Problema en Expediente Sancionador

Consultas al usuario COLT52 sobre temas relacionados con Extranjeria Operativa

Moderador: Moderadores Zonales

Reglas del Foro
Este foro está CERRADO, visita y participa en nuestro nuevo foro en: https://www.foropolicia.es.

Por decisión de la administración en este foro ya no se podrán escribir temas ni mensajes nuevos y solo permanecerá abierto a efectos de consulta. Si quieres saber los motivos de este cambio pincha aquí.

Para cualquier información, pregunta o duda puedes enviarnos un e-mail a info@foropolicia.es

Problema en Expediente Sancionador

Notapor caharaias » Vie May 21, 2010 6:57 pm


Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
Buenas Tardes queridos compañeros, es la primera vez que escribo aqui y aprovecho para saludaros...ahi va mi problemilla...

Bien en las alegaciones de un Preferente 53.1 a) el abogado me expone que el extranjero (con varios antecedentes por robo fuerza y hurto) tiene en España esposa y 2 hijo nacidos en España, ambos menores figuran el pasaporte del padre y tienen el correspondiente libro de familia, uno de 3 años aportando Certificado Literal de nacimiento y otro de 16 meses inscrito en el Registro Civil. El primero de ellos se encuentra escolarizado y con una beca para el comedor.

La mujer tiene solicitada desde hace 1 mes autorización de residencia por causas excepcionales.

La pregunta es...¿hay forma de tumbar ese tipo de alegación o no queda otra que cambiar a ordinario/multa?
La verdad está ahi fuera...
caharaias
Nuevo usuario registrado
 
Mensajes: 2
Registrado: Vie May 21, 2010 6:45 pm

Re: Problema en Expediente Sancionador

Notapor cas » Vie May 21, 2010 8:02 pm



foropolicia.es
Buenas.

veo como dices que tiene varios antecedentes por delitos contra la propiedad, asi es que intuyo que le aplicaste el 63.1 letra c) orden publico. Bueno, en este caso, confirmame si tiene condena por delito en alguno de estas y por privado te dare el antidoto correspondiente.[/b] sino, mantengo el parrafo siguiente.

En fin, mi consejo es que lo pases a ordinario, y atendiendo expresamente a las circunstancias que expones, ordinario. En este caso debemos optar por mantener la expulsion o decidir la sanción pecuniaria. De nuevo en este caso me gustaría que me contestaras a la precision que te he pedido en el parrafo anterior para decantarme por una u otra.

PD De todas formas, cuidado con el tema del orden publico, dado que se trata de un termino algo ambiguo y falto de definición juridica concreta, y aun más difuso desde el punto de vista de su aplicación policial. Es aconsejable que a la hora de aplicar este termino lo hagamos atendiendo a las condenas judiciales y no a las detenciones policiales.

Eso es lo que haría yo, en tu caso concreto.

Un saludo, ****48278.
cas
-Policía en Prácticas-
-Policía en Prácticas-
 
Mensajes: 60
Registrado: Vie Dic 18, 2009 10:32 am

Re: Problema en Expediente Sancionador

Notapor COLT52 » Vie May 21, 2010 11:20 pm


Cartera Porta Placa Ertzaintza

Fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Apreciados, "jas" y "caharaias" (por cierto vaya nombrecito te has buscado tio)

Lamento desilusionaros, PERO, me temo que no es posible la expulsión del padre de un ciudadano ESPAÑOL, a pesar de que la Ley no contempla ninguna excepción por el hecho de ser padre de español, existen multitud de sentencias que protegen esa UNIDAD FAMILIAR.

¿sorprendido "caharaias"?

