Cumplimiento de penas.

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Cumplimiento de penas.

Notapor Capitan negro » Sab Feb 09, 2008 3:24 pm



foropolicia.es
Siempre he visto casos de cumplimiento de penas que me han dejado atónito, como personas coko De Juana Chaos o gente por el estilo, que le condenan a un cierto número de años y no cumple si quiera la mitad.
Yo se de un caso que me contaron de a uno que le condenaron a dos años y cumplió 3 meses (no tenía antecedentes). ¿Es esto posible?, ¿en situaciones más o menos normales que porcentaje de la pena sulen cumplir los presos?.

Muchas gracias por adelantado. :wink:

Un saludo.
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Notapor guripa » Sab Feb 09, 2008 8:42 pm


Cartera Mossos D`esquadra

Realizada en piel
enpieldeubrique.com
Esta pregunta se sale por lo menos de mis conocimientos, alguien q este opositando te podria responder mejor, vamos a ver da igual los años q le caigan a una persona el codigo penal antiguo, por el q estaba acojido de güanaxao, establecia el tope maximo de cumplimiento en 20, si a esos 20 años le vas quitando las redenciones q por estudios, trabajos manuales, pajas, etc establecia el regalemto de prsiones del 56 (creo recordar) obtenia una redencion de 1 dia por cada 2 de trabajo.
O sea q por años cumplido redimia la mitad.
Actualmente con la reforma del Codigo Penal esto cambio, ahora son 20 años y 30 para algunos casos graves, se elimino la redencion por trabajo y se pues el cumplimiento de al menos 1/3 o 1/4 de la condena (te hablo de memoria) para aceder al 3er grado, ademas de tener pagada la responsabilidad civil.

Mira te pongo un ejemplo de como estaba la cosa:

Una persona le cascan 50 años por un delito X, se le va a aplicar el tope maximo de 20 años, en la carcel lo lleva muy bien y trabajaba en un taller de panaderia con lo cual el juez le autoriza a redimir.
Al ser 2x1 en 10 años tendria cumplido 15 años de su condena, q son los 3/4 partes de la misma, con lo cual puede salir en libertad condicional. A parte de poder sali de permiso desde q cumple 1/4 de la condena, donde podria disfrutar de 36 o 48 dias de permiso al año dependiendo de q estuviese en 2º o 3er grado.


Afortunadamente eso cambio y ahora los beneficios son sobre el total, pero yo en eso ya no estoy puesto, eso cambio y yo ya estaba dentro, con lo cual ya no me toco estudiarlo.
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Notapor Capitan negro » Dom Feb 10, 2008 2:02 am


guripa escribió:Esta pregunta se sale por lo menos de mis conocimientos, alguien q este opositando te podria responder mejor, vamos a ver da igual los años q le caigan a una persona el codigo penal antiguo, por el q estaba acojido de güanaxao, establecia el tope maximo de cumplimiento en 20, si a esos 20 años le vas quitando las redenciones q por estudios, trabajos manuales, pajas, etc establecia el regalemto de prsiones del 56 (creo recordar) obtenia una redencion de 1 dia por cada 2 de trabajo.
O sea q por años cumplido redimia la mitad.
Actualmente con la reforma del Codigo Penal esto cambio, ahora son 20 años y 30 para algunos casos graves, se elimino la redencion por trabajo y se pues el cumplimiento de al menos 1/3 o 1/4 de la condena (te hablo de memoria) para aceder al 3er grado, ademas de tener pagada la responsabilidad civil.

Mira te pongo un ejemplo de como estaba la cosa:

Una persona le cascan 50 años por un delito X, se le va a aplicar el tope maximo de 20 años, en la carcel lo lleva muy bien y trabajaba en un taller de panaderia con lo cual el juez le autoriza a redimir.
Al ser 2x1 en 10 años tendria cumplido 15 años de su condena, q son los 3/4 partes de la misma, con lo cual puede salir en libertad condicional. A parte de poder sali de permiso desde q cumple 1/4 de la condena, donde podria disfrutar de 36 o 48 dias de permiso al año dependiendo de q estuviese en 2º o 3er grado.


