Psicotécnicos Joyfepol FERES |
|
joyfepolferes.es |
Es meridianamente sencillo, si he entendido tu pregunta.
Al igual que para poder denunciar las infracciones de trafico, debe existir una ordenanza municipal que regule las mismas infracciones que el código "normal" salvo las que son materia exclusiva del estado, con la 1/92 pasa lo mismo.
Debe existir una ordenanza de convivencia ciudadana, de buen gobierno, etc, el nombre varía según municipio, donde se regula el uso del espacio público y el comportamiento general, dentro de las competencias municipales y SIEMPRE supeditada a la ley de seguridad ciudadana como norma superior.
No decide nunca el administrado, decidimos nosotros la vía, de menor a mayor por capacidad competencial, es decir, si está regulado por ordenanza, priemero se usa ésta y se denuncia ante la regiduría (concejalía) titular se la materia, si no lo está, se denuncia ante el departamento autonomico que toque ( en Cataluña, la 1/92 se pasa a la direccion general de policia), y si no a la estatal (subdelegacion del gobierno).
No se si te he ayudado o te he liado mas.
Sent from my iPhone using Tapatalk