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briguiboy escribió:BUenos dias,, queira exponer el caso de unamigo.. jejee se que suena topico( pero en serio es un amigo). a los hechos, Salio de fiesta, y decidio cojer el coche, reconocio que habia bebido,, el caso es que cuando volvio a casa se durmio al volante y tuvo un accidente provocando solo daños a la via afortunadamente,,,, el quedo incosciente y desperto horas mas tarde,,, no le realizaran la prueva de alcoholemia.
La pregunta es,, Le puede el hospital cobrar los gastos por atenderle? ya que un agente le dijo que si, cosa que a mi me extraña porque he visto de todo en un hospital y nunca he visto que les cobre,, para eso esta la SS lamentablemente, la segunda cuestion es Pueden sin orden judicial pueden revisar el historial medico del paciente? por eso de saber la taxa de alcoholemia.
gracias por todo,,
PD: Ya le heche una buena bronca por hacer el imbecil y conducir borracho , se ha llevado un buen escarmiento gracias a dios no le paso nada a nadie,,
* El hospital SI le puede cobrar los gastos....(por ejemplo conozco el caso de una inyeccion para etilicos (b12, no?)en un hospital de madrid a un tio de fuera, se la cobraron y no veas la cuantia.....
Debeis observar si en supoliza del vehiuclo tienes incluidos los gastos de asistencia sanitaria.
Si esto es asi, no os compliqueis mucho, rellenad el cuestionario que te mando el hospital (sino lo habeis hecho ya) y mandadles una copia de la poliza al hospital marcandoles el apartado que pone asistencia sanitaria junto con la copia del recibo en vigor para que sea el hospital quien se encargue de reclamarles a ellos.El departamento juridico del hospital no va a interponer directamente ningún tipo de demanda ni reclamación (por lo que no existen gastos juridicos), lo mas normal es que se dirijan a tu amigo y cuando les expliqueis que lo teneis cubierto por la compañia y les deis los datos de la misma dirijan su reclamación contra la compañia y sera aqui cuando interpongan la correspondiente reclamación si la compañia no les abona los gastos
Los accidentes de tráfico no los cubre la Seguridad Social.
* Si hubo atestado quedadno constacnia de los daños en la via publica.....le requeriran para que abone los dños ocasionados
Si no, aun asi el, Hospital tiene obligacion de remitir informe al Juzgado y el Juzgado actua de oficio.....
Asi que dile a tu amigo que se prerare para declarar.......