Expediente preferente con Multa

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Re: Expediente preferente con Multa

Notapor COLT52 » Dom Mar 29, 2009 10:26 pm



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rikart escribió:Eso mismo he expuesto anteriormente, y me dicen que le incoe un expediente de expulsión preferente ( donde se contempla la detención) y en la propuesta lo cambie a Multa. Pero el problema es que nosotros la propuesta no se la notificamos al abogado, en mi Comisaria le notificamos la incoacion y luego con las alegaciones del abogado lo remitimos a la Subdelegación donde en todo caso lo proponemos para Multa, y la Subdelegación luego resuelve dependiento de las circunstancias.
Yo pienso que porque se haya detenido en un caso que sea más idóneo para Multa, se puede dejar en Libertad e incoarle un expediente de Multa. Se lo comunicas al Juez mediante un Oficio con la Lectura de Derechos, y pienso que puede ser incluso más correcto. Al fin y al cabo ese extranjero se encontraba irregular, donde la ley dice que se puede detener según el Art) 53 a). No ha pasado nada cuando antes siempre en mi Comisaria incoabamos expediente de expulsion preferente en todos los casos cuando en algunos hubiese sido más correcto proponerlos para una Sancion de Multa, pues menos ahora, puesto que se encuentra irregular, se le han leído sus derechos, y tu eso se lo has notificado al extranjero y al juez en un Oficio su puesta en Libertad. Es más , si alguna vez me ha pedido explicaciones el Juzgado ha sido de porque le pido el Internamiento de ese extranjero, nunca en ningún caso de haberlo dejado en Libertad después de incoarle un expediente.

Ojo no por eso estoy deacuerdo en que la G.C., detengan por Estancia Irregular cuando perfectamente lo pueden trasladar directamente a Comisaría con una Minuta o Escrito donde explican el motivo de ese traslado. Pero donde manda Capitán no manda marinero.

Ah y la solicitud de Internamiento es una medida cautelar que no es obligatorio solicitar al juez porque le hayas incoado un expediente de expulsión preferente, incluso tienes que motivar esa solicitud de internamiento para que te la conceda el Juez (Que se encuentre indocumentado, no tenga domicilio conocido, tenga antecedentes policiales o penales.....)
Osea, no es que como me lo han presentado detenido ahora obligatoriamente le tengo que incoar un expediente de expulsión preferente, y obligatoriamente pedirle CIE. Esa es al menos mi opinión y conclusión que he llegado finalmente, por sentido común y más práctico.

"rikart"
En primer lugar quiero hacerte llegar mis respetos, porque te leo y veo que eres un tio inquieto y que te interesas por la matería, que por cierto a mi me apasiona.

Bueno al tajo, "rikart", la ley 4/2000 no dice en ningún lado que se pueda detener en aplicación del Art. 53 a), la Ley habla de detención como medida cautelar del Art. 61 "Desde el momento en que se incoe un procedimiento sancionador en el que pueda proponerse la expulsión, el instructor, a fin de asegurar la resolución final que pudiera recaer," ¿estamos de acuerdo verdad?.

OTRA, Tu como Instructor tienes la capacidad para aplicar lo que quieras, en función de lo que tengas delante, (estancia irregular por los motivos del 53 a)), pues perfecto, detienes, solicitas CIE, o no, y elevas pa propuesta a la AUTORIDAD SANCIONADORA, que es el que resolverá, esta Autoridad puede hacer lo que crea conveniente, MULTA o EXPULSIÓN, en definitiva, tus has detenido de forma correcta, PERO, ahora vamos a ser personas, policias o funsionarios que piensan y que toman decisiones con responsabilidad, ¿que te parecería si despues del ingreso en CIE por esa estancia irregular, el Subdelegado resolviera LA MULTA en vez de la expulsión en base al famoso Art. 57.1? no solo quiero que te hagas esa pregunta, quiero hacerte otra más ¿con que cara le solicitaras al Juez el CESE del internamiento en base al cambio de la expulsión por la multa? o mejor dicho ¿con que cara le solicitaras otro ingreso en CIE? ¿tu crees que el mismo juez te lo concederá?.

Bueno de momento te dejo esta primera parte para que lo pienses, despues continuo.
Sin acritud, je je je .........................................
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Re: Expediente preferente con Multa

Notapor rikart » Lun Mar 30, 2009 1:26 am


Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Efectivamente Colt, igual me has interpretado mal, o yo no me he explicado bien. Yo no estoy deacuerdo con que la G.C. detengan a ningun extranjero puesto que ellos desconocen que existe la posibilidad de que se le tramite un expediente ordinario de Multa donde no se contempla la detención.

