Normativa legal de Seguridad Privada

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Re: Normativa legal de Seguridad Privada

Notapor toxxo » Mié Ene 30, 2013 1:14 pm


CNP Modelo Squad

gafaspolicia.com
Ares. escribió:
toxxo escribió:He editado el primer mensaje para añadir la nueva orden sobre formación y uniformidad de los guardas de campo.


-Resolución de 31 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se modifica la de 18 de enero de 1999, en lo relativo a la formación previa y uniformidad de los Guardas Particulares del Campo, en sus distintas especialidades. http://www.boe.es/boe/dias/2012/09/03/p ... -11291.pdf



Que bien les cuidan a estos, al final me haré guarda.


Siguen dependiendo de la Guardia Civil :pucheros: :pucheros: ¿ahora entendéis porque yo llevo diciendo desde el año 92 que tenemos que volver con ellos? :pucheros: :pucheros:
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Re: Normativa legal de Seguridad Privada

Notapor Ares. » Jue Ene 31, 2013 12:58 am



foropolicia.es
toxxo escribió:
Ares. escribió:
toxxo escribió:He editado el primer mensaje para añadir la nueva orden sobre formación y uniformidad de los guardas de campo.


-Resolución de 31 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se modifica la de 18 de enero de 1999, en lo relativo a la formación previa y uniformidad de los Guardas Particulares del Campo, en sus distintas especialidades. http://www.boe.es/boe/dias/2012/09/03/p ... -11291.pdf



Que bien les cuidan a estos, al final me haré guarda.


Siguen dependiendo de la Guardia Civil :pucheros: :pucheros: ¿ahora entendéis porque yo llevo diciendo desde el año 92 que tenemos que volver con ellos? :pucheros: :pucheros:



Pues que bien cuida la Guardia Civil y que dejadez y maltrato por parte del CNP...
Y tiene futuro ser Guarda? No lo veo claro, ahora en mi pueblo se inicia un curso.
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Re: Normativa legal de Seguridad Privada

Notapor EL LOBO » Dom Mar 24, 2013 3:30 am


Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
La normativa nos deslegitima frente a los infractores. Ley de seguridad privada


Los vigilantes se quejan de que la normativa los deslegitima frente a los infractores


El escándalo de Método 3 ha dado el empujón definitivo a la modificación del reglamento

Los trabajadores del sector se quejan de precariedad e intrusismo


Son las 00.00 en el andén de la madrileña estación de metro de Pacífico. Ya no quedan revisores. Un vigilante de seguridad comprueba en la sala de cámaras que un joven se ha saltado los tornos para evitar pagar el billete. Un compañero recibe el aviso y se acerca al muchacho para indicarle que debe abandonar la estación. "¿Qué dices? Si tú eres un segurata de mierda. No me voy de aquí a menos que venga un madero", le espeta de manera despectiva y finaliza su órdago con un escupitajo. El vigilante no toca a la persona que le está desafiando. Está atado de pies y manos. La normativa estipula que las actuaciones coercitivas de este colectivo deben de regirse por el principio de proporcionalidad. Esto supone que sólo pueden emplear la fuerza en el caso de que sean agredidos. Si el resultado de ese enfrentamiento resulta desigual y el trabajador causa mayores daños al infractor podría ser acusado de abuso de poder.

"Estamos desprotegidos", asegura Ignacio Sanchís [nombre ficticio], un vigilante de 40 años que desarrolla su labor en un supermercado madrileño de la cadena Mercadona. "Los rateros se saben la ley al dedillo. Mejor que tú y que yo. Es habitual que te recuerden cuál es tu sitio a pesar de no tener motivos y estar, encima, cometiendo un falta", manifiesta con hartazgo. Sanchís cuenta un rosario de ocasiones en la que grupos de mujeres que acuden habitualmente al establecimiento para esconder bajo sus faldas latas de salmón, envases de jamón ibérico y otros productos de elevado precio le han indicado que no podía cachearlas. "La ley nos sitúa al mismo nivel que un ciudadano más. Así es imposible hacer nuestro trabajo", protesta. La situación de este gremio contrasta con la de profesores, conductores de autobús o revisores de metro, que en algunas comunidades son autoridad pública.

