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15-05-2008 ... 15:05
Presidencia del Gobierno
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El Parlamento de Canarias aprueba la Ley del Cuerpo General de la Policía Canaria
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- Canarias contará con un modelo policial de mayor seguridad a imagen del que dispone Navarra, la Comunidad española con los más bajos índice de criminalidad
- El nuevo cuerpo contará con 300 efectivos que servirán de apoyo a las Policías Locales
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El Pleno del Parlamento de Canarias ha aprobado, en su sesión de hoy, la Ley del Cuerpo General de la Policía Canaria, al contar con los votos a favor de Coalición Canaria y Partido Popular, y en contra del Partido Socialista Canario. Esta aprobación se produce tras el debate del Proyecto de Ley y posterior dictamen favorable emitido, el pasado día 5 de mayo, por la Comisión de Gobernación, Justicia y Desarrollo Autonómico.
El consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad, José Miguel Ruano, destacó, una vez aprobada la Ley, que ésta,"constituye la principal novedad, en materia de Seguridad y Emergencias, de esta VII Legislatura. Una Ley que contribuirá a que los canarios estén y se sientan más seguros, con un modelo a imagen del que dispone Navarra, la Comunidad española con los más bajos índices de criminalidad".
La creación de la Policía Canaria viene a completar la Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias y de modificación de la Ley 9/2007, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias. Este modelo complementario plantea que la financiación inicial sea autonómica hasta completar los 300 policías en un plazo de tres años. En este periodo, anunció Ruano, "Canarias contará con una división de recursos operativos, policías autonómicos en tareas especializadas de apoyo a las Policías Locales de Canarias en Brigadas móviles, en tareas de información, en unidades especializadas (caninos, medio ambiente y rescates), y en dispositivos preventivos de las Policías Locales en los barrios más conflicitivos y grandes eventos".
Una vez logrados estos objetivos, y con la mirada puesta en un plazo máximo de diez o doce años, el Cuerpo General de la Policía Canaria requerirá financiación del Estado, en las mismas cuantías que éste lo viene haciendo en otras comunidades autónomas, para proceder a su despliegue territorial. La previsión del Plan Integral de Seguridad para Canarias es desplegar, en el citado plazo, la cifra de 1.700 efectivos.
La creación de este Cuerpo General de la Policía Canaria, según se expresa en dicha Ley, está recogida en el Estatuto de Autonomía y no supone, en absoluto, "la sustitución o reemplazo de los medios humanos y materiales que actualmente están al servicio de la seguridad en Canarias, sino de complementarlos y potenciarlos, inyectando recursos adicionales en el sistema y procurando el ejercicio efectivo de competencias que corresponden al Gobierno de Canarias".
Por lo tanto, el Cuerpo General de la Policía Canaria tendrá como misión principal proteger a las personas y bienes, garantizar el libre ejercicio de los derechos y libertades, velar por la seguridad ciudadana y contribuir a la consecución del bienestar social, colaborando a estos fines con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de acuerdo con lo previsto en la legislación orgánica y cooperando con otros servicios públicos y privados en los ámbitos de la prevención, el civismo, la cohesión social, la ayuda y asistencia al ciudadano y la rehabilitación y reinserción social.
En el ejercicio de sus funciones, los miembros del Cuerpo General de la Policía Canaria gozarán de la condición de agentes de la autoridad a todos los efectos legales, y se regirán por la legislación orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en cuanto se refiere al fuero jurisdiccional, al régimen de protección penal, a la competencia jurisdiccional y al régimen penitenciario.
Asimismo, señala que "la actuación del Cuerpo General de la Policía Canaria se desarrolla en todo el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, al que se circunscribe, sin perjuicio de las excepciones contempladas en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad". Y, a efectos policiales, "el territorio de Canarias se organiza en zonas y departamentos, cuyo ámbito será determinado por el Gobierno de Canarias de acuerdo con criterios demográficos, de extensión territorial y de política criminal y de seguridad".
Por otro lado, la Ley establece, de acuerdo al Estatuto de Autonomía, las competencias del Gobierno de Canarias respecto al nuevo Cuerpo policial, entre las que hay que destacar la definición del modelo policial y de gestión, la planificación del despliegue y el control de su ejecución, la aprobación de la plantilla y de la relación de puestos de trabajo, previo informe del Consejo de Política de Seguridad, y las competencias normativas relacionadas con la selección, formación, especialización, promoción, régimen disciplinario y situaciones administrativas del personal en el marco de la ley. Asimismo, define las competencias que tiene la Consejería competente en materia de Seguridad, en relación al nuevo Cuerpo, como son las de aprobar los planes de calidad policial y la carta de servicios, la coordinación con los Cuerpos de Policía Local, la elaboración y ejecución del presupuesto, y la dirección, organización e inspección de los servicios, entres otras.
Además de los principios básicos de actuación y funciones específicas del Cuerpo, estructura y organización, derechos y deberes y régimen disciplinario, la Ley aprobada hoy señala, en sus disposiciones transitorias segunda y tercera que, sin perjuicio del sistema de provisión de puestos de trabajo fijado, y hasta que finalice el despliegue, el acceso al Cuerpo General de la Policía Canaria de los miembros de otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad será por concurso entre los funcionarios de carrera que cuenten al menos con tres años de servicio ininterrumpido en el ámbito territorial de Canarias, mientras que la adscripción de los policías locales, durante ese periodo, se hará, por tiempo determinado, mediante convenio con los ayuntamientos correpondientes.