La Ley 10/1990 y su posterior desarrollo Reglamentario supusieron en su día una de las normativas punteras en materia de seguridad en espectáculos deportivos y algunas de las innovaciones que, como consecuencia de su desarrollo, se han implatado en los estadios valieron en su momento el reconocimiento internacional y su exportación a otros países de Europa y del resto del mundo. La Ley 53/2002 persiguió en su día adaptar su Título IX y ampliar su ámbito de aplicación a conductas que, violentas o no, incitaran o fomentasen los comportamientos xenófobos, racistas o terroristas.
Lay Ley 19/2007 procede ahora a la derogación de ese apartado para desarrollar un nuevo texto en el que se afronta la prevención y sanción de actos violentos y de comportamientos racistas, xenófobos e intolerantes, regulando todas las medidas de lucha contra la violencia en el ámbito deportivo.
Se establece un nuevo cuadro de infracciones, adecuado a las nuevas conductas ilícitas y, a diferencia del vigente, desglosado con arreglo a la condición del sujeto activo (organizador, espectador, otros sujetos, clubes y deportistas). Fija las condiciones de acceso y permanencia en el recinto con mayor precisión, medidas a adoptar en los controles de acceso...
No obstante, como no entrará en vigor hasta dentro de un mes, le daremos un repaso con más calma en los próximos días cuando termine el post específico sobre esta nueva Ley.
Es importante destacar que esta Ley profundiza en lo que ya había, como se puede observar en el cuadro que os dejo aquí, en el que se ve que casi todos los artículos derogados (en mayor o menor medida) tienen su reflejo en el nuevo texto.
Un saludo!
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