Afortunadamente eso cambio y ahora los beneficios son sobre el total, pero yo en eso ya no estoy puesto, eso cambio y yo ya estaba dentro, con lo cual ya no me toco estudiarlo.


Si alguien sabe más que me lo diga, aunque con lo que me has dicho tú ya me aclaro bastante :wink: muchísimas gracias Guripa. :wink: :wink: :wink: :wink: :wink:

Un saludo :D
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Notapor sigal » Dom Feb 10, 2008 10:29 pm


Con el nuevo código penal(1995) no existe redención de condena,si al supuesto pájaro ese que dices que le metieron 50 años por mucho que trabaje en panadería nunca le pueden reducir la condena,otra cosa es que le den permisos o que le apliquen el 3ºgrado pero repito con el nuevo código penal la redención queda excluida.
Si aun nota le meten 2 años de condena y el juez ordena su ingreso en prisión se comerá los 2 años,ahora bien,cuando cumpla 1/4 de condena tiene derecho a permisos y cundo cumpla los 3/4 o incluso los 2/3 con buen comportamiento y otro tipo de circunstancias puede conseguir el 3º grado que con un poco de suerte y una buena pulsera telemática estará cumpliendo condena en su casa.
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Notapor andromeda » Dom Feb 10, 2008 11:07 pm


DEPOL Guardia Civil

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sigal escribió:Con el nuevo código penal(1995) no existe redención de condena,si al supuesto pájaro ese que dices que le metieron 50 años por mucho que trabaje en panadería nunca le pueden reducir la condena,otra cosa es que le den permisos o que le apliquen el 3ºgrado pero repito con el nuevo código penal la redención queda excluida.
Si aun nota le meten 2 años de condena y el juez ordena su ingreso en prisión se comerá los 2 años,ahora bien,cuando cumpla 1/4 de condena tiene derecho a permisos y cundo cumpla los 3/4 o incluso los 2/3 con buen comportamiento y otro tipo de circunstancias puede conseguir el 3º grado que con un poco de suerte y una buena pulsera telemática estará cumpliendo condena en su casa.



entonces quieres decir que desde el año 95 no se puede reducir la condena como antes por trabajos,estudios,buen comportamiento,etc

es decir que tienes que cumplir la condena integra pero con buena conducta 1/3 de la condena la cumples en libertad condicional
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Notapor guripa » Lun Feb 11, 2008 2:24 pm


Fundas De Pernera

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materialpolicial.com
El caso en q me referia, era para casos anteriores al nuevo reglamento y codigo penal.

El nuevo reglamento establece como beneficios el adelantamiento de la libertad condicional a las 2/3 partes de la condena con lo cual si el caco reune los requisitos necesarios podra salir antes en libertad condicional.

Con lo q digo, q antes por ejemplo, una condena de 4 años pagaba (siempre q cumpla todos los requisitos) 2 años mas 1 q se le daba por redencion son 3 con lo cual entraba en periodo de libertad condicional, podria salir en lib. condc. a los 2 años de cumplimiento efectivo.

Ahora si se le adelanta la libertad condicional a las 2/3 parte saldria aproximadamente a los 2 años y 6 meses, el resto lo cumpliria en condicional.

Vamos eso tengo yo entendido.
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Notapor sigal » Lun Feb 11, 2008 9:56 pm



intervencionpolicial.com
Lo que quiero decir es que hoy en día no existe la redención si delinques a partir del 95,pero se te puede aplicar el 3º grado(conozco casos sangrantes) y con una pulserita puedes cumplir una gran parte de condena en tu casa.
La dirección general está dispuesta a través de su jefa(Mercedes Gallizo) a incrementar este tipo de medidas para elevar la reeducacion y la reinserción del preso en la sociadad,personalmente no me creo nada y es totalmente inviable,pero hoy en día es lo que hay.Homicida condenado con una pulsera en la mano paseando por cualquier ciudad de España.Esto es asiiiiiiiiiiiiiiií.
sigal
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Notapor Capitan negro » Mar Feb 12, 2008 2:43 pm


