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Queridos Macalpe y Kanus:
Yo si que tengo dos preguntas para vosotros; ¿de todos los espermatozoides, vosotros fuistes los primeros en cada fecundación? En segundo lugar, ¿quereis impresionarme?. Increíble. A ver, a continuación, os dejo el art 283 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para ver que dice de hacer funciones de policía judicial y quien asiste a las autoridades para perseguir delitos...
a seguir las instrucciones que de aquellas autoridades reciban a efectos de la investigación de los delitos y persecución de los delincuentes:
1.
Las autoridades administrativas encargadas de la seguridad pública y de la persecución de todos los delitos o de algunos especiales.
2.
Los empleados o subalternos de la policía de seguridad, cualquiera que sea su denominación.
3.
Los Alcaldes, Tenientes de Alcalde y Alcaldes de Barrio.
4.
Los Jefes, Oficiales e individuos de la Guardia Civil o de cualquier otra fuerza destinada a la persecución de malhechores.
5.
Los Serenos, Celadores y cualesquiera otros agentes municipales de policía urbana o rural.
6.
Los Guardas de montes, campos y sembrados, jurados o confirmados por la Administración.
7.
Los funcionarios del Cuerpo especial de prisiones.
8.
Los Agentes judiciales y los subalternos de los Tribunales y Juzgados.
9.
El personal dependiente de la Jefatura Central de Tráfico, encargado de la investigación técnica de los accidentes.
Si os fijais en el punto 7, dice que harán esas funciones de policia judicial los miembros del cuerpo especial de funcionarios de prisiones no el de ayudantes!! Que esta muy claro machos!! Respecto a las formas de ingreso en una prisión pueden ser por orden de la policía judicial, del ministerio fiscal o presentación voluntaria. No sé, creo que no hay más formas y, por supuesto, en el 16 del RP.
Respecto a reunir pruebas de la comisión de un delito y tomar declaración a los implicados Macalpe, tu me dirás donde se regula eso porque, por supuestísimo, los cometidos de un funcionario del cuerpo de ayudantes están muy claramente tipificados en la ley como todo en general. No obstante, tu me dirás donde están esas funciones que a lo mejor me equivoco. Respecto a ese galimatías o secuencia que se asemeja a la de Fibonacci que me has puesto Macalpe, del palo encriptación, secuencias de números y letras, etc., te recomiendo el Codigo Da Vinci, la Búsqueda o La Vida de los Otros, son novelas que luego se han adaptado al cine, lo que quieras pero no se que pueden tener que ver con el Derecho Penitenciario. De todos modos, bien es cierto, que no soy funcionario, que aun me queda mucho por estudiar y saber, pero de lo que sé estoy seguro y no me importa estudiar, me he dedicado toda mi vida a eso y he sacado mi carrera de cinco años. NO PROBLEM!!
Bueno gente superexperimentada, profesional y competente de instituciones penitenciarias (Macalpe y Kanus), muy instruidos en la sabía escuela de la vida y grandes conocedores de Kafka y Dostoiesvsky, sobretodo de este último, espero vuestra respuesta pronto.
Un cordial saludo!!