por Azacel » Jue Mar 27, 2014 12:20 am
Yo discrepo.
Art. 139 del Reglamento General de Conductores.
"Artículo 139 Responsabilidad
1. Corresponde al titular de la vía la responsabilidad de su mantenimiento en las mejores condiciones posibles de seguridad para la circulación y la instalación y conservación en ella de las adecuadas señales y marcas viales."
Si yo, como Agente de Tráfico acudo a un accidente como el que usted describe, tengo claro la forma de proceder. Denuncia administrativa al titular de la vía con informe fotográfico y descripción del firme y en el informe o atestado policial describiría cual ha sido el causante del accidente.
Si yo fuese usted, me pondría en contacto con un abogado especialista en siniestros y al ser posible que todos los afectados hiciesen lo mismo. Si es una asociación de conductores, etc....mejor.
Ojo, no le digo que lo tenga fácil, más bien difícil, muy difícil. Pero si hubo varios accidentes por el mismo motivo algo tiene ganado.
Un saludo y suerte.
PD; ¿que señalización existía en el lugar? no sería la primera vez que pasan cosas similares cuando hay señalización de obras, con firme deslizante, y limite de 20 km/h......