Guante Corte-trauma |
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Buenas noches,
Llevo bastantes horas buscando una información concreta sobre la inspección técnica de vehículos y buscando, buscando, he llegado aquí sobre una consulta de la ITV que tenía un compañero suyo del CNP.
No sé si me podrían informar sobre la periocidad de la I.T.V. en un coche de renting que será comprado como vehículo de ocasión y espero que se cambie en la ficha su destino a uso "particular". No he visto la ficha técnica del vehículo cuando lo he ido a ver ya que desconocía la peculiaridad de los plazos en las inspecciones de este típo de vehículos pero supongo estará dado de alta como tal y se ha de cambiar el destino del mismo en su ficha.
He estado leyendo el Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos, en donde su artículo 6 indica la periocidad de la I.T.V. en vehículos de servicio de alquiler (apartado d). Lo que no sé y es donde tengo la duda (tampoco encuentro información "fiable", es todo opiniones en foros no "profesionales" y me quería cercionar) si una vez realizado el cambio de nombre y el destino que se le dará al vehículo son vigentes los plazos como recoge el "apartado d" del artículo 6 o cambia a los plazos de los vehículos destinados a uso privado.
La fecha de la primera matriculación es 12/2010.
Muchas gracias por su atención.
Un saludo,