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Y que te parece la modificación de la normativa en Portugal, como crees que debería de afectar a los residentes portugueses en España???
Un salu2
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metalworks escribió:Tienes razón pródigo, el problema surge cuando el vehículo extranjero figuraa nombre de otro el cual no es el conductor del mismo en el momento en el que realizamos la intervención. Generalmente está a nombre de un hermano, cuñado, etc que, incluso, reside en su país de origen... porque no olvidemos que la Ley de Impuestos Especiales especifica que el vehículo tiene que ser matriculado en España a partir de los 30 días siguientes a la fijación de la residencia en éste país.
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