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A nivel local b no existe nada .
Os agradecería si me pudieseis contestar a la cuestión..
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Brembo escribió:Los ayuntamientos pueden establecer tasas por los supuestos de aprovechamiento o utilización privativa del dominio público local, como es una acera (RD 2/2004 art. 20.3 h. Ley de Haciendas Locales)
Esta Ley es la que faculta a los ayuntamientos para que establecen una tasa por el Hecho imponible de utilizar la acera, que es para peatones, para un uso distinto, como es el de que la utilicen vehículos para acceder a un inmueble y autorizan un vado de acuerdo a la normativa de caracter general en una ordenanza municipal
La pregunta inicial es: ¿existe alguna normativa a nivel Estatal o Autonómico que contemple el número de Vados que se pueden autorizar por edificación?
La respuesta es NO existe normativa Estatal o Autonómica sobre VADOS.
Y no existe porque el planeamiento, la ejecución y el diseño de la disciplina urbanistica, corresponde como competencia exclusiva a los municipios, según establece el artículo 25 de la LBRL 7/1985, y serán los municipios los que regularán de acuerdo a sus intereses, si debe haber mas o menos vados, como, donde, medidas, etc...
Saludos
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