Por eso digo que si me lo presentan ya detenido yo no voy a incoar un expediente de expulsión preferente y menos aún pedirle CIE. Nosotros cuando pedimos CIE a un extranjero, es cuando ese extranjero o tiene ya resolución de expulsíon de la Subdelegación, o porque tiene antecedentes policiales y/o penales , o porque se encuentra indocumentado y carece de arraigo y vinculos familiares, ....Y ademas en el expediente incoado hacemos mención a esas circunstancias para que no nos ocurra lo que tu comentas.

Para eso también el Juez te tiene que autorizar el internamiento y te puedo asegurar que no te lo conceden tan facil donde yo estoy, incluso aunque se lo solicites con antecedentes, indocumentado, sin vinculos familiares a veces también te lo deniegan. Incluso hay juzgados que no te conceden ninguno.

Somos conscientes al menos en mi Comisaría y ahora más aún, de que tenemos que utilizar los dos tipos de expedientes. Lo que pasa es que hay una detencion previa que es cuando una patrulla del CNP, o G.C o P.L te lo presenta en el GOE, unas veces te lo presentan a efectos de identificación como deberia ser y otras veces, en fin de semana o por la noche te lo presentan detenido. Y luego nosotros como Instructores del expediente bien lo dejamos en Libertad o continuaremos con su detención porque le vamos a Solicitar CIE. y el Ordinario de Multa lo voy a utilizar aunque me lo hayan presentado detenido si le corresponde incoarle este tipo de expediente, se lo explicaré´eso sí mediante Oficio al Juez su puesta en Libertad adjuntándole la lectura de derechos efectuada por la Patrulla cnp o gc, informándole que acto seguido se le ha incoado el correspondiente expediente sancionador(Multa o Expulsión) puesto que puede ser también que lo deje en Libertad con un expediente de expulsión por no pedirle CIE, bien porque no hay plazas en el CIE, u otros motivos.

Que solución tengo sino para cuando me encuentro un Lunes, con un detenido extranjero en fin de semana. No obligatoriamente le voy a proponer para expulsión con solicitud de Internamiento en CIE.

Colt soy consciente de la responsabilidad como Instructor o Secretario se tiene de un Expediente, y amí también me gustaria que se llevara más cuidado a la hora de detener a un extranjero, pero son los que patrullan en la calle los que deciden (Domingo, Festivo o por la noche) y a ellos son a los que hay que explicarles que no siempre tienen que detener, que se les puede retener el pasaporte y citar en Comisaria , pero si los Jefes no quieren eso, que podemos hacer nosotros. Luego por encima de mi Jefe hay otros Jefes que todavían entienden menos esta materia, y hay esta el problema.

Gracias de todas formas por tus consejos.
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Re: Expediente preferente con Multa

Notapor COLT52 » Mar Mar 31, 2009 12:04 am


rikart escribió:Colt soy consciente de la responsabilidad como Instructor o Secretario se tiene de un Expediente, y amí también me gustaria que se llevara más cuidado a la hora de detener a un extranjero, pero son los que patrullan en la calle los que deciden (Domingo, Festivo o por la noche) y a ellos son a los que hay que explicarles que no siempre tienen que detener, que se les puede retener el pasaporte y citar en Comisaria , pero si los Jefes no quieren eso, que podemos hacer nosotros. Luego por encima de mi Jefe hay otros Jefes que todavían entienden menos esta materia, y hay esta el problema.

Gracias de todas formas por tus consejos.


Amigo "rikart" no son consejos son mis interpretaciones, que pueden NO SER las mas adecuadas.

Por otro lado ¡ojo! con la retirada de pasaporte, eso es una medida cautelar que solo se puede tomar en aplicación del Art. 61 "1. Desde el momento en que se incoe un procedimiento sancionador en el que pueda proponerse la expulsión, el instructor, a fin de asegurar la resolución final que pudiera recaer, podrá adoptar alguna de las siguientes medidas cautelares:"

Tambien me gustaria que prestaras atención en este párrafo del Art. en particular donde dice "Desde el momento en que se incoe" debemos interpretar entonces que no es necesario que yaha recaido RESOLUCIÓN DE EXPULSIÓN ya que precisamente la medida cutelar te indica desde que momento podemos solicitar enl ingreso en CIE.-

Sigue así, vas muy bien.-
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Re: Expediente preferente con Multa

Notapor COLT52 » Mar Mar 31, 2009 12:05 am


rikart escribió:Colt soy consciente de la responsabilidad como Instructor o Secretario se tiene de un Expediente, y amí también me gustaria que se llevara más cuidado a la hora de detener a un extranjero, pero son los que patrullan en la calle los que deciden (Domingo, Festivo o por la noche) y a ellos son a los que hay que explicarles que no siempre tienen que detener, que se les puede retener el pasaporte y citar en Comisaria , pero si los Jefes no quieren eso, que podemos hacer nosotros. Luego por encima de mi Jefe hay otros Jefes que todavían entienden menos esta materia, y hay esta el problema.

