Academia Acceso CNP |
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Javiportero escribió:De acuerdo muchas gracias.
Entonces para aclararme definitivamente: si por ejemplo sacase la oposicion e ingresara en la Escala de Guardias y Cabos, despues del tiempo obligatorio de estancia y practicas, que sino estoy mal informado, serian 9 meses de academia mas 1año en practicas y de ahi podria opositar al curso de Sargento y mi titulacion me daria puntos, ¿es asi?
Del mismo modo, si por ejemplo antes de opositar a Sargento quisiera primero optar a pertenecer a alguna especialidad debería cumplir los 9 meses en la Escala de Guardias y Cabos mas el año de practicas y despues poder opositar a la especialidad que quisiera, ¿no?
Y por ultimo cual es la diferencia entre ascender por promocion interna y el cambio de escala. Por lo que entiendo es que ascender por promocion interna seguiria ejerciendo como GC con el empleo de GC, Sargento, Alfere,etc en el puesto que estuviera y si fuera por cambio de escala ejerceria la profesion de diplomado, licenciado o ingeniero siendo GC ¿? Esto segun el siguiente organigrama.
http://www.guardiacivil.es/imagenes/tex ... eos_g2.jpgGracias de nuevo.
Terminado su periodo académico y sus prácticas con la duración que usted ha dicho, ha de esperar dos años para poder presentarse al curso de Sargento, cuando se convoque. O tres años, para el de cabo, siendo éste un empleo inferior paradójicamente. Es mejor que no intente comprender esto.
Para todos los concursos-oposición, incluido su acceso a guardia civil, su titulación universitaria le dará puntos de baremo.
Para optar a una especialidad tendría que ser guardia civil primero (tras academia y prácticas) y luego presentarse a los cursos de especialidad que se convoquen en su día. Una vez pasase destinado a una especialidad, si ascendiera podría quedarse en ella únicamente si hubiera plazas o de lo contrario, perdería su destino en la especialidad y tendría que volver a pedir en seguridad ciudadana. A usted lo que le interesa ahora es ser guardia civil y no entrar en estas cosas, porque no las va a entender bien. Cuando entre, si lo consigue, ya verá y le explicarán cómo funciona el sistema.
A la última cuestión, bueno, podríamos resumirlo así como usted ha explicado, para no liarle mucho. Únicamente matizar que los guardias o cabos que ascienden a sargento, o los sargentos que ascienden a alférez, también cambian de escala. Y siguen ejerciendo su función policial. El caso que usted comenta es acceder a la escala facultativa superior o técnica, donde ejercen como técnicos en un puesto que requiere una titulación específica, pero perteneciendo a la Guardia Civil. (Por ejemplo, un psicólogo con el empleo de teniente)
Un saludo