Pueden multar en ciudad?

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Notapor Pantera » Mar Oct 31, 2006 5:27 pm


Chaleco Balistico Sioen Sk1-6

790?
materialpolicial.com
Cualquier agente de la autoridad puede ejercer la potestad de denunciar cuanta infraccion a la ley de seguridad vial vea. Otra cosa, compis, es quepara ello, recurramos a aquellos que se encargan de esos tramites y de esas competencias. Pertenezco al CNP y ya son bastantes las denuncias que hemos tramitado por infraccion de tráfico. Se da aviso a la Sala del 091 para que nos comisione al lugar a una patrulla de Policia Local y listo. Nosotros actuamos como los agentes que sancionamos y dicha denuncia se encarga de tramitarla los compis de la local.

Espero que haya podido aclarar dudas.

Un saludo a todos
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Notapor SWAT » Lun Nov 27, 2006 3:34 pm



intervencionpolicial.com
A ver si os vale esta explicacion que yo creo que es la válida:

Si el ayuntamiento tiene competencia en materia de trafico, las denuncias en materia de reglamento general de circulacion son perfectamente recurribles y ganables creo asegurar en un 100%, ya que estas son la que se definen a sancionar por los Alcaldes.- Las denuncias en materia de seguro, vehiculos, transportes, conductores, etc son perfectamente denunciables por todo quisqui.-

Sin mas, sin entrar en articulados y rollos, creo que este es el proceder; de hecho, en mi unidad, cuando el Radar trabaja a disposición de las Policias Locales, los notificadores, son PL's, así como los formatos de multa.-

Sin mas, espero que este comentario os halla servido de ayuda, y recordar que todo lo anterior no quita que un hecho no sea denunciable o que no se puede actuar, en el peor de los casos no sería sancionable
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Notapor lince » Lun Nov 27, 2006 9:11 pm



sector115.es
SWAT escribió:A ver si os vale esta explicacion que yo creo que es la válida:

Si el ayuntamiento tiene competencia en materia de trafico, las denuncias en materia de reglamento general de circulacion son perfectamente recurribles y ganables creo asegurar en un 100%, ya que estas son la que se definen a sancionar por los Alcaldes.- Las denuncias en materia de seguro, vehiculos, transportes, conductores, etc son perfectamente denunciables por todo quisqui.-

Sin mas, sin entrar en articulados y rollos, creo que este es el proceder; de hecho, en mi unidad, cuando el Radar trabaja a disposición de las Policias Locales, los notificadores, son PL's, así como los formatos de multa.-

Sin mas, espero que este comentario os halla servido de ayuda, y recordar que todo lo anterior no quita que un hecho no sea denunciable o que no se puede actuar, en el peor de los casos no sería sancionable


Compañero, a lo mejor estoy un poco espeso pero, no te he entendido muy bien...
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Notapor KELO » Mar Nov 28, 2006 12:04 am


Yo, si mi Central me comisiona por petición de una patrulla del CNP, la denuncia la cubro yo como denunciante y como notificador, aunque los compañeros nos hayan requerido. No puedo estar en todas las partes al mismo tiempo, si una patrulla del CNP, por el motivo que fuere, localiza un coche sin seguro y solicita colaboración, yo la doy sin problema.

Algunos de mis compañeros, sin embargo, cubren la denuncia, pero como denunciantes firman los CNPs.

Eso sí, el mes pasado llegó un escrito de la Jefatura Provincial de Tráfico, solicitando que se aclarase una denuncia por carecer de seguro, firmada por dos compañeros del CNP, como denunciantes, y un compañero de la PL, como notificador. Creo que se debía a por qué no había firmado el PL como denunciante, pero lo investigaré a ver qué pasó con el tema.
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Notapor SWAT » Mar Nov 28, 2006 5:44 am


Prueba Gratis La Plataforma

7 días de prueba
nola2hurtu.eus
A grandes rasgos lince:

