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Saludos.
Tengo una pistola de co2 ( presupongo que de categoría 4) y según he entendido al leer la normativa vigente aplicable, he de pedir autorización al alcalde de mi localidad así como ir a que me la enumeren al cuartel de la guardia civil.
pues bien, un familiar mío del seprona me ha comentado que la normativa es muy ambigüa y antigua (en pesetas y todo
jeje )y que sinceramente él no sabría ni como proceder, y que seguramente al ir a que te la enumeren al cuartel me la retiren ya que estoy cometiendo una falta al transportarla y ellos (la guardia civil) no puede enumerar un arma de esas características, mención a parte merece mi ayuntamiento que literalmente, no tienen ni repajolera idea de lo que les estaba contando....
Así pues por lo que he entendido la única opción que me queda es guardarla en mi casa en plan coleccionismo, ya que ni puedo utilizarla en mi casa porque no es un coto ni puedo ir a un coto porque no puedo transportarla.....
¿Me equivoco?