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rikart escribió:Hace poco siguiendo el protocolo de actuacion de victimas de malos tratos en el ambito familiar del grupo de investigación nos comunicaron que la victima que se encontraba irregular tenía intención de regularizarse.
Lo que pasa es que luego se retracto y no quiso pedir la orden de alejamiento y quería quitar la denuncia.
Lo que yo entiendo por lo que he leído en el Libro de Extranjeria de Colt tendríamos primero que incoarle expediente de expulsion a la victima y esperar un mes antes de pedir a la Subdelegación la resolución del expediente por si pide la residencia y se la conceden. Y que sería la victima la que tiene que solicitar la Residencia con la concesión de la Orden de Alejamiento en las Oficinas de la Subdelegación del Gobierno.
Haber si me lo puedes aclarar Colt, ya que en tu libro hace referencia a unos anexos que no encuentro en el libro y no se como se hace.
"rikart"
Con relación a la referencia que hago sobre la Instrucción 14-2005, has de tener en cuenta que es un poco comprimida y que solo hago alusión a la parte que considero mas interesante desde el punto de vista operativo.-
Referente a la Incoación del expediente, este se realiza para evitar en la medida de lo posible una mayor victimización.-
Si la Autoridad Judicial adopta alguna medida de protección (que da fe de alguna manera de la realidad de lo denunciado) el Subdelegado del Gobierno, que tiene la postestad para conceder, en el 99% de los casos otorga el Permiso de Residencia por causas excepcionales.-