Seguridad vial en los puertos

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Seguridad vial en los puertos

Notapor Atolon » Dom Oct 05, 2008 9:37 pm


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Hola a todos , soy un policia portuario de la Autoridad portuaria de Almeria. Y me gustaria recopilar informacion sobre la aplicacion de la Ley de Seguridad vial (asi como sus códigos) en las zonas de servicio de los diferentes puertos.
Actualmente, en el puerto de Almeria, aunque tenemos reconocidas por convenio competencias sobre Tráfico y Seguridad vial, la aplicación práctica se basa en la aplicación (valga la redundancia) del Reglamento de servicio y Policía en su apartado sobre tráfico (artículo 14) con las limitaciones que esto conlleva a la hora de denunciar infracciones, y no hablemos de los delitos.

Se que en algunos puertos (algeciras, barcelona ect..) se aplica la Ley de Seguridad vial en toda su extensión , elevando las sanciones al órgano competente en la materia (delegado de tráfico en cada provincia o CCAA). Contando con el material necesario para realizar controles preventivos de alcoholemia ,unidad de atestados ect...


GRACIAS DE ANTEMANO Y UN SALUDO.
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Re: Seguridad vial en los puertos

Notapor PalmaPort » Lun Oct 06, 2008 12:33 am


Atolon escribió:Hola a todos , soy un policia portuario de la Autoridad portuaria de Almeria. Y me gustaria recopilar informacion sobre la aplicacion de la Ley de Seguridad vial (asi como sus códigos) en las zonas de servicio de los diferentes puertos.
Actualmente, en el puerto de Almeria, aunque tenemos reconocidas por convenio competencias sobre Tráfico y Seguridad vial, la aplicación práctica se basa en la aplicación (valga la redundancia) del Reglamento de servicio y Policía en su apartado sobre tráfico (artículo 14) con las limitaciones que esto conlleva a la hora de denunciar infracciones, y no hablemos de los delitos.

Se que en algunos puertos (algeciras, barcelona ect..) se aplica la Ley de Seguridad vial en toda su extensión , elevando las sanciones al órgano competente en la materia (delegado de tráfico en cada provincia o CCAA). Contando con el material necesario para realizar controles preventivos de alcoholemia ,unidad de atestados ect...


GRACIAS DE ANTEMANO Y UN SALUDO.


Pues en Palma no tenemos ningun problema de limitaciones con el art. 14 del reglamento, ya que este dice que se tendra que cumplir el codigo de circulacion.

Igual que se han ido actualizando nombres del reglamento como Mº de Obras Publicas, Capitan del Puerto, Ingeniero director, ... Por cumplir el codigo de circulacion se entiende la actual LSV y por tanto para denunciar cualquier infraccion de trafico se denuncia mediante el art. 14 y en aclaraciones se pone la infraccion cometida: hablar por el telf movil, carecer de SOA, saltarse un STOP, etc y es la Autoridad Portuaria de Baleares la que incoa el expediente sancionador.

Un saludo!
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Re: Seguridad vial en los puertos

Notapor PORTUARIOALM » Lun Oct 06, 2008 2:54 pm


Hola "atolón".....me alegra ver que participes de este Foro.

Sobre tu pregunta...ya sabes lo que aquí "piensan" algunos....y sabes lo que yo pienso y os digo siempre....FORMACION, FORMACIÓN, Y MÁS FORMACIÓN, AMÉN DE TODA LA INFORMACIÓN POSIBLE....

Un fuerte abrazo y bienvenido. Nos vemos pronto. :wink: :policia:
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Re: Seguridad vial en los puertos

Notapor Atolon » Lun Oct 06, 2008 9:46 pm


Curso Acceso Guardia Civil

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de-pol.es
En ALmería tambien seguimos ese procedimiento las infracciones sobre tráfico se sancionan através del articulo 14 , pero a lo que yo me refiero es que estas infracciones se sancionan como una falta al reglamento de servicio y policia y no como una infracción a la ley de seguridad vial. No tiene el mismo tratamiento ni por supuesto la misma cuantia económica.

En Algeciras se que hace poco las infracciones de tráfico las tramitan através de la unidad de tráfico, con boletines de denuncia especialmente diseñados para esto.

