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Soy Mosso d'Esquadra y tengo la siguiente duda:
Cuando detenemos un extranjero no comunitario, en el atestado policial hemos de reflejar si su situación administrativa en el pais es "regular" o "irregular".
Mi duda empieza cuando el detenido tiene permiso de residencia en vigor, según su documentación.
Algunos compañeros me dicen que aún con el permiso en vigor debemos hacer consulta a UCRIF, porque el detenido puede tener algo pendiente por extranjería.Otros piensan que no es necesario hacer la consulta si el permiso de residencia está en vigor.
Si algún compañero del CNP me puede aclarar la duda, le estaría muy agradecido.
Otra pregunta, si aún con el permiso de residencia en vigor, tiene algo pendiente por extrangería, ¿le saltaría algún señalamiento cuando se pasa la filiación, no?.
Gracias.