La ley de seguridad privada no ha sido modificada desde hace más de dos décadas

Hace apenas unos días se ha celebrado la IV Cumbre Europea de Seguridad Privada. El presidente de la Asociación Profesional de Compañías Privadas de Servicios de Seguridad (APROSER), Javier Tabernero, ha aprovechado este marco para solicitar un cambio en la ley de seguridad privada que no se ha modificado desde 1992. "Nuestra normativa ha servido de inspiración a muchos países, tanto europeos como latinoamericanos. Ha permitido avanzar significativamente en la profesionalización del sector con estrictos procesos de autorización de empresas y vigilantes de seguridad. Eso no quita que la ley surgiera desde una profunda desconfianza al sector", desliza. Tabernero recuerda la lucha que tuvo lugar en el Congreso en los días previos a la aprobación de la norma. El sector no logró que su eterna reivindicación fuese incluida en el texto. "Es cierto que entonces desapareció la figura del vigilante jurado y se nos escapó la figura de autoridad, pero las cosas han cambiado. Ahora la seguridad privada está presente de forma palpable en la vida de los ciudadanos. Estamos en los hospitales donde nacen sus hijos, en los colegios donde estudian, en los medios de transporte que utilizamos para desplazarnos y en edificios públicos", argumenta. El secretario general de la asociación, Eduardo Cobas, concreta que un 75% de la población mira con buenos ojos a este sector, según recogen sus sondeos.


El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ha recogido el guante. Asegura que la elaboración de la nueva ley de Seguridad Privada esta ya "muy avanzada" y ha reconocido que el reglamento actual está "superado por el tiempo". Eso sí, a principios de noviembre del pasado año ya había hecho unas declaraciones muy similares. Desde APROSER confían en que el momento esté cerca. "El anteproyecto podría estar listo en un par de semanas", aventura uno de sus portavoces.

El reciente escándalo de Método 3 les ha dado el empujón definitivo, puesto que vigilantes y detectives comparten ley. Fernández Díaz adelanta que el documento en el que están trabajando ofrecerá más garantías jurídicas al sector y a los ciudadanos, ya que regulará, controlará y clarificará los servicios que prestan los despachos de detectives. "Es necesaria una estrecha colaboración entre los cuerpos de seguridad del Estado y el sector de seguridad privada", ha admitido el ministro ante la prensa. Los datos respaldan su afirmación. Según los datos de Interior, España cuenta con 207.212 vigilantes de seguridad habilitados que, sólo en 2011, realizaron 1.135.789 servicios. La cifra es prácticamente pareja al número de agentes Públicos. Guardia Civil, Policía Nacional y Local, Mossos D'Esquadra, Ertzaintza y Policía Foral contabilizan una plantilla total de 243.580 funcionarios. "Esto no implica una privatización de la seguridad, sino un esfuerzo por aprovechar los servicios del sector privado", ha puntualizado Fernández Díaz. Sin embargo, el contenido del Libro Blanco de la Seguridad en Europa, incluye objetivos futuros que ponen en tela de juicio esta afirmación.

El ministro de Interior reconoce que los cuerpos de seguridad del Estado requieren la colaboración del sector privado.

Este documento elaborado por Marc Cools, profesor de Criminología de la Universidad de Bruselas, dibuja un mercado ferozmente competitivo, que lleva cayendo en picado desde 2009. La estrategia que ha diseñado para evitar que esta deriva continúe, pasa por ocupar nuevos segmentos de mercado que copan puestos de funcionarios públicos. Se menciona la vigilancia de presos en libertad condicional, refuerzo de la seguridad de médicos y farmacéuticos o control de alumnos en centros educativos. Tabernero justifica el avance de su colectivo en este nicho. "España está atravesando una profunda crisis que afecta a la seguridad privada por la situación económica de nuestros clientes. Esto ha contribuido a reducir en poco más de cuatro años nuestra facturación en más de 20 puntos porcentuales. Nos ha obligado a disminuir los márgenes comerciales y a sufrir fuertes retrasos en los pagos", lamenta.