Gracias por tu informacion.
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Re: Seguridad vial en los puertos

Notapor PalmaPort » Lun Oct 06, 2008 10:30 pm



Materiales de alta calidad
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Atolon escribió:En ALmería tambien seguimos ese procedimiento las infracciones sobre tráfico se sancionan através del articulo 14 , pero a lo que yo me refiero es que estas infracciones se sancionan como una falta al reglamento de servicio y policia y no como una infracción a la ley de seguridad vial. No tiene el mismo tratamiento ni por supuesto la misma cuantia económica.

En Algeciras se que hace poco las infracciones de tráfico las tramitan através de la unidad de tráfico, con boletines de denuncia especialmente diseñados para esto.

Gracias por tu informacion.



Hombre a mi me da igual sancionar por la LSV, que por nuestro reglamento, al fin de cuentas lo que se sanciona es la infraccion, y como ha quedado claro TODAS las infracciones que se pueden sancionar por LSV se pueden tambien mediante art. 14, por lo menos aqui en Baleares.

Y sobre el tema de las cuantias pues cada AP tiene las suyas aprobadas por el consejo de administracion, y en concreto aqui son las mismas cuantias que PL de Palma y Guardia Civil, ya que de vez en cuando estas sanciones actualizan su cuantia, y para fijar la nueva se pide informacion a los cuerpos antes mencionados.

Un saludo y para eso estamos para compartir informacion :wink:
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Re: Seguridad vial en los puertos

Notapor Er chachi » Mar Oct 07, 2008 12:18 am



intervencionpolicial.com
En Las Palmas se denuncia por Reglamento y por LSV y se tramita a través del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria mediante convenio establecido al amparo de la ley 30/1992.
Los boletines de denuncias están especialmente diseñados al efecto, permiten denunciar por la LSV y C.C, Ley 27/92 y 48/2003 y Reglamento de Policía, en materia de pesca, medio ambiente, operaciones y trafico y Dominio público.
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Re: Seguridad vial en los puertos

Notapor granada3241c » Mar Oct 07, 2008 5:39 pm


Oposiciones Cnp 2013

sector115.es
:guardiacivil: bienvenido atolon , ya sabes que cualquier cosa puedes contar tambien conmigo , aunque aqui te van aconsejar de .... madre , saludos a todos :guardiacivil:
arrepientete de hacer, antes que de no hacer .mas peligro tiene el imbecil que un malvado.

CON NOSOTROS, QUIEN QUIERA, CONTRA NOSOTROS , QUIEN PUEDA



=http://www.foropolicia.com/foros/ver.php?id=20469][/url ¡ UNIFICACION CNP Y GC YA !
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Re: Seguridad vial en los puertos

Notapor Atolon » Mar Oct 07, 2008 10:41 pm


Gracias por la informacion. Mi pregunta va encaminada a saber cuantos puertos de interes general cuantan con convenio para tramitar las denuncias de trafico atraves de ayuntamientos o directamente con el ministerio del interior mas concretamente con la unidad provincial de trafico.

Gracias Er Chachi. Me gustaria saber si el convenio que teneis en materia de trafico lo aplicais a toda la zona de servico o solo en alguna via de servicio . Si es cuantos kilometros tiene.

Gracias compañero Granada3241c, ya se que eres un tio competente :guardiacivil: :) . Y tambien gracias al compi PortuarioALM :policia: .

Un saludo.
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Re: Seguridad vial en los puertos

Notapor Er chachi » Mié Oct 08, 2008 1:30 am


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El convenio se aplica a todas las vías de titularidad del Estado, es decir a aquellas que se encuentren en dominio publico portuario. El concepto ese que tanto gusta a nuestro detractores de zonas abiertas o cerradas, no aparece en la ley. Esta, cita zonas de servicio y zonas de dominio publico, por tanto diferenciaremos entre las que lo son y las que no.
En Las Palmas existen zonas claramente integradas en la vida cotidiana de la ciudad como son el muelle deportivo y Muelle Santa Catalina, en ellas hay Discotecas, Bares, Centros Comerciales, Viales de trafico, etc. En todas ellas es competente la Policía Portuaria, solicitando colaboración a las FFCCSS cuando sea necesario, tal y como las propias leyes recogen.

Saludos.
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