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Esta pregunta se sale por lo menos de mis conocimientos, alguien q este opositando te podria responder mejor, vamos a ver da igual los años q le caigan a una persona el codigo penal antiguo, por el q estaba acojido de güanaxao, establecia el tope maximo de cumplimiento en 20, si a esos 20 años le vas quitando las redenciones q por estudios, trabajos manuales, pajas, etc establecia el regalemto de prsiones del 56 (creo recordar) obtenia una redencion de 1 dia por cada 2 de trabajo.
O sea q por años cumplido redimia la mitad.
Actualmente con la reforma del Codigo Penal esto cambio, ahora son 20 años y 30 para algunos casos graves, se elimino la redencion por trabajo y se pues el cumplimiento de al menos 1/3 o 1/4 de la condena (te hablo de memoria) para aceder al 3er grado, ademas de tener pagada la responsabilidad civil.
Mira te pongo un ejemplo de como estaba la cosa:
Una persona le cascan 50 años por un delito X, se le va a aplicar el tope maximo de 20 años, en la carcel lo lleva muy bien y trabajaba en un taller de panaderia con lo cual el juez le autoriza a redimir.
Al ser 2x1 en 10 años tendria cumplido 15 años de su condena, q son los 3/4 partes de la misma, con lo cual puede salir en libertad condicional. A parte de poder sali de permiso desde q cumple 1/4 de la condena, donde podria disfrutar de 36 o 48 dias de permiso al año dependiendo de q estuviese en 2º o 3er grado.
Afortunadamente eso cambio y ahora los beneficios son sobre el total, pero yo en eso ya no estoy puesto, eso cambio y yo ya estaba dentro, con lo cual ya no me toco estudiarlo.