INCOAR NUEVO EXPEDIENTE DE EXPULSION

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Re: INCOAR NUEVO EXPEDIENTE DE EXPULSION

Notapor COLT52 » Mar Feb 10, 2009 1:38 am


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"praetorian"
Te lo voy a poner facil (sin acritud)

La PRESCRIPCIÓN, empieza a contar a partir de la Notificación de la resolución (Sentencia o Decreto)

ejemplo: Si la prohibición de entrada es de 5 años le sumaremos los 2 años de la falta grave = 7 años.-

Lo que quiere decir que el tiempo de PRESCRIPCIÓN irá en función de la P.E. resuelta por la Autoridad competente para resolver y en la categoria de la falta.-

Es mi opinión, PERO, puedo estar equivocado, je je je.................
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Re: INCOAR NUEVO EXPEDIENTE DE EXPULSION

Notapor praetorian » Mié Feb 11, 2009 1:48 am


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COLT52 escribió:"praetorian"
Te lo voy a poner facil (sin acritud)

La PRESCRIPCIÓN, empieza a contar a partir de la Notificación de la resolución (Sentencia o Decreto)

ejemplo: Si la prohibición de entrada es de 5 años le sumaremos los 2 años de la falta grave = 7 años.-

Lo que quiere decir que el tiempo de PRESCRIPCIÓN irá en función de la P.E. resuelta por la Autoridad competente para resolver y en la categoria de la falta.-

Es mi opinión, PERO, puedo estar equivocado, je je je.................


Tampoco lo pusiste difícil, ya que me preguntaste por la "prescripción" y ya ves que sí.
El caso que comentas sz correcto así 5+2=7, al igual que: ... "Lo que quiere decir que el tiempo de PRESCRIPCIÓN irá en función de la P.E. resuelta por la Autoridad competente para resolver y en la categoria de la falta."

El "error", que yo no especifique que me refería a la sanción mínima que conlleva la prohibición de entrada (es 3 años ¿no? .... ), en ese caso creo que el plazo sería 3+2=5.

«Artículo 58. Efectos de la expulsión y devolución.
1. Toda expulsión llevará consigo la prohibición de entrada en territorio español por un período mínimo de tres años y máximo de diez.

Es mi opinión, PERO, puedo estar equivocado, je je je..............., un saludo compañero y gracias por el matiz. :D
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Re: INCOAR NUEVO EXPEDIENTE DE EXPULSION

Notapor jjmm » Vie Feb 13, 2009 11:44 pm


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Hecho. Incoado expediente de expulsión por infracción del 53a), con auto de suspension de anterior resolución de expulsión. A ver que pasa.
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