Academia Acceso CNP

sector115.es
sigal escribió:Lo que quiero decir es que hoy en día no existe la redención si delinques a partir del 95,pero se te puede aplicar el 3º grado(conozco casos sangrantes) y con una pulserita puedes cumplir una gran parte de condena en tu casa.
La dirección general está dispuesta a través de su jefa(Mercedes Gallizo) a incrementar este tipo de medidas para elevar la reeducacion y la reinserción del preso en la sociadad,personalmente no me creo nada y es totalmente inviable,pero hoy en día es lo que hay.Homicida condenado con una pulsera en la mano paseando por cualquier ciudad de España.Esto es asiiiiiiiiiiiiiiií.


Lo mismo digo al respecto. Los mega progres estos lo que sea el castigo o dar una lección para que aprenda el reo les parece ya tortura...
¿El 3º grado en que consiste exactamente?

Un saludo.
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Notapor guripa » Mar Feb 12, 2008 6:54 pm


Para el cumplimiento de pena se establecen los grados, la diferencia entre ellos es el control y vigilancia q hay hacia los internos.
El sistema penitenciario establece 4 grados o regimen de cumplimiento. El mas comun es el 2ª grado o regimen ordinario, en el estan basicamente todos los interno, ya q es el q se aplica a todo el q entra en prision, luego dependiendo de la trayectoria del interno y reuniendo logicamente unos requisitos, progresara o regresara de grado.
Pasara a primer grado si dentro de la carcel lleva una trayectoria negativa, si lo lleva bien y reune como digo los demas requisitos, pasara a tercer grado, donde es un regimen de semilibertad, dentro de este estan los internos q estan en prision de lunes a viernes y salen todos los fines de semana de permiso y los q tienen contrato de trabajo y salen todos los dias a trabajar y solo van a prision a dormir.
Luego estaria el 4º grado, q seria la libertad condicional.
Todo esto es ampliable pero bueno basicamente es asi.
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Re: Cumplimiento de penas.

Notapor mom » Mar Feb 19, 2008 10:32 pm


Acceso al cuerpo de policía autonómica del País Vasco

nola2hurtu.eus
Capitan negro escribió:Siempre he visto casos de cumplimiento de penas que me han dejado atónito, como personas coko De Juana Chaos o gente por el estilo, que le condenan a un cierto número de años y no cumple si quiera la mitad.
Yo se de un caso que me contaron de a uno que le condenaron a dos años y cumplió 3 meses (no tenía antecedentes). ¿Es esto posible?, ¿en situaciones más o menos normales que porcentaje de la pena sulen cumplir los presos?.

Muchas gracias por adelantado. :wink:

Un saludo.


No sé si te refieres a esto, pero puede ser que los tres meses que cumplió fueran de prisión preventiva hasta que hubiese sentencia, si después le condenaron a dos años y no tenía antecedentes se le puede suspender el cumplimiento de prisión por, normalmente, dos años con la condición de que no vuelva a deliquir y otros requisitios, durante el tiempo de suspensión.
Además hay otros supuestos (arts 87 y ss del CP) en los que también se les puede suspender el cumplimiento de la pena de prisión. No sé si te referias a esto o estoy soltando algo ya sabido ???
Saludos.
P.D.: muy buena idea la de este nuevo subforo.
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Re: Cumplimiento de penas.

Notapor Capitan negro » Mar Feb 19, 2008 10:36 pm


mom escribió:
Capitan negro escribió:Siempre he visto casos de cumplimiento de penas que me han dejado atónito, como personas coko De Juana Chaos o gente por el estilo, que le condenan a un cierto número de años y no cumple si quiera la mitad.
Yo se de un caso que me contaron de a uno que le condenaron a dos años y cumplió 3 meses (no tenía antecedentes). ¿Es esto posible?, ¿en situaciones más o menos normales que porcentaje de la pena sulen cumplir los presos?.