Nosotros los Instructores no tenemos la potestad sancionadora y por lo tanto podemos proponer lo que nos salga de los cojo...., PERO, trabajar por trabajar me parece que no esta bien je je je je .......................
Sólo conozco 2 cosas infinitas, el universo y la estupidez humana, aunque de lo primero no estoy muy seguro.
COLT52
Nivel: Alto -Inspector de Policía-
Nivel: Alto -Inspector de Policía-
 
Mensajes: 1182
Registrado: Jue Ago 17, 2006 5:04 pm
Ubicación: GIRONA T'ESTIMO.-

Re: Problema en Expediente Sancionador

Notapor cas » Sab May 22, 2010 9:31 am


buenas.

hombre Colt, igual te has pasado de frenada, suponiendo que los niños tienen la nacionalidad española. Yo sin embargo no lo he supuesto, dado que si bien, el compañero no lo ha precisado, y de hacerlo en ese sentido, estaría de acuerdo contigo, la realidad es que el nacer en España de padres extranjeros no otorga la nacionalidad española de origen a priori al ciudadano extranjero como muy bien sabes. Es también cierto, pare ser exhaustivo, que dicha nacionalidad de origen por nacimiento sí puede obtenerse si se está en alguna de las tres circunstancias que se regulan para ello y que seguro conoces y que no creo necesario reproducir ahora.

En fin, que tienes razón en tu afirmación pero no se si esta es aplicable al caso.

Si embargo y aun así piensa el siguiente caso. Imagina que, dicho extranjero, ha sido condenado por violencia domestica o de género y se la impuesto medida de alejamiento y no solo contra su mujer sino también contra sus hijos. En este caso tan concreto, si bien ya sabemos que el derecho de Familia esta por encima del de extranjería, opino que como instructor, dándose otras circunstancias de procedimiento obligadas, propondría para expulsión al sujeto.

Opino como tú que debemos de instruir siempre pensando no solo en lo que hacemos sino en las consecuencias de nuestra instrucción de cara a los posibles recursos que puedan presentarse tanto en vía administrativa como en contenciosa administrativa. En el caso que te planteo, si bien, cualquier variación sobre la situación inicial pudiera favorecer al extranjero y encontrar como desproporcionada nuestra propuesta, lo cierto, es que de darse esta situación objetiva al momento de la instrucción entiendo como proporcional la expulsión como medida a imponer.

Es ademas igual de cierto la existencia de las sentencias a las que aludes y que en definitiva expresan el pensamiento de la judicatura y del derecho al respecto de esta materia, pero tampoco debemos olvidar, y ahora haciendo ya un poco de demagogia, que en realidad cualquiera de la medidas que impongamos o propongamos en definitiva buscan el mismo objetivo, y es el abandono del extranjero del territorio español ya sea de forma obligada, ya sea de forma voluntaria. Así, si proponemos para sanción pecuniaria, al momento de notificársela le vamos a poner una salida obligatoria y si no la cumple, pues ya sabemos lo que dice la circular 8/07 de la empresa.

Como ves, me parece correcto no solo actuar en consonancia con la realidad jurídica y no solo por ser eficaz sino también porque ademas es de obligado cumplimiento por cuestiones de proporcionalidad y motivación entro otras, pero la realidad es que si la ley de exrtanjería hubiera querido regular que al padre de ciudadano español no se le puede expulsar lo hubiera regulado expresamente, y como bien sabes, todo lo que la ley no prohibe..............


un saludo . ****48278.

PD Colt donde te metes.
cas
-Policía en Prácticas-
-Policía en Prácticas-
 
Mensajes: 60
Registrado: Vie Dic 18, 2009 10:32 am

Re: Problema en Expediente Sancionador

Notapor caharaias » Mié May 26, 2010 8:39 am


hola queridos cas y colt52,
El expediente Preferente se lo incoamos aplicando el 63.1 a) "incoparecencia" y en las alegaciones ya justifique eso en funcion de la definicion que da la misma L.O. en el Art.62.1 por la "...existencia de condena o sanciones adm.previas y otros procesos penales o procedimientos adm. sancionadores pendientes." a parte de que le fue denegada 2 veces la autorización de residencia sin abandonar el pais.
En el tema de los hijo, creo que la cuestión está en que uno de ellos está escolarizado y ahi estoy estancado...
Gracias por la ayuda...

PD.: Colt52 me encanta tu nombre, jeje, eres un crack!
La verdad está ahi fuera...
caharaias
Nuevo usuario registrado
 
Mensajes: 2
Registrado: Vie May 21, 2010 6:45 pm


Volver a Extranjería Operativa

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 1 invitado

cron