Los trabajadores son los primeros en lamerse las heridas. La media de edad de los vigilantes ronda los 41 años y su nivel medio de formación está fijado en la Enseñanza Obligatoria, según la información facilitada por APROSER. La veteranía no les libra de la precariedad laboral. La mayoría cobra salarios bajos que se sitúan en torno a los 1.275 euros de media al mes en el caso de España; aunque el base ronda los 870. Otra de las características del sector es su elevada tasa de rotación, que conlleva consecuencias nefastas para el personal.

Miguel Arroyo [nombre ficticio], tiene 27 años y lleva adscrito ocho años a una de las cuatro mayores empresas de seguridad que operan en España. Desempeña su labor desde 2010 en las oficinas centrales de una compañía que ha empezado a tener problemas de liquidez. Las subcontratas fueron las primeras en recibir impagos y la empresa de seguridad decidió asumir los costes de las nóminas de sus trabajadores hasta que la situación se hizo insostenible. Después de varios meses, advirtieron a los vigilantes que rompían su relación laboral con su deudor y una pyme pasaba a hacerse cargo de las rondas. Arroyo se teme lo peor: una subrogación.

La adjudicación de la gestión penitenciaria a empresas privadas en casos de arrestos domiciliarios se plantea como un segmento de crecimiento.

La normativa contempla que la empresa entrante, está obligada a asumir los contratos adscritos al servicio que se les adjudica, siempre que se acredite una antigüedad mínima en el puesto de siete meses. Esto que podría parecer una garantía para los vigilantes, puede proporcionarles un pase más que probable a la cola del paro. "Nuestra compañía no pudo hacer frente al pufo que le dejó su cliente a pesar de ser fuerte en el sector. Una más pequeña, se irá a la quiebra en poco tiempo y , como consecuencia, todos los subrogados se quedarán en la calle. Es injusto que uno tenga que interrumpir una relación laboral de años porque la normativa lo recoja así. Nos vemos abocados a un futuro negro", censura.

La relación con el cliente no sólo genera dolores de cabeza a la empresa de seguridad. Los propios vigilantes denuncian presiones con asiduidad. "Los supermercados donde trabajo nos exigen un mínimo de intervenciones mensuales. Los jefes de tienda están obsesionados con que justifiquemos nuestro puesto y, algunas veces, me he visto obligado a apuntar cosas que rozan el absurdo para salvar el pellejo", reconoce. Cita situaciones rocambolescas como calificar de mendicidad que un comprador pida dos céntimos en caja a otro cliente para completar el pago de un perfume o considerar comportamiento delictivo que una anciana porte una barra labial gastada sin tique aunque la lleve como muestra para comprar el mismo modelo. Mercadona niega que exista una directriz en la cadena que exija cupos a los vigilantes. "Tenemos contratadas a varias empresas de seguridad en las tiendas, a las que les pedimos que trabajen en la seguridad de jefes y trabajadores", responde escuetamente una portavoz.

Algunos trabajadores denuncian la imposición de cuotas mínimas de intervención que deben justificarse mensualmente y por escrito.

El delegado valenciano del Sindicato Autónomo de Trabajadores de Empresas de Seguridad (ATES) puntualiza que el vigilante se encuentra permanentemente en un delicado equilibrio entre el cliente y la empresa. "Las compañías ajenas al mundo de la seguridad no acaban de entender que no somos un gasto, sino una inversión. Una buena vigilancia impide visitas indeseadas, robos, deterioro de las infraestructuras y transmite tranquilidad", defiende. Algunos clientes se resisten a delegar la dirección de este servicio en la empresa de seguridad e imponen a sus propios criterios a los vigilantes. "Es lógico que se preocupen por su negocio, pero la medida es antiproducente", advierte.

