Boligrafo Kubotan |
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Hola a todos, llevo varios dias discutiendo con compañeros sobre este tema. Cuando tienes un detenido, que ha cometido por ejemplo un hurto (delito), pero es de sobra conocido, da fianza bastante y esta plenamente identidicado, una vez que realizamos las diligencias es puesto en libertad mediante un acta que pasa a disposicion jidicial junto con el Atestado.
Mi duda es: ¿que fundamento juridico tiene eso? Cuando si y cuando no lo podemos poner en libertad?
El art 492 y 520 lecrm si hace referencia a que los agentes pueden ponerlo en libertad o a disposicion judicial, pero en que casos?
Gracias estoy un poco liado con este tema