Las denuncias en materia de reglamento general de circulacion (cinturón. rayas continuas, alcoholemia, velocidad....) deberan ser confeccionadas por PL's en sus demarcaciones (la GC tambien podria denunciar hechos en tal sentido, pero si el paisano plantea recurso, seguramente lo ganará -no sancionable por tanto-)

El resto de supuestos (Seguro, Vehículos, ITV, Conductores) GC puede denunciar sin problemas en demarcación PL
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Notapor lince » Mar Nov 28, 2006 10:46 pm


SWAT escribió:A grandes rasgos lince:

Las denuncias en materia de reglamento general de circulacion (cinturón. rayas continuas, alcoholemia, velocidad....) deberan ser confeccionadas por PL's en sus demarcaciones (la GC tambien podria denunciar hechos en tal sentido, pero si el paisano plantea recurso, seguramente lo ganará -no sancionable por tanto-)

El resto de supuestos (Seguro, Vehículos, ITV, Conductores) GC puede denunciar sin problemas en demarcación PL


Muchas gracias, un saludo.
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Notapor Pilrakas » Lun Dic 04, 2006 8:38 pm



8000 productos al mejor precio
desenfunda.com
Bueno, por ejemplo, el Jefe de mi Unidad (estoy en el País Vasco), cada vez que queramos denunciar en materia de tráfico nos obliga a hacerlas voluntarias, por lo que he decidido que denuncie Rita.
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Notapor GreenCop » Mar Dic 05, 2006 1:59 am


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Proteccion balistica anticorte y punzon
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Pilrakas escribió:Bueno, por ejemplo, el Jefe de mi Unidad (estoy en el País Vasco), cada vez que queramos denunciar en materia de tráfico nos obliga a hacerlas voluntarias, por lo que he decidido que denuncie Rita.



Pilrakas no te hagas mala sangre y que denuncien nuestros oficiales desde sus despachos.

Otra cosa, ya esta calentito el BOC con tus plazas, ¿eh compi?. Te deseo suerte y que puedas celebrar con tus familiares las Navidades en tu nuevo puesto de Andalucia :wink:
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Notapor Pilrakas » Vie Dic 08, 2006 12:18 am


Navaja Tactica Rui

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greencop escribió:
Pilrakas escribió:Bueno, por ejemplo, el Jefe de mi Unidad (estoy en el País Vasco), cada vez que queramos denunciar en materia de tráfico nos obliga a hacerlas voluntarias, por lo que he decidido que denuncie Rita.



Pilrakas no te hagas mala sangre y que denuncien nuestros oficiales desde sus despachos.

Otra cosa, ya esta calentito el BOC con tus plazas, ¿eh compi?. Te deseo suerte y que puedas celebrar con tus familiares las Navidades en tu nuevo puesto de Andalucia :wink:


¡¡Ya salieron!! y sí, pasé....muchas gracias Greencop, también te deseo felices fiestas, y ten cuidado, que tú estás más en "ciervolandia" que yo, jeje.

Lo dicho, felices fiestas.
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Notapor nuberu » Mar Dic 12, 2006 8:58 pm


Temario Escala Básica

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joyfepolferes.es
Un saludo a todos. Conviene no confundir el denunciar con la capacidad de sancionar. La capacidad sancionadora en los ayuntamientos con Policía Local y ordenanzas de tráfico recae por Ley en los alcaldes. En el caso que tratamos la competencia para denunciar es de los policías locales, quienes salvando temas como documentación y alguno otro tramitaria el propio ayuntamiento ( documentación se tramitaría ante la J.P.T), en el caso de que denuncie un Guardia Civil o un Policia Nacional, las denuncias tendrían caracter de voluntarias, y aunque en la tramitación por parte de los Aytos. y de la J.P.T. se le tratara como de un Agente encargado de la vigilancia del tráfico en un Contencioso podría llegar a tener problemas, por lo que el consejo es que cuando se curse una denuncia sea firmada por los dos integrantes de la patrulla y si son más pues muejor aún, ya que serían como testigos.
Por cierto para los compañeros de la P.N. ¿que boletín de denuncia utilizais?
nuberu
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