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toxxo escribió:No me pones la cita de donde lo has sacado.
Pero voy a añadir lo que muchas veces he dicho desde hace años, los que mas se ríen de nuestra formación, son miembros del cuerpo nacional de policía, solo hay que ver los comentarios en este foro o encender la tele y oír a cualquiera de sus sindicalistas, que curiosamente son los encargados de velar por el cumplimiento de la normativa de seguridad privada, esa normativa tan curiosa en la que esta incluida nuestra formación, una formación que se imparte en academias de seguridad privada homologadas y controladas por el cuerpo nacional de policía, que curiosamente suelen ser propiedad de la mujer o familia de alguien relacionado con algun jefe del cuerpo nacional de policía y en donde nos da clase, en un 95 % de los casos, un profesor que pertenece al cuerpo nacional de policía ... ¿alguien se ha molestado en ver nuestro temario? la mayoría del temario es área técnico profesional, extintores, incendios, cerramientos, primeros auxilios, alarmas, sistemas de comunicación ... ¿que sabe un policía de esto? je, pues lo mismo que sabe de furgones blindados y están impartiendo cursos de especialización sobre furgones, o lo mismo que sabe sobre hospitales y están impartiendo cursos de especialización sobre hospitales y asi puedo seguir un rato, luego esa academia homologada por el cuerpo nacional de policía, controlada por el cuerpo nacional de policía, con un temario aprobado por el cuerpo nacional de policía, con un profesor del cuerpo nacional de policía, que la dueña es la mujer de un jefe del cuerpo nacional de policia, nos expide un certificado con el que podremos ir a hacer un examen precio pago de unas tasas que se pagan al cuerpo nacional de policia ¿a donde? a Avila, a academia del cuerpo nacional de policía, donde te harán unos examenes que han redactado miembros del cuerpo nacional de policía y estarás supervisado para que "no copies" por miembros del cuerpo nacional de policía, reza para que el examen sea de materia jurídica, las que menos hay en el temario, pero que son de las que mas saben los profesores del cuerpo nacional de policía que ta han dado el curso y en lo que se habrá dado casi todo tu curso, porque como sea sobre materias técnico profesionales, catearas porque el examen ha sido "dificil" y te tocara repetirlo ...
¿Nuestra formación es mala? si, lo llevo afirmando desde hace años, para ejemplo uno de mis ultimos cursos, un policía que vino a darme el curso de tachan tachan hospitales inicio del curso ¿quienes de aqui trabajáis en el hospital? manos arriba (falto decir, esto es un atraco, que lo iba a ser pero no lo fue) os he preparado una serie de supuestos prácticos con casos que se que os han pasado para que asi todos aprendamos, mirada de los que trabajamos en el hospital y sonrisita ... primer supuesto practico, no lo recordamos, no sabemos ... al policia ¿que habrías hecho tu? , podéis salir a fumar un cigarro, cuando volvimos un vídeo de perros, un vídeo de vigilantes alemanes, contarnos vivencias y cosas que le cuentan otros vigilantes en otros cursos ... dos días, 10 horas, diez horas perdidas, ese policía es de los que luego me dice que estoy mal formado, evidentemente, me das el cursos tu de algo de lo que no tienes ni idea, que me venga un experto en hospitales, que me venga un director de seguridad que sepa de hospitales, un jefe de seguridad que sepa de hospitales, hasta un ingeniero de un hospital me es mas valido ¿pero un policia? ¿que sabe un policia de hospitales? ¿que sabe de evacuación que es lo mas importante en un hospital? ¿que sabe de triage? ...
Aprovecho este comentario para decir por no se cuanta vez a los compañeros policías que dais clases a vigilantes en academias y que me escribís privados que no os parezca mal, pero no os voy a contestar a ninguna de las dudas que me planteáis, lo siento porque la formación que les vais a dar a mis futuros compañeros es deficiente, pero es que llevo años diciendo que zapatero a tus zapatos, si tu no sabes, que el curso le de alguien que sepa, es un contrasentido que yo te explique por encima algo para que tu lo des mas por encima, siempre estaremos con que nuestra formación es deficiente, no me pidáis encima que os ayude a que sea deficiente, ademas no veo lógico que yo os explique como es un furgon blindado por dentro o como se trabaja en un bunker, de hecho ya me parece una autentica aberración que desde el MIR se haya desarrollado un curso en el que se expliquen estas cosas a personas que no se sabe ni siquiera si algun día van a trabajar en seguridad privada, vamos que al ritmo de 10.000 nuevos vigilantes por año, habrá 10.000 nuevos "expertos" por año, dentro de poco todos los mangantes de España sabrán como es la operativa de los furgones blindados gracias a la policía y al MIR.
Otro tanto de cárceles, otro tanto de cíes, otro tanto de centros de menores ...
Esto es lo único que de verdad entregaba a las empresas de seguridad, nuestra formación, las empresas de seguridad son las que verdaderamente saben los que quieren los clientes, las que verdaderamente saben en que formarnos y lamentablemente las que ahora tienen los mejores centros de formación, yo, me duele decirlo, los mejores cursos que he realizado han sido siempre con empresas de seguridad y su personal, las empresas y su personal propio, el bombero de Camp Padró, fenomenal, el psicólogo, el personal de tactical training, "Rico" espero que te vaya bien por los Emiratos ... cuando han decidió contratar a la academia de mi ciudad o ciudades aledañas para abaratar o por política empresarial
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Nitropp escribió:....
