Aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid y para que quede claro, me he entretenido un rato.
Resumen Histórico• 1748, Fernando VI, dicta una ordenanza que en su art. 25 nombra a los “Guardas de Campo y Monte con ese titulo, o el de Celadores, ordenándoles que prendan, denuncien a los taladores, causantes de incendios, introductores de ganados en plantíos procurando que dichos guardas sean hombres de buena opinión, fama y costumbres”.
• 1762, El rey Carlos III, sanciona una Real Orden, por la que se crea la compañía de Fusileros Guardabosques Reales.
• En el año 1866, siendo reina Isabel II ejercían acción vigilante en los montes. la Guardería Rural, los Guardas Mayores, los Guardas del Monte del Estado y la Guardia Civil.
•
Alfonso XII en el año 1876, cesa todas las guardarías y deja corno vigilantes de monte únicamente a la Guardia Civil. (Dato fundamental CESA A TODAS LAS GUARDERÍAS).
• 1877, Alfonso XII nombra a los Capataces de Cultivo mediante la ley de Repoblaciones Forestales (Autentico embrión del Cuerpo de Guardería Forestal).
• 1907, se hace preciso un Cuerpo de que se ocupe de los montes y se crea, sustituyendo a los Capataces de Cultivo, el Cuerpo de Guardería Forestal del Estado.
• 1912, se regula profesionalmente a dicho cuerpo mediante Reglamento Profesional.
• Durante la 2ª Republica, se constituye el Patrimonio Forestal del Estado. Los miembros del Cuerpo de Guardería Forestal Republicana serán considerados Funcionarios Públicos y Auxiliares de Orden Público.
• 1966 mediante Decreto 2481/1966 se pública el Reglamento del Cuerpo Especial de la Guardería Forestal del Estado, última regulación profesional como Cuerpo Estatal.
• 1972, el Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ICONA) crea la Escala de Guardas Forestales.
• 1978 por el Real Decreto 609/1978, los miembros del cuerpo dejan de llamarse “Guardas Forestales” y en lo sucesivo pasan a denominarse “Agentes Forestales”.
• 1985, se producen las transferencia a las CCAA. Comienzan 17 historias, para los diferentes cuerpos autonómicos.
Nota muy interesante, para los que nos tachan de pistolos, ojo del reglamento de 1966: Decreto de septiembre de 1966 (BOE 8 de octubre de 1966) que aunque caduco y trasnochado, aún sigue vigente, para mostrar el carácter que éste asigna al Agente Forestal.
Art. 45: “Todos los miembros del Cuerpo de la Guardería Forestal, tendrán el carácter de Agentes de la Autoridad, siempre que se encuentren de servicio auxiliarán a los servicios de vigilancia y seguridad Estado,
y portarán en acto de servicio el armamento reglamentario.”Art. 46:
“Los Guardas, como agentes la autoridad y como miembros de la policía judicial, tienen el deber de intervenir en todos los hechos justiciables.”Para el que crea que acabamos de aparecer y nuestra función policial es nueva, a aprender de la historia para afrontar el futuro. Que no quepa duda, siempre fuimos lo que hoy somos.
y la necesidad que Alfonso XII vio de una policía especial de montes hoy esta más vigente que nunca.
Un saludo
Nota: Pitigoku, o tienes un lio muy grande o no te entendemos...