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La rutina es la ruina de nuestra profesion....
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Bavaro escribió:Bope escribió:No se supone que lo primero es cachear antes de registrar el coche? Cuidado señores, no hay que bajar la guardía...
Puede ser que empezasen por el coche, porque igual los dos componentes de la patrulla eran hombres...............
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juma escribió:Sebastián claro que hay compañeros preparadisimos, pero el problema es que hay una cosa que no se puede entrenar y es la reacción de una persona ante una reacción de supervivencia (practicamente imposible de reproducir en un curso). En casos en que peligra la vida la que manda es la amígdala y la adrenalina. Hay tres formas de reaccionar ante una amenaza real, quedarse helado, atacar y huir. Cualquiera de las tres es totalmente natural y no se es un cobarde por huir o quedarse helado, son reacciones instintivas que no se pueden entrenar o mejor dicho al ser innatas se pueden modificar algo pero vas a reaccionar asi si o si. El problema es que ese segundo o segundos que uno tarda en reaccionar ante una sorpresa es la ventaja que tiene el atacante. La mayoria de los policías no saben cual es su reacción ya que muchos no han visto un arma de fuego desde el otro lado (y ojalá nunca tengan que verla). Esto no lo digo yo, son estudios medicos contrastados. Todo el mundo cree que ante un arma de fuego dispararía al instante pero no nos engañemos, esto no es así. Hay un libro muy interesante sobre este tema "Cara a cara ante una intervención armada". Es muy interesante y os entrará el gusanillo de ver nuestro trabajo desde un punto de vista mas científico. Un saludo.
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Bavaro escribió:zildijan escribió:Menos mal que no pasó a mayores,he trabajado 3 años en un servicio conflictivo en esa zona y conozco muchos policías de Moratalaz y se lo que se cuece por allí y en las zonas de copas nada bueno..
A nivel de carga de trabajo para los zetas, es de los distritos tranquilos de Madrid, eso si, dentro de lo poco que hay, se ve que salen intervenciones "gordas".
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MARISCADA escribió:¿Y si se hubiera llevado dos taponazos?
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servator escribió:MARISCADA escribió:¿Y si se hubiera llevado dos taponazos?
Pues compañeros imputados hasta que dentro de un par de años el juez dicte sentencia, mientras los compis acojonados por un futuro incierto
juma escribió:Por cierto Sebastian cuando te dije "exacto", no me refería a "exacto" se mucho, si no que "exacto" tienes razón en lo de los soldados jejeje.
Duelsinth escribió:Fíjate Sebastián, que habría tentativa punible de homicidio incluso en el caso de un arma no apta para hacer fuego real, siempre que el autor creyera (en una suerte de error de tipo inverso) que sí que era apta, y que dicha aptitud también pudiera ser intuida y fácilmente reconocible para un espectador objetivo externo en una valoración "ex ante" de los hechos...
La verdad es que es un tema interesante éste el de las tentativas inidóneas. Para comprenderlo bien, hay que diferenciar primero dos conceptos básicos en derecho penal: la valoración "ex ante" y la valoración "ex post" de una determinada situación (lógicamente, siempre que analizamos penalmente unos hechos, éstos ya han ocurrido, o sea, pertenecen al pasado). Pero aquí nos referimos a otra cosa. Es sencillo:
- Valoración "ex ante": es la que se hace teniendo en cuenta, únicamente, la información disponible para el autor y para un espectador objetivo externo con anterioridad a la producción del hecho. O sea, la que se haría en tiempo real.
- Valoración "ex post": es la que se hace con toda la información que conocemos después de producirse el hecho y una vez esclarecidas todas las circunstancias del mismo.
Pues bien, si lo pensamos, todas las tentativas serían inidóneas (no aptas/idóneas para producir el resultado típico apetecido por el autor) desde una valoración "ex post", ya que, de haber sido idóneas, el resultado se habría producido (consumación). Por eso, solo tiene sentido sentido plantearse el tema de la idoneidad de la tentativa desde una perspectiva "ex ante". Es decir, valorando la situación sólo con la información que manejan el autor y el espectador objetivo externo, en tiempo real, cuando se están produciendo los hechos.
Pongamos el ejemplo del arma descargada: el autor piensa que está cargada y aprieta el gatillo apuntando a un órgano vital. Bien, ya ha realizado todos los actos que dependen de él para producir objetivamente el resultado muerte, pero éste, lógicamente, no se produce. No obstante, en la mente (idea o plan criminal) del autor, así como en la percepción de los hechos por parte de un espectador objetivo externo, el intento es perfectamente idóneo para producir el resultado muerte. Si queremos podemos llamar a esta tentativa como "inidónea" desde un punto de vista "ex post" (cuando se analiza el arma se comprueba que estaba descargada y que era imposible matar con ella), pero es evidente que en una valoración "ex ante" era perfectamente "idónea". Y ésto es lo que verdaderamente importa para que el derecho penal reaccione y considere la conducta merecedora de sanción. Si bien es cierto que, al no haberse puesto en peligro real el bien jurídico protegido (la vida en este caso), la pena a imponer será menor (seguramente se rebajará la pena en dos grados, que es la máxima rebaja que permite el CP para las tentativas).
Las únicas tentativas "inidóneas" que son impunes, serían las llamadas tentativas "irreales", que son aquellas que, desde un punto de vista "ex ante", sólo son aptas para producir el resultado en la mente (normalmente perturbada) del autor. Pero que nunca lo van a ser para un espectador objetivo externo. Por ejemplo, alguien que intenta envenenar a alguien con azúcar, o que intenta matar disparando con una pistola de agua, o que intenta derribar un edificio a patadas...
En definitiva, que estoy firmemente convencido de que la tiparraca ésta, salvo obstáculos materiales o procesales de otra índole, será acusada y condenada por tentativa de homicidio.
Salvo mejor opinión. Un saludo.
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