Este delegado sindical de ATES lleva más de 20 años trabajando en el traslado de capital en furgones blindados. Es uno de los pocos que lleva arma reglamentaria y no duda en expresar su preocupación por la situación que atraviesan. "Las compañías de seguridad se dan leches por hacer el servicio más barato que su competidor y muchas veces ajustan tanto el lazo que nos vemos desamparados", apunta este sexagenario que prefiere omitir su nombre. "Los walkie-talkies que usamos son antiquísimos y fallan mucho. No nos podemos permitir estar incomunicados. Llevamos mucha responsabilidad sobre los hombros", denuncia. Su sueldo mileurista no da para muchos lujos, pero al cliente sigue pareciéndole excesivo. "Cada vez hay más compañías que están sustituyendo a los vigilantes por auxiliares de seguridad que no cuentan con nuestra formación. Estos chicos no pueden intervenir, deberían limitarse a hacer la ronda y ser supervisados por un vigilante pero, en la práctica, los suplantan", crítica. El delegado sindical pide a Interior algo más que ser reconocido como figura de autoridad. "Necesitamos que se acabe con el intrusismo y la precariedad, por nosotros y por la seguridad de la gente", reivindica.


http://www.zoomnews.es/33961/actualidad ... ad-publica

Cortesía de VINDI

http://laopiniondelvigilantedeseguridad ... e-los.html
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Re: Normativa legal de Seguridad Privada

Notapor Ares. » Mié Mar 27, 2013 1:03 am


Muy buen articulo, todo apunta a que habrá un buen cambio.
Aunque no estoy de acuerdo en algunas cosas. Eso de que me insulten y escupan y no pueda hacer nada... Vamos, ya se libraran de acerlo, ya es motivo suficiente para intervenir, y quizas sea una intervención suave si me pillan de buen humor, habrase visto...
Y lo de que no podemos cachear mas de lo mismo, siendo una mujer y con la certeza de robo? No la podremos cachear en ese preciso momento, pero si acabará detenida si no colabora y posteriormente acabará cacheada si o si, de una manera u otra, y ademas denunciada.
Es cierto, la LSP está obsoleta, pero igual que algunos cerebros...
Pero quien a escrito esto? En fin.
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Re: Normativa legal de Seguridad Privada

Notapor santa mafia » Lun Abr 22, 2013 5:28 pm


Me imagino que muchos ya lo tendréis, pero os recomiendo de verdad el libro Legislación de Seguridad Privada, de la Biblioteca de Textos Legales, es un manual de bolsillo de muchísima utilidad. Incorpora las OM de 2011 y actualiza todos los cambios sobre la Ley y el Reglamento. Yo lo compré en Amazon a muy buen precio.
Un saludo.
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Re: Normativa legal de Seguridad Privada

Notapor Sivict » Mar Abr 23, 2013 11:59 am


DEPOL Guardia Civil

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de-pol.es
Muy útil si señor!!!

Muchas gracias por el aporte!
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Re: Normativa legal de Seguridad Privada

Notapor cryber » Jue May 30, 2013 8:29 am



Materiales de alta calidad
materialpolicial.com
Resolución de 28 de mayo de 2013, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se determina el porcentaje del personal de seguridad privada adscrito a los servicios esenciales, durante el desarrollo de la huelga general, convocada en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de la Comunidad Foral de Navarra, entre las 22 horas del día 29 de mayo, y las 22 del día 30 del mismo mes.
BLA,bla,bla,bla...
(...)
Segundo. Considerar en situación de servicios mínimos al personal que preste servicios en el sector de seguridad privada, durante el desarrollo de la citada huelga:

1. El 100% en servicios de protección de personas.
2. El 75% en servicios de depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas, billetes y demás objetos valiosos o peligrosos, así como en las de transporte y distribución.
3. El 60% en Bancos, Cajas de Ahorro, Entidades de crédito y en todos aquellos otros establecimientos, instalaciones o actividades en los que el servicio de seguridad se haya impuesto en general, con carácter obligatorio.
4. El 70% en instalaciones petroquímicas, refinerías y depósitos de combustibles.
5. El 75% en instalaciones nucleares y radioactivas y en las actividades de transporte de dichas materias.
6. El 75% en las fábricas de armas de fuego, en las de explosivos y en sus almacenamientos.
7. El 70% en las actividades de transformación, depósito, transporte y distribución de materias inflamables.
8. El 75% en servicios de suministro y distribución de agua, gas y electricidad.
9. El 60% en los transportes públicos (puertos, aeropuertos, ferrocarriles, etc.).
10. El 70% en centros de telecomunicaciones.
11. El 50% en centros y sedes de medios de comunicación social.
12. El 60% en centrales de alarmas.
13. Los porcentajes establecidos en los apartados anteriores, comprenderán, en todo caso, como mínimo, un vigilante de seguridad o la dotación que en cada caso haya sido establecida como obligatoria por disposiciones legales o gubernativas.
PD:A individuos menospreciantes, que debieran ser, como mímino, llamados al orden por moderadores, paso de contestarles, es preferible..

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Re: Normativa legal de Seguridad Privada

Notapor metro123 » Mié Jun 12, 2013 10:05 pm



intervencionpolicial.com
Normativa sobre ejercicios de tiro

http://www.interior.gob.es/normativa-89 ... erior-1622
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Re: Normativa legal de Seguridad Privada

Notapor DrAcKo » Lun Jul 29, 2013 2:42 am


Academia Acceso Cnp

sector115.es
EL LOBO, Muchísimas gracias por la información, me aclaras muchísimas dudas, sobre Mercadona, donde tenía pensado incorporarme...

Ojalá esto cambie... Yo creo que se mejorará algo pero no del todo y el intrusismo seguirá... Este es el pan de cada día y las empresas solo entienden de ganar dinero, a toda costa. Por tanto, creo que esto lo seguiremos sufriendo...

Los Clientes, quieren seguridad a cambio de dos pesetas... Y las empresas como bien dice el artículo, se están pegando hostias por coger servicios, a bajo coste y ahí entra el intrusismo...

Apuesto por el cambio y la mejora... Creo que algo bueno por fin ya nos toca...

Un saludo compañeros y a seguir en la lucha!!!
Donde mora la libertad, allí está mi patria!!!

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Re: Normativa legal de Seguridad Privada

Notapor Eder Alvarez » Vie Sep 27, 2013 6:31 pm


Gracias por los enlaces, la verdad que están muy completos y me han servido para lo que estoy buscando. :P
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Re: Normativa legal de Seguridad Privada

Notapor Ganorabako » Mié Nov 13, 2013 10:10 am


Acceso al cuerpo de policía autonómica del País Vasco

nola2hurtu.eus
Muchas gracias! Información muy útil y de consulta permanente
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Re: Normativa legal de Seguridad Privada

Notapor metro123 » Jue Nov 28, 2013 2:17 pm


Decreto sobre jornadas especiales de trabajo, que recoge algunos artículos de aplicación específica a los vigilantes

http://noticias.juridicas.com/base_dato ... tml#anexo1

En relación con los art. 34 y 37 del Estatuto de los Trabajadores y lo previsto en nuestro Convenio.
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Re: Normativa legal de Seguridad Privada

Notapor Diegocaminero » Jue Feb 13, 2014 5:29 am


Fundas Para Arma Corta

desenfunda.com
Ares. escribió:Muy buen articulo, todo apunta a que habrá un buen cambio.
Aunque no estoy de acuerdo en algunas cosas. Eso de que me insulten y escupan y no pueda hacer nada...

