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plutonio58 escribió:Perdonad pero me olvidé con las prisas de mencionar que soy POlicía Local,saludos
Si eres Policía Local de Mallorca deberías saber que el tema de cursos de formación viene regulado en el Decreto 67/2007, dónde dice:
6. Valoración de los cursos de formación
Solamente se valorarán los cursos expedidos u homologados por el EBAP, por las universidades, escuelas universitarias y entidades promotoras de formación continua, así como los impartidos en otros centros de formación oficiales de seguridad pública o cualquier Administración pública, siempre que estén debidamente documentados y expedidos por la entidad.
En el caso que se presenten dudas sobre la puntuación que se ha de otorgar a algún certificado o sobre su validez, se podrá solicitar un informe a la Dirección General de Política Lingüística de la Consejería de Educación y Cultura.
6.1 Formación relacionada con el área profesional
La puntuación máxima de este apartado será de 4,5 puntos. Se deberán valorar, para cada puesto de trabajo, las acciones formativas siempre que estén directamente relacionadas con las funciones propias del puesto de trabajo al que se accede. En concreto, solamente se valorarán los cursos referidos a las áreas profesionales de policía, seguridad, emergencias y salvamento, de acuerdo con los criterios que se indican a continuación:
Por cada certificado de aprovechamiento: 0,005 puntos por hora.
Por cada certificado de asistencia: 0,0025 puntos por hora.
Por a cada certificado de impartición de cursos de acciones formativas relacionadas con las funciones propias del puesto de trabajo al que se accede: 0,0075 puntos por hora.
6.2. Formación no relacionada con el área profesional.
La puntuación máxima de este apartado será de 2 puntos, con la puntuación que se indica a continuación:
Por cada certificado de aprovechamiento: 0,005 puntos por hora.
Por cada certificado de asistencia: 0,0025 puntos por hora.
Un saludo!