JUAKAR escribió:Entonces tu me estas diciendo, que una valla que fue utilizada para que la gente no pasase por una zona recien asfaltada,y abandonada por los obreros encima de la acera, es motivo para denunciar a la gente??? no es una señal vertical!!! es una valla abandonada por unos obreros!!
Veo que no lo quieres entender, mira, si la valla esta puesta y en ella hay una señal de tráfico, esta es válida nos guste o no, el hecho de que tenga o no motivo la señal no es relevante, lo único que SI que es relevante es que la señal es válida, por lo tanto la denuncia parece que esta bien puesta.
Recuerda que al margen de las señales verticales, horizontales, semáforos y señales de los agentes encargados de la vigilancia del tráfico, existen otras llamadas CIRCUSTANCIALES, (por lo que cuentas estaría encuadrada en este punto), y estas tienen preferencia sobre todas excepto sobre las de los agentes encargados de la vigilancia del tráfico
Si no estas de acuerdo con que esa señal, (puesta en una valla o colgada de un pino, me da igual), lo que puedes hacer es solicitar informe que la justifique o presentar un pliego de alegaciones a la denuncia, si no te dan la razón, puedes seguir alegando hasta llegar al contencioso, y este es posible que te de o te quite la razón (con los jueces nunca se sabe)
De todas formas se que no te voy a convencer, solo intento hacerte ver que es posible, (no seguro) que la denuncia este bien puesta, quien sabe, yo no estaba allí.
Por cierto, un consejo, no vayas a una empresa quitamultas, practicamente nunca sirve de nada ya que presentan el mismo recurso para todas las denuncias, y en ellos hacen referencia al R.D. 13/92 derogado por el R.D. 1428/2003 y también hacen referencia a la Ley de Procedimiento Administrativo Común 30/92 cuando la materia de tráfico esta regulada por el RD 320/94 (Reglamento de Procedimiento Sancionador en Materia de Tráfico), así que no tires el dinero, no merece la pena.
Un saludo