Hombre, la ley es clara:
Artículo 1.
Objeto.
1.
Esta ley tiene por objeto regular la realización y la prestación por personas privadas, físicas o
jurídicas, de actividades y servicios de seguridad privada...
Todas estas actividades tienen la consideración de complementarias y subordinadas respecto de la
seguridad pública
.

Artículo 31.
Protección jurídica de agente de la autoridad.
Se considerarán agresiones y desobediencias a agentes de la autoridad las que se cometan contra el
personal de seguridad privada, debidamente identificado, cuando desarrolle actividades de seguridad
privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

De la ley se desprende claramente que, toda vez que al ser considerada la actividad de seguridad privada como complementaria y subordinada de la seguridad pública, automáticamente quedas protegido por el artículo 31 ya que sólo con ser vigilante estas cooperando con la seguridad pública, subordinado a ella (por tanto bajo su mando). Siempre que lleves uniforme de vigilante estás protegido por el artículo 31.
Hay procedimientos que resultan bien, y hay procedimientos que están bien hechos.
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Re: Normativa legal de Seguridad Privada

Notapor metro123 » Sab Feb 15, 2014 2:55 pm


Municion Marcadora 9mm Fx

Force on force
uspsuministros.com
Diegocaminero escribió:
Ares. escribió:Muy buen articulo, todo apunta a que habrá un buen cambio.
Aunque no estoy de acuerdo en algunas cosas. Eso de que me insulten y escupan y no pueda hacer nada...

Hombre, la ley es clara:
Artículo 1.
Objeto.
1.
Esta ley tiene por objeto regular la realización y la prestación por personas privadas, físicas o
jurídicas, de actividades y servicios de seguridad privada...
Todas estas actividades tienen la consideración de complementarias y subordinadas respecto de la
seguridad pública
.

Artículo 31.
Protección jurídica de agente de la autoridad.
Se considerarán agresiones y desobediencias a agentes de la autoridad las que se cometan contra el
personal de seguridad privada, debidamente identificado, cuando desarrolle actividades de seguridad
privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

De la ley se desprende claramente que, toda vez que al ser considerada la actividad de seguridad privada como complementaria y subordinada de la seguridad pública, automáticamente quedas protegido por el artículo 31 ya que sólo con ser vigilante estas cooperando con la seguridad pública, subordinado a ella (por tanto bajo su mando). Siempre que lleves uniforme de vigilante estás protegido por el artículo 31.


Siento discrepar. La doble condición "en cooperación" y "bajo el mando" entiendo que circunscribe muy restrictivamente el alcance de dicho artículo a aquellos servicios en los que haya también policia (local, autonómica o nacional) o guardia civil. Como ocurre en aeropuertos, prisiones, partidos de futbol, comisarias, academias de policia o algunos edificios oficiales.

Y en cuanto a las acciones que no impliquen agresión, como insultarnos:

6.- Sexto, con oidos sordos. Los insultos entran por un oído y salen por otro. Nuestra impasibilidad nos hará ganar más respeto que entrar a las provocaciones. No somos chusma que salta como un gallito a la primera de cambio: somos la autoridad. Y sólo puede ser magnánimo quien es fuerte. Además, no estamos para crear problemas, sino para evitarlos y solucionarlos.

Y esos insultos ni nos rozan ni nos afectan. En realidad, un insulto son sólo palabras, pero se vuelven contra quienes los dicen, pues los que están alrededor se van dando cuenta de quien actúa bien y quien no. Eso ha hecho que en más de una ocasión los propios ciudadanos hayan parado los pies verbalmente al que insulta, para luego dirigirse a ti con aprecio y respeto diciendote: "hay que ver lo que tenéis que aguantar".


Un saludo muy cordial.
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Re: Normativa legal de Seguridad Privada

Notapor toxxo » Sab Feb 15, 2014 9:29 pm


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Para eso ya tenemos otros temas.
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