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guripa escribió:Esta pregunta se sale por lo menos de mis conocimientos, alguien q este opositando te podria responder mejor, vamos a ver da igual los años q le caigan a una persona el codigo penal antiguo, por el q estaba acojido de güanaxao, establecia el tope maximo de cumplimiento en 20, si a esos 20 años le vas quitando las redenciones q por estudios, trabajos manuales, pajas, etc establecia el regalemto de prsiones del 56 (creo recordar) obtenia una redencion de 1 dia por cada 2 de trabajo.
O sea q por años cumplido redimia la mitad.
Actualmente con la reforma del Codigo Penal esto cambio, ahora son 20 años y 30 para algunos casos graves, se elimino la redencion por trabajo y se pues el cumplimiento de al menos 1/3 o 1/4 de la condena (te hablo de memoria) para aceder al 3er grado, ademas de tener pagada la responsabilidad civil.
Mira te pongo un ejemplo de como estaba la cosa:
Una persona le cascan 50 años por un delito X, se le va a aplicar el tope maximo de 20 años, en la carcel lo lleva muy bien y trabajaba en un taller de panaderia con lo cual el juez le autoriza a redimir.
Al ser 2x1 en 10 años tendria cumplido 15 años de su condena, q son los 3/4 partes de la misma, con lo cual puede salir en libertad condicional. A parte de poder sali de permiso desde q cumple 1/4 de la condena, donde podria disfrutar de 36 o 48 dias de permiso al año dependiendo de q estuviese en 2º o 3er grado.
Afortunadamente eso cambio y ahora los beneficios son sobre el total, pero yo en eso ya no estoy puesto, eso cambio y yo ya estaba dentro, con lo cual ya no me toco estudiarlo.
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sigal escribió:Con el nuevo código penal(1995) no existe redención de condena,si al supuesto pájaro ese que dices que le metieron 50 años por mucho que trabaje en panadería nunca le pueden reducir la condena,otra cosa es que le den permisos o que le apliquen el 3ºgrado pero repito con el nuevo código penal la redención queda excluida.
Si aun nota le meten 2 años de condena y el juez ordena su ingreso en prisión se comerá los 2 años,ahora bien,cuando cumpla 1/4 de condena tiene derecho a permisos y cundo cumpla los 3/4 o incluso los 2/3 con buen comportamiento y otro tipo de circunstancias puede conseguir el 3º grado que con un poco de suerte y una buena pulsera telemática estará cumpliendo condena en su casa.
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sigal escribió:Lo que quiero decir es que hoy en día no existe la redención si delinques a partir del 95,pero se te puede aplicar el 3º grado(conozco casos sangrantes) y con una pulserita puedes cumplir una gran parte de condena en tu casa.
La dirección general está dispuesta a través de su jefa(Mercedes Gallizo) a incrementar este tipo de medidas para elevar la reeducacion y la reinserción del preso en la sociadad,personalmente no me creo nada y es totalmente inviable,pero hoy en día es lo que hay.Homicida condenado con una pulsera en la mano paseando por cualquier ciudad de España.Esto es asiiiiiiiiiiiiiiií.
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Capitan negro escribió:Siempre he visto casos de cumplimiento de penas que me han dejado atónito, como personas coko De Juana Chaos o gente por el estilo, que le condenan a un cierto número de años y no cumple si quiera la mitad.
Yo se de un caso que me contaron de a uno que le condenaron a dos años y cumplió 3 meses (no tenía antecedentes). ¿Es esto posible?, ¿en situaciones más o menos normales que porcentaje de la pena sulen cumplir los presos?.
Muchas gracias por adelantado.
Un saludo.
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mom escribió:Capitan negro escribió:Siempre he visto casos de cumplimiento de penas que me han dejado atónito, como personas coko De Juana Chaos o gente por el estilo, que le condenan a un cierto número de años y no cumple si quiera la mitad.
Yo se de un caso que me contaron de a uno que le condenaron a dos años y cumplió 3 meses (no tenía antecedentes). ¿Es esto posible?, ¿en situaciones más o menos normales que porcentaje de la pena sulen cumplir los presos?.
Muchas gracias por adelantado.
Un saludo.
No sé si te refieres a esto, pero puede ser que los tres meses que cumplió fueran de prisión preventiva hasta que hubiese sentencia, si después le condenaron a dos años y no tenía antecedentes se le puede suspender el cumplimiento de prisión por, normalmente, dos años con la condición de que no vuelva a deliquir y otros requisitios, durante el tiempo de suspensión.
Además hay otros supuestos (arts 87 y ss del CP) en los que también se les puede suspender el cumplimiento de la pena de prisión. No sé si te referias a esto o estoy soltando algo ya sabido ???
Saludos.
P.D.: muy buena idea la de este nuevo subforo.
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Asustado escribió:Voy a poner lo que puse en otro tema, porque me parece que aqui es mas adecuado, a ver si por favor me lo podeis responder lo mejor posible:
Pongamos que va una muxaxa y la asalta un individuo que no va drogado ni borraxo,solo quiere robarle el bolso, la amenaza con un cuchillo,pero la chica se resiste y entonces a él se le va la mano y le clava el cuchillo una vez en el cuello, dejándola muerta en la calle.
A ¿Cuantos años le echaría el juez?
B ¿Cuantos años efectivos de cárcel cumpliría?
C ¿Cuando podría tener derecho a pedir permisos?
D ¿Cuándo saldría en 2º o 3º grado?
Saludos y muchas gracias!!
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