Al asignar un servicio de Seguridad a un Vigilante, este debe recibir firmado y sellado por el Jefe de Seguridad de su empresa, sus funciones de cara al cumplimiento de la Ley de Seguridad Privada. Nunca en 22 años un Jefe de Seguridad o Director de Seguridad ha firmado las funciones del Vigilante, tal y como establece el Art. 95 del Reglamento de Seguridad Privada. ¿Cómo se puede formar a alguien en algo que no conoce porque no existe?.
....
Reglamento escribió: Artículo 95 Funciones
1. A los jefes de seguridad les corresponde, bajo la dirección de las empresas de que dependan, el ejercicio de las siguientes funciones:
a) El análisis de situaciones de riesgo y la planificación y programación de las actuaciones precisas para la implantación y realización de los servicios de seguridad.
b) La organización, dirección e inspección del personal y servicios de seguridad privada.
c) La propuesta de los sistemas de seguridad que resulten pertinentes, así como la supervisión de su utilización, funcionamiento y conservación.
d) El control de la formación permanente del personal de seguridad que de ellos dependa, proponiendo a la dirección de la empresa la adopción de las medidas o iniciativas adecuadas para el cumplimiento de dicha finalidad.
e) La coordinación de los distintos servicios de seguridad que de ellos dependan, con actuaciones propias de protección civil, en situaciones de emergencia, catástrofe o calamidad pública.
f) Asegurar la colaboración de los servicios de seguridad con los de las correspondientes dependencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
g) En general, velar por la observancia de la regulación de seguridad aplicable.
h) La dirección de los ejercicios de tiro del personal de seguridad a sus órdenes, si poseyeran la cualificación necesaria como instructores de tiro.
2. A los directores de seguridad les corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en los apartados a), b), c), e), f) y g) del artículo anterior.
Bavaro escribió:De acuerdo que un Policía no es el más apropiado para daros un curso sobre hospitales, furgones blindados y muchas cosas más, pero por ejemplo sobre el tema de prisiones o CIEs, si que hay policías que están capacitados para dar cursos sobre motines en esos centros, ya que es una función de algunas unidades del CNP, otra cosa es que el policía que os dé ese curso, no sea uno de esos que están capacitados, como el ejemplo el caso que comentais del liberado sindical.
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cryber escribió:Nitropp escribió:....
Al asignar un servicio de Seguridad a un Vigilante, este debe recibir firmado y sellado por el Jefe de Seguridad de su empresa, sus funciones de cara al cumplimiento de la Ley de Seguridad Privada. Nunca en 22 años un Jefe de Seguridad o Director de Seguridad ha firmado las funciones del Vigilante, tal y como establece el Art. 95 del Reglamento de Seguridad Privada. ¿Cómo se puede formar a alguien en algo que no conoce porque no existe?.
....
Llamadme torpe, pero yo no soy capaza de interpretar eso en lo que pone en el artículo de referencia(si así lo hubiera interpretado, hubiera denunciado a todos los Jefes de Seguridad que he tenido):Reglamento escribió: Artículo 95 Funciones
1. A los jefes de seguridad les corresponde, bajo la dirección de las empresas de que dependan, el ejercicio de las siguientes funciones:
a) El análisis de situaciones de riesgo y la planificación y programación de las actuaciones precisas para la implantación y realización de los servicios de seguridad.
b) La organización, dirección e inspección del personal y servicios de seguridad privada.
c) La propuesta de los sistemas de seguridad que resulten pertinentes, así como la supervisión de su utilización, funcionamiento y conservación.
d) El control de la formación permanente del personal de seguridad que de ellos dependa, proponiendo a la dirección de la empresa la adopción de las medidas o iniciativas adecuadas para el cumplimiento de dicha finalidad.
e) La coordinación de los distintos servicios de seguridad que de ellos dependan, con actuaciones propias de protección civil, en situaciones de emergencia, catástrofe o calamidad pública.
f) Asegurar la colaboración de los servicios de seguridad con los de las correspondientes dependencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
g) En general, velar por la observancia de la regulación de seguridad aplicable.
h) La dirección de los ejercicios de tiro del personal de seguridad a sus órdenes, si poseyeran la cualificación necesaria como instructores de tiro.
2. A los directores de seguridad les corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en los apartados a), b), c), e), f) y g) del artículo anterior.
toxxo escribió: academia del cuerpo nacional de policía, donde te harán unos examenes que han redactado miembros del cuerpo nacional de policía y estarás supervisado para que "no copies" por miembros del cuerpo nacional de policía, reza para que el examen sea de materia jurídica, las que menos hay en el temario, pero que son de las que mas saben los profesores del cuerpo nacional de policía que ta han dado el curso y en lo que se habrá dado casi todo tu curso, porque como sea sobre materias técnico profesionales, catearas porque el examen ha sido "dificil" y te tocara repetirlo ...
LSP escribió:funciones jefe de seguridad 35. c) La propuesta de los sistemas de seguridad que resulten pertinentes, y el control de su funcionamiento y mantenimiento, pudiendo validarlos provisionalmente hasta tanto se produzca la inspección y autorización, en su caso, por parte de la Administración
infracciones graves 58.2.n) La validación provisional de sistemas o medidas de seguridad que no se adecuen a la normativa de seguridad privada.
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Bavaro escribió:De acuerdo que un Policía no es el más apropiado para daros un curso sobre hospitales, furgones blindados y muchas cosas más, pero por ejemplo sobre el tema de prisiones o CIEs, si que hay policías que están capacitados para dar cursos sobre motines en esos centros, ya que es una función de algunas unidades del CNP, otra cosa es que el policía que os dé ese curso, no sea uno de esos que están capacitados, como el ejemplo el caso que comentais del liberado sindical.
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