Gracias de todas formas por tus consejos.


Amigo "rikart" no son consejos son mis interpretaciones, que pueden NO SER las mas adecuadas.

Por otro lado ¡ojo! con la retirada de pasaporte, eso es una medida cautelar que solo se puede tomar en aplicación del Art. 61 "1. Desde el momento en que se incoe un procedimiento sancionador en el que pueda proponerse la expulsión, el instructor, a fin de asegurar la resolución final que pudiera recaer, podrá adoptar alguna de las siguientes medidas cautelares" por lo tanto no se puede retirar si no has iniciado el expte.-

Tambien me gustaria que prestaras atención en este párrafo del Art. en particular donde dice "Desde el momento en que se incoe" debemos interpretar entonces que no es necesario que haya recaido RESOLUCIÓN DE EXPULSIÓN ya que precisamente la medida cutelar te indica desde que momento podemos solicitar enl ingreso en CIE.-

Sigue así, vas muy bien.-
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Re: Expediente preferente con Multa

Notapor rikart » Mar Mar 31, 2009 4:36 pm


Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Nosotros en mi Grupo, cuando realizamos un control de Extranjería en la via publica, y nos encontramos con un extranjero con pasaporte, sello de entrada, y que carece de antecedentes policiales/penales, que es un caso que le corresponde un expediente de sancion de multa. No lo voy a detener, ni tampoco me puedo ir a trasladarlo a efectos de identificación para sancionarle con una Multa, hasta que finalice el Control de Extranjeria, puesto que a veces ese Control lo realizamos lejos de donde se encuentra Comisaría. Pienso que en este caso es más "legal" retirarle el pasaporte y citarlo en Comisaría al otro día, haciéndole entrega de una citacion .

También soy consciente de que podría decirle al Extranjero que se tiene que esperar con el resto de detenidos hasta que finalice el Control, pero eso parece más ya una detención que todavía me parece peor.

Además lo citamos para el otro día, o por la tarde si el control lo hemos realizado por la mañana, y le explicamos el motivo por el cual se le retira , y que ese pasaporte se lo vamos a devolver.

Ya sé Colt que la retirada de pasaporte se contempla como una de las posibles medidas cautelares que se pueden tomar después de incoarles un expediente, y así lo hacemos cuando no procede solicitar el internamiento al Juzgado y lo dejamos en Libertad hasta que la Subdelegación resuelva , o bien porque el Juzgado no ha autorizado su Internamiento.

Solo decirte que me gusta intercambiar opiniones en este foro, y os agradezco a todos, a ti Colt a Murguinson, Zulj, jjmm, ...se nota que os gusta como amí este trabajo, a veces algo complicado, pienso que esta Ley que tenemos actualmente de Extranjería necesita más de una modificación.
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Re: Expediente preferente con Multa

Notapor COLT52 » Mar Mar 31, 2009 4:59 pm


Fundas De Pernera

Para servicios en moto
materialpolicial.com
Es ILEGAL retirar el pasaporte de la forma que lo haceis "rikart".
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Re: Expediente preferente con Multa

Notapor rikart » Mar Mar 31, 2009 10:10 pm



intervencionpolicial.com
Colt, más ilegal es que los abogados se queden con el pasaporte de muchos de ellos, con la escusa de que lo necesitan para regularizar al extranjero, y te presentan una fotocopia. O que se detengan para luego proponerles para una sanción de Multa.
De todas formas Colt cada plantilla trabaja de una forma más o menos correcta, se intenta trabajar de la forma más practica y menos perjudicial para el extranjero. Yo considero que no es ilegal puesto que esa persona se encuentra en Estancia Irregular, y tu le informas del motivo y que lo citas en Comisaría para sancionarle con una Multa.
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Re: Expediente preferente con Multa

Notapor COLT52 » Mié Abr 01, 2009 11:27 pm


Academia Acceso CNP

sector115.es
Perdona "rikart", te sigo diciendo que esa retirada de pasaporte para mi es ILEGAL.

