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Pregunta de temario

Notapor DeNa » Lun Nov 27, 2006 5:59 pm



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Un extranjero mayor de edad, adoptado por español, puede adquirir la nacionalidad español:

a- En el plazo de dos años desde que concluya la dopcion. :saludo:

b- Por el ejercicio del derecho de opcion.

Yo diria que es la respuesta A pero en las soluciones pone B.Se han equivocado en la editorial o....yo??? :disgustado:
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Re: Pregunta de temario

Notapor portox » Lun Nov 27, 2006 6:22 pm


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La respuesta correcta es la B, no se ha equivocado la editorial, una vez que la adopción es efectiva, como es el caso ya que el planteamiento es que ya está adoptado por español, puede adquirir la nacionalidad inmediatamente y como opcion sin esperar ningún plazo, pues a todos los efectos es el hijo legal (como si fuera hijo natural)

Un saludo
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Notapor DeNa » Lun Nov 27, 2006 7:22 pm


OK pero........te pongo la teoria a ver si entiendes mi duda:

Adquisicion por adopcion:extranjero mayor de 18 años puede optar en el plazo de 2 años desde la adopcion.

Adquisicion por opcion:-Personas que estés o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español
-Personas cuyo padre/madre hubiera sido originariamente españoles y nacidos en España.


Osea...que según tú es por opción........porque pone que "puede optar"?????????


Gracias por contestarme y ayudar :victoria:
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Notapor Finito » Lun Nov 27, 2006 7:42 pm


Sí, es por opción.
Además lo de los dos años desde que "concluya" la adopcion suena sospechosamente mal...

Saludos
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