días a su conveniencia, previa autorización de sus superiores y respetando siempre las necesidades del servicio. Cuando por estas razones no sea posible disfrutar del mencionado permiso antes de finalizar el mes de diciembre, podrá concederse en los primeros quince días del mes de enero siguiente.
Sin perjuicio de lo anterior, y siempre que las necesidades del servicio lo permitan, los días por asuntos particulares así como, en su caso, los días de permiso previstos en el apartado siguiente, podrán acumularse a los días de vacaciones que se disfruten de forma independiente.»
[/quoteLokutus escribió:tiotuso escribió:Source815 escribió:¿Y el día del Pilar de 2013 hasta cuando se puede coger?
Hasta el 31 de enero de 2014.
Yo entiendo que no«9.7 A lo largo del año los empleados públicos tendrán derecho a disfrutar hasta cuatro días por asuntos particulares, sin perjuicio de la concesión de los restantes permisos y licencias establecidas en la normativa vigente. Tales días no podrán acumularse a los períodos de vacaciones anuales. El personal podrá distribuir dichos días a su conveniencia, previa autorización de sus superiores y respetando siempre las necesidades del servicio. Cuando por estas razones no sea posible disfrutar del mencionado permiso antes de finalizar el mes de diciembre, podrá concederse en los primeros quince días del mes de enero siguiente.
Sin perjuicio de lo anterior, y siempre que las necesidades del servicio lo permitan, los días por asuntos particulares así como, en su caso, los días de permiso previstos en el apartado siguiente, podrán acumularse a los días de vacaciones que se disfruten de forma independiente.»
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PoliciaPoli escribió:Entonces esto se suma al día del pilar y tenemos en 2013 cinco días de asuntos que podemos gastar hasta febrero??
Saludos.
Source815 escribió:Un placer leerte tiotuso, aportas información en cada post.
Por cierto, ¿tú sabes algo sobre la supuesta y futura nueva Jornada Laboral?
Un saludo.
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