Tarjeta Caducada con billete de vuelta a su pais?

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Tarjeta Caducada con billete de vuelta a su pais?

Notapor Nights » Dom Mar 01, 2009 12:29 pm


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sector115.es
Siento no haberme explicado bien pero es que no me cabe...jajaja.
Me refiero a si pillamos a un extranjero con carta de invitacion o permiso caducado,y le incoamos un expediente de expulsion...
Digamos que presenta un billete de vuelta...
-Hasta cuando tiene de plazo para presentar un billete de vuelta a su país?
-Lo puede presentar en las 48 horas que tiene su abogado para las alegaciones?
-Cambia mucho si lo ha comprado una vez le incoamos el expediente de si lo ha comprado antes de que lo pillaramos?
-Se paraliza el tramite o se anula?

Gracias y un saludo!!
Nights
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Re: Tarjeta Caducada con billete de vuelta a su pais?

Notapor praetorian » Dom Mar 01, 2009 2:12 pm


Nights escribió:Siento no haberme explicado bien pero es que no me cabe...jajaja.
Me refiero a si pillamos a un extranjero con carta de invitacion o permiso caducado,y le incoamos un expediente de expulsion...
Digamos que presenta un billete de vuelta...
-Hasta cuando tiene de plazo para presentar un billete de vuelta a su país?
-Lo puede presentar en las 48 horas que tiene su abogado para las alegaciones?
-Cambia mucho si lo ha comprado una vez le incoamos el expediente de si lo ha comprado antes de que lo pillaramos?
-Se paraliza el tramite o se anula?

Gracias y un saludo!!


Y sigues sin explicarte, estas mezclando "churras con merinas".
¿Permiso?, ¿te refieres a Permiso de residencia?, si es así, una vez caducado tiene un plazo de tres meses para renovar, mientras tanto solo se le sancionaría con multa, a partir de los tres meses entraría en situación irregular.
Si es referente a caducidad de la estancia (que creo que sí), Pasaporte con o sin visado (depende de si le es necesario), si ha caducado estaría en situación irregular.
Que lo identificas y te enseña billete de vuelta para su país, pues hombre ... sentido común, si se va a ir, para qué incoar expediente de expulsión, ten en cuenta que la detención es siempre una medida extraordinaria.
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Re: Tarjeta Caducada con billete de vuelta a su pais?

Notapor Nights » Dom Mar 01, 2009 6:24 pm


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A ver, yo me refiero a cuando un extranjero está IRREGULAR, ya sea por un motivo o por otro.
Pongamos que se le ha iniciado el expediente, su abogado tiene 48 horas para presentar las alegaciones.Si nos muestra un billete comprado en esas 48 horas que pasa?Somos nosotros mismos los que paralizamos el proceso?Y en el caso de que se haya enviado el expediente a Subdelegación...Puede su abogado enviar allí una copia del billete para paralizar el proceso?
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Re: Tarjeta Caducada con billete de vuelta a su pais?

Notapor MURGUINSON » Dom Mar 01, 2009 7:15 pm


....pues lo que puedes hacer es imponerle una salida obligatoria con el sello preceptivo y grabacion en Adexttra. Una vez pasado el plazo sin que lo haga = expulsión.
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Re: Tarjeta Caducada con billete de vuelta a su pais?

Notapor COLT52 » Dom Mar 01, 2009 8:07 pm


Carteras Portaplaca Desde 9?

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desenfunda.com
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Re: Tarjeta Caducada con billete de vuelta a su pais?

Notapor Nights » Dom Mar 01, 2009 8:47 pm


Sioen Ballistic Protection

Proteccion balistica anticorte y punzon
uspsuministros.com
Y eso?????

Pues hombre, soy Policia Nacional.Estoy en un grupo de extranjeros, pero bueno, sin estar "catalogado" como tal...En cuanto a mi rango pues soy Policia y no tengo un superior directo que pueda responderme a mis dudas...que como veras son muchas.
Lo dices por los ejemplos que pongo?Son situaciones que me/nos han pasado y las cuales tengo/tenemos que abordar sin alguien que nos diga...Haz esto o haz lo otro.
Pienso que en ocasiones nos "comemos marrones" que por nuestro rango nos sobrepasan...
Resumiendo:
-Por la labor que desempeño debería/mos cobrar más.
-Por tooooodo el trabajo que hacemos lo mínimo sería constar en el catalogo.
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Re: Tarjeta Caducada con billete de vuelta a su pais?

Notapor rikart » Lun Mar 02, 2009 12:20 am


Chaleco Tactico Policia

militariapiel.es
Yo también haría lo de Murguison, le pondria una Salida Obligatoria en su pasaporte, con una Diligencia de Notificación y se la grabo en Adextra, y el Expediente Incoado si ya le he grabado la incoación y todavía no se lo he enviado a la Subdelegación se lo Archivo sin más. Si lo he enviado ya a la Subdelegación , será el abogado quien tendra que mediante un recurso de reposición presentarlo ante la Subdelegación del Gobierno para que lo Archive o cambie por Multa. Oye Nigts lo que te pasa a tí en tu Comisaría también me pasa en la mía, al ser una Comisaría Local, tampoco entiendo porque no catalogan a los que desempeñamos esa función como Policias. Sin embargo no entiendo porque en Cientifica si se encuentran catalogados. Tampoco tenemos ahora nosotros Jefe de Extranjeria que tendrá que ser según el último catálogo aprobado Inspector Jefe.
rikart
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