Muchas gracias por adelantado. :wink:

Un saludo.


No sé si te refieres a esto, pero puede ser que los tres meses que cumplió fueran de prisión preventiva hasta que hubiese sentencia, si después le condenaron a dos años y no tenía antecedentes se le puede suspender el cumplimiento de prisión por, normalmente, dos años con la condición de que no vuelva a deliquir y otros requisitios, durante el tiempo de suspensión.
Además hay otros supuestos (arts 87 y ss del CP) en los que también se les puede suspender el cumplimiento de la pena de prisión. No sé si te referias a esto o estoy soltando algo ya sabido ???
Saludos.
P.D.: muy buena idea la de este nuevo subforo.


Si me refería a eso, muchas gracias :wink: :wink: :wink: . Veo que eres nuevo así que bienvenido :D :D :D .

Un saludo
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Notapor mom » Vie Feb 22, 2008 9:43 pm


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nueva, gracias majo
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Notapor Asustado » Lun May 12, 2008 4:27 pm


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Y a un condenado a 24 años por homicidio cuantos años efectivos(me refiero sin permisos)va a cumplir en la cárcel??¿Que hay que hacer para poder tener permisos?¿Cual es la norma general??

Saludos y gracias
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Notapor Asustado » Lun May 12, 2008 4:53 pm


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Voy a poner lo que puse en otro tema, porque me parece que aqui es mas adecuado, a ver si por favor me lo podeis responder lo mejor posible:

Pongamos que va una muxaxa y la asalta un individuo que no va drogado ni borraxo,solo quiere robarle el bolso, la amenaza con un cuchillo,pero la chica se resiste y entonces a él se le va la mano y le clava el cuchillo una vez en el cuello, dejándola muerta en la calle.
¿Cuantos años le echaría el juez?
¿Cuantos años efectivos de cárcel cumpliría?
¿Cuando podría tener derecho a pedir permisos?
¿Cuándo saldría en 2º o 3º grado?

Saludos y muchas gracias!!
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Notapor guripa » Lun May 12, 2008 5:10 pm


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Asustado escribió:Voy a poner lo que puse en otro tema, porque me parece que aqui es mas adecuado, a ver si por favor me lo podeis responder lo mejor posible:

Pongamos que va una muxaxa y la asalta un individuo que no va drogado ni borraxo,solo quiere robarle el bolso, la amenaza con un cuchillo,pero la chica se resiste y entonces a él se le va la mano y le clava el cuchillo una vez en el cuello, dejándola muerta en la calle.
A ¿Cuantos años le echaría el juez?
B ¿Cuantos años efectivos de cárcel cumpliría?
C ¿Cuando podría tener derecho a pedir permisos?
D ¿Cuándo saldría en 2º o 3º grado?

Saludos y muchas gracias!!

Hola, parece uno de los supuestos practicos que nos ponian durante la oposicion :D

Para la pregunta A no te puedo responder, ya que eso dependeria como el fiscal calificase los hechos, si le aplicara alguna atenuante o agravante,
de lo malo que sea el abagado defensor, etc.

Para la pregunta B y suponiendo que le hubiesen cascado 5 años, dependeria de su comportamiento en prision. Pero en principio de come los 5 años.

Para la C, podria disfrutar de permisos ordinarios estando en segundo grado y si tiene cumplida la 1/4 parte de la condena, podria tener hasta 24 o 36 dias al año, dependiendo de que estuviese en 2º o 3º grado y previo estudio de los Equipos de Tratamiento.

Para la D, todo interno penado es clasificado en 2º grado, es el regimen de vida normal en todo centro penitenciario, si tiene una trayectoria negativa regresara a 1er grado y si lo lleva bien a 3º y de hay a la condicional.

Tiempo para pasar a 3º grado no hay, no es matematico, es decir si tienes 5 años a los 4 pasas, no, depende de cada caso concreto..
El Puerto, para los amigos.
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