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J-4 escribió:En mi servicio el delito de robo por mas de 400e. no está penado como tal!!
Resulta que el Sr. Juez decide penal por falta y robo de 520e. en material de Play Station, por que se juzga la pérdida real que le ha costado al Centro (menos de 300e.)
Si lo llego a esposar, se me cae encima el Habeas Corpus?
Total una multa y pa casa. Dos semanas después el mismo tipo aparece en el Centro y nos dice que tranquilos que viene a por el pan, que no lo hace dos veces en el mismo sitio.
Ahora vas y lo cascas!!!!
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metro123 escribió:J-4 escribió:En mi servicio el delito de robo por mas de 400e. no está penado como tal!!
Resulta que el Sr. Juez decide penal por falta y robo de 520e. en material de Play Station, por que se juzga la pérdida real que le ha costado al Centro (menos de 300e.)
Si lo llego a esposar, se me cae encima el Habeas Corpus?
Total una multa y pa casa. Dos semanas después el mismo tipo aparece en el Centro y nos dice que tranquilos que viene a por el pan, que no lo hace dos veces en el mismo sitio.
Ahora vas y lo cascas!!!!
Se esposa solo cuando es necesario. Y en el momento de ir a detener a alguien muchas veces tu no sabes si es falta o delito, normalmente, por lo que no hay problema en detenrla hasta que llegue la policia. Ya se ha discutido eso muchas veces en el foro.
Lo que si es interesante es la valoración del juez para referirse al valor del objeto no por su precio de venta sino de coste. ¿Tienes la sentencia?
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pantera66 escribió:metro123 escribió:J-4 escribió:En mi servicio el delito de robo por mas de 400e. no está penado como tal!!
Resulta que el Sr. Juez decide penal por falta y robo de 520e. en material de Play Station, por que se juzga la pérdida real que le ha costado al Centro (menos de 300e.)
Si lo llego a esposar, se me cae encima el Habeas Corpus?
Total una multa y pa casa. Dos semanas después el mismo tipo aparece en el Centro y nos dice que tranquilos que viene a por el pan, que no lo hace dos veces en el mismo sitio.
Ahora vas y lo cascas!!!!
Se esposa solo cuando es necesario. Y en el momento de ir a detener a alguien muchas veces tu no sabes si es falta o delito, normalmente, por lo que no hay problema en detenrla hasta que llegue la policia. Ya se ha discutido eso muchas veces en el foro.
Lo que si es interesante es la valoración del juez para referirse al valor del objeto no por su precio de venta sino de coste. ¿Tienes la sentencia?
El valor del objeto es lo que cuesta y punto, para tu actuacion claro esta, otra cosa es lo que comenta el compañero que me parece raro raro raro.
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J-4 escribió:He intentado que me dieran una copia de la sentencia, la tiene el Jefe de Patrimonio en los archivos del Centro pero me ha hecho muchas preguntas porque fueron él y mi jefe al juzgado. He pasado.
De todos modos la denuncia fué por 520e. en precio venta y el juez desestimó esa cantidad, siendo juzgado por la del coste real.
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zildijan escribió:Hola. me gustaría que me resolvierais unas dudas en cuanto a los hurtos y robos. cuando un hurto pasa a ser delito? en que casos?
Si en el acto del hurto en un centro comercial por ejemplo participan mas de una persona(ayudando a romper blister,portanto el bolso,vigilando..)eso es agravante? se imputan a las 2 personas por igual?se agrava por estar claro que han ido solo para eso con la idea del hurto y organizados? (como grupo organizado)
Y otra duda aprovechando el tema abierto: Si a una persona que se a cojido varias veces hurtando se la a denunciado (reincidente) no asistido a los juicios por tanto no a pagado la multa y los daños ocasionados a los productos, y sigue viniendo al mismo centro a realizar las mismas acciones.. no se la puede prohibir la entrada legalmente(todos sabemos mas o menos como actuar en estos casos y con quien) dado que el cliente a denunciado a esa persona y esa persona no a pagado los daños de otras veces ni asistido a juicios y además sigue ocasionandolos no cabe algo legal ai?
bueno gracias al que conteste un saludo!
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