La retirada de pasaporte es una de las medidas cuatelares del Art. 61:
"1. Desde el momento en que se incoe un procedimiento sancionador en el que pueda proponerse la expulsión, el instructor, a fin de asegurar la resolución final que pudiera recaer, podrá adoptar alguna de las siguientes medidas cautelares:
a) Presentación periódica ante las autoridades competentes.
b) Residencia obligatoria en determinado lugar.
c) Retirada del pasaporte o documento acreditativo de su nacionalidad, previa entrega al interesado del resguardo acreditativo de tal medida.
d) Detención cautelar, por la autoridad gubernativa o sus agentes, por un período máximo de setenta y dos horas, previas a la solicitud de internamiento.
En cualquier otro supuesto de detención, la puesta a disposición judicial se producirá en un plazo no superior a setenta y dos horas."

Mi querido amigo "rikart" no es un problema de como trabaja cada plantilla, es un problema de trabajar dentro de la legalidad o no, (insisto en que esta es mi opinión).-

Y continuo dando mi opinión, si el abogado se queda con el pasaporte porque el propietario del mismo se lo deposita, en mi criterio NO COMETE ILEGALIDAD ALGUNA ya que se lo queda a petición del propietario del mismo.
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Re: Expediente preferente con Multa

Notapor rikart » Jue Abr 02, 2009 4:43 pm


Colt puede que tengas razón, pero más ilegal me parece que se detenga a un extranjero en situación irregular cuando le corresponde una sanción de multa. Y ese momento que tu comentas pocas veces se me dan , pues la mayoria me lo presentan ya detenido , como nos ocurre con la Guardia Civil. De todas formas tengo en cuenta tu opinión.

Oye al hilo de todo esto que se esta comentando, que responsabilidad tendríamos nosotros si la Guardia Civil de nuestra zona nos presentan un Domingo a un detenido extranjero por Estancia Irregular, con su atestado donde dicen que antes de su detención lo han consultado con Sala de otra Comisaria, y los compañeros de la ODAC de mi Comisaria que tienen instrucciones de mi Jefe de que admitan a todo detenido por Estancia Irregular de la Guardia Civil, admitiesen a ese detenido, y luego nosotros el Lunes comprobamos que ese Extranjero le consta una Residencia solicitada pendiente de concesión, por poner un ejempo, y por tanto ha sido detenido ilegalmente. Hombre yo tengo claro que en el Oficio que le remito aL Juez le voy hacer constar el motivo de la Puesta en Libertad de ese Extranjero, porque se produce , y adjuntandole la Lectura de Derechos de la Guardia Civil.

Mi opinión es que son responsables la G.C, pero no estoy seguro ,ya que en el Atestado que hacen ellos y que también remiten al Juzgado, hacen constar que han consultado la situacion de ese extranjero previamente por telefono con una Comisaría (que no es la nuestra), y que por dicho motivo nos lo presentan detenido.

¿Que opinión tienes tu Colt?
¿Tendríamos nosotros alguna responsabilidad por admitir a ese detenido e ingrese en los Calabozos de Comisaría?

Parece como si detener a un Extranjero Irregular fuera que han detenido a un Delincuente. Para mi es un Delincuente un Extranjero que ha cometido un Delito, aunque posea Residencia, y sin embargo a este no se le puede expulsar, o es más complicado, ya que hay que esperar a que no se la renueven, que no sea un delito grave, que no tenga vinculos familiares directos (Hijos o Esposa)...Mi opinión es que la Ley actual de extranjería se encuentra obsoleta, y no acorde con los tiempos que corren de crisis.
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Re: Expediente preferente con Multa

Notapor Basico » Vie Abr 03, 2009 7:51 pm


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nola2hurtu.eus
yo estoy con colt.
Sólo le retirar el pasaporte el Instructor del expediente para asegurar la posible expulsion. Si no le vas a pedir expulsion ¿ para que le retiras el pasaporte?. Otra cosa le tendrás que entregar un documento de retirada y una fotocopia compulsada del mismo.
Y tanto si lo haces como si no lo haces, al final de mes cobras lo mismo. Cuando vengan mal dadas verás como tu jefe hace "mutis por el foro".
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Re: Expediente preferente con Multa

Notapor rikart » Dom Abr 05, 2009 12:19 am


Tendre en cuenta vuestras consideraciones, pues me parecen a pesar de todo , correctas.
Aunque me preocupa más que se pueda producir una Detención Ilegal de un Extranjero.
Se que hay que procurar hacer lo más correcto, y por eso expongo aquí mis dudas u opiniones.
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